Decreto de alcaldia N° 015-2023-MDC. Amplían vigencia del plazo establecido en la Ordenanza N° 355-2023-MDC, que regula el procedimiento de visación de planos de trazado de vías y lotización para fines de dotación de servicios básicos para las organizaciones sociales del distrito de Cieneguilla

Fecha de publicación21 Septiembre 2023
SecciónSección Única
56 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023
El Peruano
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FE DE ERRATAS
ORDENANZA N° 605-MDA
Mediante Ocio 501-2023-MDA/SG, la
Municipalidad Distrital de Ate, solicita se publique Fe de
Erratas en el quinto considerando de la Ordenanza N°
605-MDA, publicada en la edición del día jueves 14 de
setiembre de 2023.
En el quinto considerando:
DICE:
Que, el numeral 29 del artículo 9° de la misma Ley N°
27979, dispone que el Concejo Municipal tiene entre otras
atribuciones el de “aprobar el régimen de administración
de sus bienes y rentas (…)”;
DEBE DECIR:
Que, el numeral 29 del artículo 9° de la misma Ley N°
27972, dispone que el Concejo Municipal tiene entre otras
atribuciones el de “aprobar el régimen de administración
de sus bienes y rentas (…)”;
2216865-1
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Amplían vigencia del plazo establecido
en la Ordenanza N° 3552023MDC, que
regula el procedimiento de visación de
planos de trazado de vías y lotización para
ines de dotación de servicios básicos para
las organizaciones sociales del distrito de
Cieneguilla
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 015-2023-MDC
Cieneguilla, 18 de setiembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CIENEGUILLA
VISTOS:
El Informe 559-2023-MDC/GDUR-SGOPC, de
fecha 11 de setiembre de 2023, de la Subgerencia de
Obras Privadas y Catastro, el Informe N° 170-2023-MDC/
GDUR, de fecha 12 de setiembre de 2023, de la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Rural, el Memorándum N° 0652-
2023-GM/MDC, de fecha 12 de setiembre de 2023, de la
Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 237-2023-GAJ-
MDC, de fecha 13 de setiembre de 2023, de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 0663-2023-GM/
MDC, de fecha 14 de setiembre de 2023, de la Gerencia
Municipal; respecto a la Ampliación de la vigencia de
la Ordenanza N° 355-2023-MDC, ORDENANZA QUE
REGULA EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE
PLANOS DE TRAZADO DE VÍAS Y LOTIZACIÓN PARA
FINES DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA
LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DEL DISTRITO DE
CIENEGUILLA, y;
CONSIDERANDOS:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modicado por la Ley N° 30305, Ley de reforma de
los Artículos 191°,194° y 203° de la Constitución Política
del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de
autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes,
en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y
modicatorias, establece que: “Las municipalidades (…)
y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; su autonomía que radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades y modicatorias, señala que los
Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y eciente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos
de orden general y de interés para el vecindario, que no
sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 355-2023-MDC, se
aprueba el procedimiento de visación de planos de
trazado de vías y lotización para nes de dotación de
servicios básicos para las organizaciones sociales del
distrito de Cieneguilla y Anexos 1 y 2 y se establece, en
el artículo segundo, facultar al alcalde para que, mediante
Decreto de Alcaldía pueda ampliar la vigencia y emitir los
demás dispositivos complementarios y/o reglamentarios
para su mejor aplicación;
Que, con Informe Nº 559-2023-MDC/GDUR-SGOPC,
la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro señala
que, con la nalidad de que los vecinos del distrito de
Cieneguilla puedan acceder a los servicios básicos
de electricación, agua-alcantarillado y gas natural, y
contribuir con una mejor calidad de vida, desarrollo y
progreso de las organizaciones sociales debidamente
reconocidas que a la fecha carecieran de los servicios
antes citados, concluye indicando que es necesario
ampliar la vigencia de la Ordenanza N° 355-2023-MDC,
por 180 días calendario;
Que, mediante Informe N° 170-2023-MDC/GDUR, la
Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural concluye señalando
que, con la ampliación de la vigencia de la Ordenanza N°
355-2023-MDC por 180 días calendario, se brindará la
oportunidad a los vecinos de las organizaciones sociales
para acceder a los servicios básicos de electricación,
agua-alcantarillado y gas natural y que a la fecha
carecieran de estos;
Que, con Memorándum N° 0652-2023-GM/MDC, la
Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría
Jurídica la opinión legal correspondiente, para continuar
con el trámite;
Que, mediante Informe Legal N° 237-2023-GAJ-MDC,
la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis de
los actuados con los informes correspondientes, opina
que resulta procedente y/o favorable la aprobación del
proyecto de Decreto de Alcaldía sobre la ampliación de la
vigencia de la Ordenanza N° 355-2023-MDC, Ordenanza
que regula el procedimiento de visación de planos de
trazado de vías y lotización para nes de dotación de
servicios básicos para las organizaciones sociales del
distrito de Cieneguilla, solicitando ampliar dicha vigencia
por 180 días calendario, conforme a los fundamentos
técnicos normativos expuestos en el Informe N° 170-
2023-MDC/GDUR de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Rural; recomendando derivar los actuados a la Secretaría
General a n de que el titular de la entidad emita el
Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;
Que, con Memorándum 0663-2023-GM/MDC,
la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General
la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a
ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad
con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades y modicatorias;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el numeral 6 del Artículo 20° y el Artículo
42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
y modicatorias;
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR, la vigencia del
plazo establecido en el ARTÍCULO SEGUNDO de la
ORDENANZA 355-2023-MDC, ORDENANZA QUE
REGULA EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE
PLANOS DE TRAZADO DE VÍAS Y LOTIZACIÓN PARA
FINES DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA
LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DEL DISTRITO DE
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 21/09/2023 00:32

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