DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2015/MDLCH - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 219-MDL, que aprobó beneficios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas y formalización del servicio de agua potable

Fecha de disposición01 Agosto 2015
Fecha de publicación01 Agosto 2015
558504 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2015 /
El Peruano
Artículo Tercero.- El Presidente Regional mediante
acto resolutivo dispondrá la composición de los integrantes
del Consejo Regional de Fomento Artesanal de Cusco –
COREFAR.
Articulo Tercero.- La Dirección Regional de
Comercio Exterior y Turismo Cusco y los integrantes
de la COREFAR electos se encargarán de elaborar el
Reglamento del Consejo Regional de Fomento Artesanal
Cusco – COREFAR en el plazo de treinta (30) días de
publicada la presente Ordenanza Regional, estableciendo
sus funciones y atribuciones.
Artículo Cuarto.- La Presente Ordenanza entrara en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional del Cusco para su promulgación.
Dado en Cusco, a los dieciocho días del mes de
agosto del año dos mil catorce.
FLORENTINO HUANQQUE HUALLPA
Consejero Delegado
Consejo Regional de Cusco
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del
Cusco, a los 22 días del mes de agosto del año dos mil
catorce.
RENE CONCHA LEZAMA
Presidente Regional
Gobierno Regional Cusco
1268677-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban Programa de Segregación en la
Fuente y Recolección Selectiva de Residuos
Sólidos Domiciliario en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 008-2015/MDLCH
Chosica, 8 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 012-2014/
MDLCH, se modif‌i ca el Decreto de Alcaldía Nº 004-2011-
ALC/MDLCH y se aprueba el Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
Domiciliarios, el cual se implementará progresivamente
en toda la circunscripción del Distrito de Lurigancho –
Chosica.
Que, mediante Informe Nº 042-2014/MDLCH/SGLP/
RMQB, personal profesional de la Gerencia de Servicios
Públicos, expresa que en cumplimiento de la Ley Nº
29332 que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión Municipal y del Decreto Supremo Nº 033-2015-
EF que aprueba los procedimientos para el cumplimiento
de Metas y Asignación de Recursos del Plan de Incentivos
a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2015 de
la Meta 1: Implementar un Programa de Segregación en
la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
en las Viviendas Urbanas del Distrito, se hace necesario
la modif‌i cación del Decreto de Alcaldía Nº 012-2014/
MDLCH.
Que, la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº
27314 modif‌i cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en
su artículo 10º dispone el rol y las obligaciones de las
Municipalidades en la gestión de los residuos sólidos de
origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades
que generan residuos similares a estos en todo el ámbito
de la jurisdicción, así como para la erradicación de
botaderos que pongan en riesgo la salud de las personas
y del ambiente.
Estando a lo expuesto, con aprobación de la
Gerencia Municipal y en uso de las facultades conferidas
por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
SE DECRETA:
Primero.- Apruébese el Programa de Segregación en
la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
Domiciliario en el Distrito de Lurigancho el cual forma
parte integrante del presente Decreto.
Segundo.- Deróguese toda norma que se oponga al
presente Decreto.
Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Limpieza
Pública el cumplimiento de la presente disposición
municipal realizando las acciones que correspondan para
su ejecución.
Cuarto.- Disponer la publicación de la norma en
el Diario Of‌i cial El Peruano y en la página web de la
Municipalidad (www.munichosica.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1268201-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 219MDL, que aprobó beneicios
de regularización de obligaciones
tributarias sustanciales, formales, multas
administrativas y formalización del servicio
de agua potable
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2015/MDLCH
Chosica, 20 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA
Visto el Informe Nº 172-2015/MDLCH-GR elevado
al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de
Rentas solicita se prorrogue la vigencia de los benef‌i cios
tributarios y no tributarios contenidos en la Ordenanza
Nº 219-MDL hasta el 17 de agosto de 2015, a efectos
de continuar dando oportunidades a los contribuyentes de
acogerse a la mencionada norma, para lo cual remite el
proyecto de Decreto de Alcaldía.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 219-MDL, publicado
el 04 de julio de 2015, se aprueban benef‌i cios
extraordinarios para la regularización de obligaciones
tributarias sustanciales, formales, multas administrativas
correspondientes al impuesto predial, arbitrios municipales
y formalización del servicio de agua potable con vigencia
hasta el 31 de julio de 2015, facultándose en la Segunda
Disposición Final del citado dispositivo, al señor Alcalde
para que dicte mediante Decreto de Alcaldía las medidas
complementarias así como la prórroga de su vigencia; y
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- PRORROGAR hasta el 17 de agosto de
2015, el plazo de vigencia establecido en la Primera
Disposición Final de la Ordenanza Nº 219-MDL.
NL20150801.pdf 70 8/3/2015 8:49:04 AM

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