Decreto de Alcaldia N° 014. Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Fecha de publicación25 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 22 de agosto de 2023

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTOS: Los Informes Nros. D000077-2023-MML-GDU-SPHU y D000079-2023-MML-GDU-SPHU de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; el Memorando N° D000089-2023-MML-GDU-SAU de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas; el Memorando N° D000084-2023-MML-GDU, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° D000077-2023-MML-GC-SPCAEMB de la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas, el Memorando N° D000464-2023-MML-GC de la Gerencia de Cultura; el Informe N° D000210-2023-MML-OGPEM-OPEM de la Oficina de Planificación Estratégica y Modernización; el Memorando N° D000210-2023-MML-OGPEM de la Oficina de Planificación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica; el Informe N° D000421-2023-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos; el Memorando N° D001358-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972 señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, asimismo, recoge en el artículo 42 que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; asimismo, el numeral 6 del artículo 20 de la misma Ley señala que son atribuciones del alcalde: “(…) 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”;

Que, el numeral 8 del artículo 195 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley;

Que, de acuerdo lo establecido en el artículo 73 de la Ley Nº 27972, dentro del marco de sus competencias y funciones, las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo I del Título V, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: “(…) 1. Organización...

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