Decreto de alcaldia N° 007-2023-MDLP. Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de La Perla del año 2023

Fecha de publicación20 Agosto 2023
SecciónSección Única
63
NORMAS LEGALES
Domingo 20 de agosto de 2023
El Peruano
/
Que, mediante Opinión Legal N° 026-2022-GRU-CR-
SCR-SVCA, de fecha 25 de octubre de 2022, la Abogada
IV del Consejo Regional Sandra Valeria Corrales Acho,
concluye que: La solicitud del Ejecutivo Regional sobre
la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la
“Estrategia y Plan de Acción Regional de Diversidad
Biológica del Gobierno Regional de Ucayali 2022-
2030” – EPARDB, cuenta con sustento técnico, Informe
Financiero y Presupuestal, y respaldo legal por la Ocina
Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de
Ucayali. ii) La propuesta sería el principal instrumento
para la gestión de biodiversidad en Ucayali, en la que
se propone seis objetivos estratégicos. Por lo que,
Opina se Declare Procedente la propuesta de Iniciativa
Legislativa de Ordenanza Regional sobre la aprobación
de la “Estrategia y Plan de Acción Regional de Diversidad
Biológica del Gobierno Regional de Ucayali 2022-2030”
– EPARDB;
Que, mediante Dictamen N° 003-2022-GRU-CR-
CRNyGMA, de fecha 14 de noviembre de 2022, la
Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio
Ambiente, en su Artículo Primero: Declara Procedente
la propuesta para que mediante Ordenanza Regional
se apruebe la “Estrategia y Plan de Acción Regional de
Diversidad Biológica del Gobierno Regional de Ucayali
2022-2030” – EPARDB.
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de los Gobiernos Regionales, establece que las
Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter
general, la organización y administración del Gobierno
Regional y reglamentan materias de sus competencias;
Que, el literal o) del artículo 21° la Ley Nº 27867,
Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece
que es atribución del Gobernador Regional promulgar
Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho
a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y
ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867 - Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales sus modicatorias y
el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión
Extraordinaria de fecha 30 de noviembre de 2022, se
aprobó por Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR la Estrategia y Plan de
Acción Regional de Diversidad Biológica de Ucayali 2022-
2030, que contiene seis (06) Objetivos Estratégicos, once
(11) metas, veintiún (21) líneas estratégicas y sesenta y
ocho (68) acciones, con una temporalidad a cumplirse del
2022 al 2030.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Autoridad
Regional Ambiental de Ucayali, a través de la Dirección
de Conservación y Diversidad Biológica, destinar los
recursos nancieros que posibilite la implementación de
la Estrategia y Plan de Acción Regional de Diversidad
Biológica de Ucayali 2022-2030.
Artículo Tercero.- DISPONER, que la Estrategia y
Plan de Acción Regional de Diversidad Biológica Ucayali
2022-2030 se constituya en el principal instrumento de
planicación en materia de diversidad biológica que orienta
los objetivos del Sistema Regional de Conservación de
Ucayali.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional
Ambiental de Ucayali, actividades de implementación y
evaluación periódica de la Estrategia y Plan de Acción
Regional de Diversidad Biológica Ucayali 2022-2030, en
coordinación con la Comisión Ambiental Regional (CAR)
y el Grupo Técnico Regional de Diversidad Biológica
(GTRDB).
Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación de acta, para
proceder a su implementación correspondiente.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional
Ambiental de Ucayali, la publicación de la presente
Ordenanza Regional en el Diario Ocial “El Peruano”, y en
un diario de mayor circulación de la Región, asimismo a la
Ocina de Tecnología de la Información para su difusión
y publicación a través del portal electrónico del Gobierno
Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno
Regional de Ucayali, para su promulgación.
En Pucallpa, a los treinta días del mes de noviembre
del año dos mil veintidós.
LAND BARBARAN LA TORRE
Presidente
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a
12 de diciembre de 2022.
ÁNGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ
Gobernador Regional (p)
2188611-1
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Convocan a la Segunda Audiencia Pública
de Rendición de Cuentas de la Municipalidad
Distrital de La Perla del año 2023
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2023-MDLP
La Perla, 16 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
LA PERLA.
VISTO:
El Informe Nº 170-2023-GPPM/MDLP emitido por la
Gerencia de Planicación, Presupuesto y Modernización
de fecha 10 de agosto de 2023, el Informe Nº
704-2023-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica de fecha 11 de agosto de 2023, el Memorándum
Nº 914-2023-GM/MDLP de la Gerencia Municipal de
fecha 16 de agosto del 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, modicada por la Ley Nº 30305 - “Ley de
Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, en concordancia con
el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 -
Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la
autonomía de las municipalidades radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, los artículos 197º y 198º de la Constitución
Política del Perú, modicada mediante Ley Nº 27680,
que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las
Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad,
conforme a Ley;
Que, el artículo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783
- Ley de Bases de la Descentralización, determina que
los Gobiernos Locales están obligados a promover la
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 20/08/2023 00:18

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR