DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2015-MDI - Modifican el TUPA de la Municipalidad

Fecha de publicación29 Agosto 2015
Fecha de disposición29 Agosto 2015
560383
NORMAS LEGALES
Sábado 29 de agosto de 2015
El Peruano
/
SBS-DIR-ADM-085-18, que incorpora lo dispuesto en
el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto
Supremo N° 056-2013-PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Adolfo
Edgardo Vargas Chang, Coordinador Ejecutivo Técnico
de la Gerencia de Tecnologías de Información de la SBS,
del 30 de agosto al 11 de setiembre de 2015, a la ciudad
de Manila, República de Filipinas, para los f‌i nes expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización, según se
indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con
cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015,
de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 2,786.12
Viáticos US$ 5,000.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor del
funcionario cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER MARTÍN POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (a.i.)
1280226-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Ordenanza que autoriza la realización de
Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario
Barranco, 21 de agosto de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
POR CUANTO:
EI Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria
de la fecha;
VISTOS:
El Proveído Nº 262/2015-MDB-SG de fecha 07 de
agosto de 2015, emitido por la Secretaría General; el
Memorando Nº 136-2015-GAJ-MDB, de fecha 11 de
agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica; el Memorando Nº 411-2015-GPPR-MDB,
de fecha 11 de agosto, emitido por la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; el Informe
Nº 324-2015-GAJ-MDB, de fecha 11 de agosto de 2015,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Dictamen
Nº 04-2015-CAJ, de fecha 11 de agosto de 2015, emitido
por la Comisión de Asuntos Jurídicos de fecha 11 de
agosto de 2015, respecto a la celebración de Matrimonio
Civil Comunitario, con ocasión del 141º Aniversario de
Creación Política del distrito de Barranco,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 4º de la
Constitución Política del Perú, el Estado protege a la
familia y promueve el matrimonio;
Que, es política de la actual gestión municipal
promover la unión familiar y siendo la familia el núcleo
básico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar
e impulsar la realización del Matrimonio Civil Comunitario
propuesto;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 9º, numeral 8, y artículo 40º de
Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de
aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACIÓN DE
CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Artículo Primero.- Autorizar la realización de
Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el día 17 de
octubre del año 2015.
Artículo Segundo.- Dispensar a los contrayentes,
del trámite de publicación de los avisos matrimoniales,
conforme a lo dispuesto por el artículo 252º del Código
Civil vigente, estableciéndose la obligación de cumplir con
los requisitos que dispone el artículo 248º de la norma
citada.
Artículo Tercero.- Aprobar la exoneración del pago
de los derechos correspondientes, estableciéndose como
pago único la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos
Soles), que serán destinados a cubrir los gastos que
genere dicha ceremonia.
Artículo Cuarto.- Aprobar la exoneración de la
totalidad del pago de los derechos correspondientes a los
trabajadores vinculados laboralmente o bajo la modalidad
de Contrato Administrativo de Servicios, así como a
sus padres, hermanos e hijos, que deseen contraer
matrimonio civil.
Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General,
Gerencia Comunicaciones e Imagen Institucional y
Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el cumplimiento
y difusión de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG
Alcalde
1280110-1
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican el TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 011-2015-MDI
Independencia, 24 de agosto del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
INDEPENDENCIA
VISTO: El Memorando Nº 1297-2015-GM/MDI de la
Gerencia Municipal, el Informe Nº 386-2015-GAL/MDI,
el Informe Nº 391-2015-GAL/MDI de la Gerencia de
Asesoría Legal y el Informe Nº 341-2015-GPPR/MDI de la
Gerencia de Planif‌i cación, Presupuesto y Racionalización
sobre modif‌i cación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo
194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal las funciones normativas y f‌i scalizadoras y a la
Alcaldía las funciones ejecutivas;
de Municipalidades”, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
Concejo Municipal;

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