Ate, 27 de noviembre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE;
VISTO: El Informe N° 0366-2023-MDA/GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación y Control; el Memorándum N° 1060-2023-MDA/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 244-2023-MDA/GPE-SGMI de la Subgerencia de Modernización Institucional; el Informe Nº 0467-2023-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 2304-2023-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 74º que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; por su parte el artículo 194° de la referida norma establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía...