Comas, 26 de octubre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
VISTO: El Informe N°094-2023-GMDSPS/MDC de fecha 17 de octubre de 2023, de la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales, el Acta de Reunión del Comité Electoral Distrital de fecha 13 de octubre de 2023; el Informe N°1090-2023-OGAJ/MDC de fecha 25 de octubre de 2023, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Proveído N°1763-2023-GM/MC de fecha 25 de octubre de 2023, de la Gerencia Municipal; sobre la modificación del Decreto de Alcaldía N°009-2023-AL/MDC de fecha 28 de setiembre de 2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, de artículo 197 de la Carta Magna, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del estado y canales inmediatos de participación vecinal en los...