Decreto de Alcaldia Nº 005-2023-MDLP/AL. Aprueban ampliación de los plazos del Cronograma de elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Punta para el periodo 2023-2025
Fecha de publicación | 24 Mayo 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
La Punta, 23 de mayo de 2023
VISTOS:
El Memorando N° 304-2023-MDLP/GDH emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 039-2023-MDLP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 298-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, asimismo, en su artículo 116º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contempla en materia de Juntas Vecinales que, los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, de los Regidores o a petición de los vecinos constituyen Juntas Vecinales, mediante Convocatoria Pública a Elecciones, precisando la norma que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse.
Que, a su vez, los artículos 109º y 110º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, y la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; así como, que el delegado vecinal comunal es elegido, en forma directa, por los vecinos del área urbana o rural a la que representan;
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2021-MDLP/AL, se prorrogó la elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales Período 2019-2021 hasta que puedan convocarse las nuevas elecciones con las garantías sanitarias y transparencia electoral conforme a ley, debido a la Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional por los efectos del COVID-19. Del mismo modo, se aprobó el nuevo Reglamento de Juntas Vecinales Comunales del distrito, siendo modificado por la Ordenanza N° 002-2023-MDLP/AL. De acuerdo con el artículo 8° del Reglamento citado, “El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales (…). El Decreto de Alcaldía establecerá el cronograma electoral (…).”;
Que, con Decreto de Alcaldía N° 003-2023-MDLP/AL, se aprobó el Cronograma del proceso electoral de los representantes de las juntas...
VISTOS:
El Memorando N° 304-2023-MDLP/GDH emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 039-2023-MDLP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 298-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, asimismo, en su artículo 116º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contempla en materia de Juntas Vecinales que, los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, de los Regidores o a petición de los vecinos constituyen Juntas Vecinales, mediante Convocatoria Pública a Elecciones, precisando la norma que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse.
Que, a su vez, los artículos 109º y 110º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, y la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; así como, que el delegado vecinal comunal es elegido, en forma directa, por los vecinos del área urbana o rural a la que representan;
Que, mediante Ordenanza Nº 012-2021-MDLP/AL, se prorrogó la elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales Período 2019-2021 hasta que puedan convocarse las nuevas elecciones con las garantías sanitarias y transparencia electoral conforme a ley, debido a la Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional por los efectos del COVID-19. Del mismo modo, se aprobó el nuevo Reglamento de Juntas Vecinales Comunales del distrito, siendo modificado por la Ordenanza N° 002-2023-MDLP/AL. De acuerdo con el artículo 8° del Reglamento citado, “El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales (…). El Decreto de Alcaldía establecerá el cronograma electoral (…).”;
Que, con Decreto de Alcaldía N° 003-2023-MDLP/AL, se aprobó el Cronograma del proceso electoral de los representantes de las juntas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba