Decreto de Alcaldia N° 015-2022-MDP/A. Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C que regula de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICION DE LA CONSTANCIA DE POSESION, VISACION DE PLANOS DE LOS SERVICIOS BÁSICOS”

Fecha de publicación11 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Pachacámac, 17 de octubre del 2022.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC

VISTOS: El Informe N° 080-2022-MDP/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe N° 493-A-2022-MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la PRÓRROGA de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C que regula de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN, VISACIÓN DE PLANOS PARA LOS SERVICIOS BÁSICOS”; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.

Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”.

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 293-2022-MDP/C, se estableció de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN, VISACIÓN DE PLANOS PARA LOS SERVICIOS BÁSICOS” cuyo objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de baja calidad de vida que forman parte de la jurisdicción del distrito de Pachacámac a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en posesiones informales.

Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 293-2022-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia de la Ordenanza.

Que, mediante Informe N° 080-2022-MDP/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano pone a conocimiento de la Gerencia Municipal la necesidad de prorrogar la Ordenanza 293-2022-MDP/C. Asimismo, indica que la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro aún tiene...

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