Decreto de alcaldia N° 015-2023-MDC. Amplían vigencia del plazo establecido en la Ordenanza N° 355-2023-MDC, que regula el procedimiento de visación de planos de trazado de vías y lotización para fines de dotación de servicios básicos para las organizaciones sociales del distrito de Cieneguilla
Fecha de publicación | 21 Septiembre 2023 |
Sección | Sección Única |
56 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023
El Peruano
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FE DE ERRATAS
ORDENANZA N° 605-MDA
Mediante Ocio N° 501-2023-MDA/SG, la
Municipalidad Distrital de Ate, solicita se publique Fe de
Erratas en el quinto considerando de la Ordenanza N°
605-MDA, publicada en la edición del día jueves 14 de
setiembre de 2023.
En el quinto considerando:
DICE:
Que, el numeral 29 del artículo 9° de la misma Ley N°
27979, dispone que el Concejo Municipal tiene entre otras
atribuciones el de “aprobar el régimen de administración
de sus bienes y rentas (…)”;
DEBE DECIR:
Que, el numeral 29 del artículo 9° de la misma Ley N°
27972, dispone que el Concejo Municipal tiene entre otras
atribuciones el de “aprobar el régimen de administración
de sus bienes y rentas (…)”;
2216865-1
MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Amplían vigencia del plazo establecido
en la Ordenanza N° 3552023MDC, que
regula el procedimiento de visación de
planos de trazado de vías y lotización para
ines de dotación de servicios básicos para
las organizaciones sociales del distrito de
Cieneguilla
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 015-2023-MDC
Cieneguilla, 18 de setiembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CIENEGUILLA
VISTOS:
El Informe Nº 559-2023-MDC/GDUR-SGOPC, de
fecha 11 de setiembre de 2023, de la Subgerencia de
Obras Privadas y Catastro, el Informe N° 170-2023-MDC/
GDUR, de fecha 12 de setiembre de 2023, de la Gerencia
de Desarrollo Urbano y Rural, el Memorándum N° 0652-
2023-GM/MDC, de fecha 12 de setiembre de 2023, de la
Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 237-2023-GAJ-
MDC, de fecha 13 de setiembre de 2023, de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 0663-2023-GM/
MDC, de fecha 14 de setiembre de 2023, de la Gerencia
Municipal; respecto a la Ampliación de la vigencia de
la Ordenanza N° 355-2023-MDC, ORDENANZA QUE
REGULA EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE
PLANOS DE TRAZADO DE VÍAS Y LOTIZACIÓN PARA
FINES DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA
LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DEL DISTRITO DE
CIENEGUILLA, y;
CONSIDERANDOS:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modicado por la Ley N° 30305, Ley de reforma de
los Artículos 191°,194° y 203° de la Constitución Política
del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de
autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes,
en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y
modicatorias, establece que: “Las municipalidades (…)
y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; su autonomía que radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades y modicatorias, señala que los
Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias
y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y eciente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos
de orden general y de interés para el vecindario, que no
sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 355-2023-MDC, se
aprueba el procedimiento de visación de planos de
trazado de vías y lotización para nes de dotación de
servicios básicos para las organizaciones sociales del
distrito de Cieneguilla y Anexos 1 y 2 y se establece, en
el artículo segundo, facultar al alcalde para que, mediante
Decreto de Alcaldía pueda ampliar la vigencia y emitir los
demás dispositivos complementarios y/o reglamentarios
para su mejor aplicación;
Que, con Informe Nº 559-2023-MDC/GDUR-SGOPC,
la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro señala
que, con la nalidad de que los vecinos del distrito de
Cieneguilla puedan acceder a los servicios básicos
de electricación, agua-alcantarillado y gas natural, y
contribuir con una mejor calidad de vida, desarrollo y
progreso de las organizaciones sociales debidamente
reconocidas que a la fecha carecieran de los servicios
antes citados, concluye indicando que es necesario
ampliar la vigencia de la Ordenanza N° 355-2023-MDC,
por 180 días calendario;
Que, mediante Informe N° 170-2023-MDC/GDUR, la
Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural concluye señalando
que, con la ampliación de la vigencia de la Ordenanza N°
355-2023-MDC por 180 días calendario, se brindará la
oportunidad a los vecinos de las organizaciones sociales
para acceder a los servicios básicos de electricación,
agua-alcantarillado y gas natural y que a la fecha
carecieran de estos;
Que, con Memorándum N° 0652-2023-GM/MDC, la
Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría
Jurídica la opinión legal correspondiente, para continuar
con el trámite;
Que, mediante Informe Legal N° 237-2023-GAJ-MDC,
la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis de
los actuados con los informes correspondientes, opina
que resulta procedente y/o favorable la aprobación del
proyecto de Decreto de Alcaldía sobre la ampliación de la
vigencia de la Ordenanza N° 355-2023-MDC, Ordenanza
que regula el procedimiento de visación de planos de
trazado de vías y lotización para nes de dotación de
servicios básicos para las organizaciones sociales del
distrito de Cieneguilla, solicitando ampliar dicha vigencia
por 180 días calendario, conforme a los fundamentos
técnicos normativos expuestos en el Informe N° 170-
2023-MDC/GDUR de la Gerencia de Desarrollo Urbano y
Rural; recomendando derivar los actuados a la Secretaría
General a n de que el titular de la entidad emita el
Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;
Que, con Memorándum N° 0663-2023-GM/MDC,
la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General
la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a
ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad
con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades y modicatorias;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el numeral 6 del Artículo 20° y el Artículo
42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
y modicatorias;
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR, la vigencia del
plazo establecido en el ARTÍCULO SEGUNDO de la
ORDENANZA N° 355-2023-MDC, ORDENANZA QUE
REGULA EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE
PLANOS DE TRAZADO DE VÍAS Y LOTIZACIÓN PARA
FINES DE DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS PARA
LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DEL DISTRITO DE
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 21/09/2023 00:32
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