Decreto de Alcaldia Nº 014-2022-MDC. Prorrogan el plazo del vencimiento de la Ordenanza N° 636/MDC "Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S.) y Beneficios de Descuentos de Multas Administrativas"

Fecha de publicación25 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Comas, 27 de octubre de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

VISTO: El Memorando Nº 665-2022-GFYT/MDC, de la Gerencia de Fiscalización y Transporte, el Informe Nº 21-2022-SGSECA-GFT/MDC, de la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa; el Informe Nº 697-2022-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; sobre la prórroga de la “Ordenanza que aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (C.U.I.S) y Beneficio de Descuentos de Multas Administrativas”, aprobado con Ordenanza Nº 636/MDC.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el segundo párrafo del artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía establecida en la Constitución para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante Decretos de Alcaldía y por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; asimismo el artículo 42º del mismo cuerpo legal, indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de den general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, establece en su Artículo 17.- Eficacia anticipada del acto administrativo 17.1 La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 636/MDC publicada en el Diario...

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