Decreto de Alcaldia Nº 005-2023-AL/MDC. Aprueban convocatoria para la Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Comas

Fecha de publicación25 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Comas, 24 de mayo de 2023

VISTO: El Informe Nº 025-2023-SGPV-GMDSPS/MC de fecha 19 de mayo de 2025, emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; Informe Nº 042-2023-GMDSPS/MDC de fecha 19 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales; el Informe Nº486-2023-OGAJ/MC de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y el Proveído Nº 1049-2023-GM/MDC de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, concerniente a la “Aprobación de la Convocatoria para Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Comas de modo presencial a realizarse el día 31 de mayo de 2023”, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido por la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

Que, el artículo 17º de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que los Gobiernos Locales y Regionales, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate, concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública; para este efecto, deberán garantizar el acceso a todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;

Que, mediante la Ley Nº 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que “Las Audiencias Públicas constituyen mecanismos de Rendición de Cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la Gestión del Gobierno Local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los Gobiernos Locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 640/MDC, se aprueba el Reglamento Marco para el Desarrollo de las...

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