Decreto de Alcaldia Nº 010-2022-MDCLR. Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal que establece el beneficio por regularización de declaración jurada y amnistía de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso
Fecha de publicación | 28 Octubre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Carmen de la Legua Reynoso, 20 de octubre de 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;
VISTO:
El Informe N° 0181-202-SGRRyEC-GAT/MDCLR de fecha 17 de octubre 2022, de la Sub. Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe N° 085-2022-GAT/MDCLR de fecha 18 de octubre 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 301-2022-GAJ/MDCLR de fecha 19 de octubre 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y Proveído N° 697-2022 de fecha 19 de octubre 2022 de la Gerencia Municipal, sobre prórroga de la Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos.
Que, el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2013-EFy sus normas modificatorias, establece que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los impuestos que administran y que en caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo.
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR, de fecha 01 de setiembre 2022, se establece el BENEFICIO POR REGULARIZACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA Y AMNISTÍA DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO, hasta el 30 de setiembre 2022.en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, facultándose al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para su prórroga y adecuada aplicación.
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 009-2022-MDCLR, se prorroga hasta el 31 de octubre 2022, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR.
Que, mediante Informe N° 0181-202-SGRRyEC-GAT/MDCLR la Sub. Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución...
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;
VISTO:
El Informe N° 0181-202-SGRRyEC-GAT/MDCLR de fecha 17 de octubre 2022, de la Sub. Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe N° 085-2022-GAT/MDCLR de fecha 18 de octubre 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 301-2022-GAJ/MDCLR de fecha 19 de octubre 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y Proveído N° 697-2022 de fecha 19 de octubre 2022 de la Gerencia Municipal, sobre prórroga de la Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos.
Que, el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2013-EFy sus normas modificatorias, establece que, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto a los impuestos que administran y que en caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo.
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR, de fecha 01 de setiembre 2022, se establece el BENEFICIO POR REGULARIZACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA Y AMNISTÍA DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO, hasta el 30 de setiembre 2022.en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso, facultándose al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para su prórroga y adecuada aplicación.
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 009-2022-MDCLR, se prorroga hasta el 31 de octubre 2022, la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 015-2022-MDCLR.
Que, mediante Informe N° 0181-202-SGRRyEC-GAT/MDCLR la Sub. Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución...
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