DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2015-MDS - Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 339-MDS, que aprobó amnistía general tributaria y no tributaria denominada “Pasa la Voz”

Fecha de disposición18 Julio 2015
Fecha de publicación18 Julio 2015
557675
NORMAS LEGALES
Sábado 18 de julio de 2015
El Peruano
/
VISTO:
El expediente Nº 03111-2015, Nº 09019-2015 y
22263-2015, promovido por CASA PRO S.R.L., quien
pone en conocimiento sobre la esquela de observación
del Registrador Público de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos – SUNARP, sobre el título Nº
2015-00337121 respecto de la rogatoria de inscripción de
la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/
MDSMP de fecha 23/10/2014 se declaró de of‌i cio la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con
un área de 32,231.25 m2, del terreno constituido por
la Sub Parcela P1 del Ex Fundo Santa Rosa, inscrito
en la Partida Electrónica Nº12600548, expedida por la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), que se encuentra ubicado en nuestra
jurisdicción, sobre el cual se ha constituido el Programa
Residencial San Antonio, cuya área es 32,231.25 m2;
Que, presentada la rogatoria para la Inscripción
Registral de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/
MDSMP, el Registrador Publico de la SUNARP, mediante
esquela de observación según Título Nº 00337121 de
fecha 10-04-2015, señala una serie de observaciones de
índole técnico de adecuación y error material;
Que, con Informe Técnico Nº 118-2015-MRO-
SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 16/06/2015, el técnico
de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas,
señala que en las esquelas de observación de la SUNARP,
ingresadas con expedientes Nº 03111-2015, 09019-2015 y
22263-2015, se advierte sobre la discrepancia que existe
en la Resolución Nº 261-2014/MDSMP y en la memoria
descriptiva de la habilitación urbana con respecto a
la denominación que corresponde a la inscripción
predial en la SUNARP, que en adelante se denominará
“Urbanización San Antonio”, en la misma resolución
se aprueba la independización del parque como aporte
reglamentario a favor del Estado, bajo la administración
de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para
lo cual se adjuntan la minuta de transferencia y se modif‌i ca
el cuadro general de distribución de áreas detallado en el
plano de lotización;
Que, a través del memorándum Nº391-2015-GDU-
MDSMP del 19/06/2015, la Gerencia de Desarrollo
Urbano, emite su conformidad al remitir el Informe Nº
166-06-2015-SGCHU-GDU-MDSMP de la Subgerencia
de Catastro y Habilitaciones Urbanas, donde se indica
que el levantamiento de la observación antes descrita, ha
generado la corrección en el plano de lotización lo que
implica dejar sin efecto el plano de trazado y lotización
Nº 107-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP, presentándose
un plano de trazado – lotización y memoria descriptiva
correspondiente;
Que, con informe Nº 911-2015-GAJ/MDSMP
la Gerencia de Asesoría Jurídica, en mérito a los
numerales Nº 201.1 y Nº 201.2 del artículo 201º de la
Ley del Procedimiento administrativo General Nº 27444,
opina que debe expedirse la Resolución de Alcaldía
correspondiente en los términos expuestos y ratif‌i cados
mediante el Informe Nº 166-2015-SGCHU-GDU-MDSMP
del 18/06/2015;
Que de acuerdo al artículo 201º numeral 201.1 de
la Ley 27444, “todo error material o aritmético en los
actos administrativos pueden ser rectif‌i cados con efecto
retroactivo en cualquier momento, de of‌i cio o a insistencia
de los administrados siempre que no altere lo sustancial
de su contenido ni el sentido de la decisión”;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43
Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones
Urbanas y Edif‌i caciones, su modif‌i catoria Ley Nº 29898,
así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 008-2013-VIVIENDA, con la Visación de la Gerencia
Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de
Desarrollo Urbano;
RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR
MATERIAL del Artículo Primero de la Resolución de
Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de fecha 23/10/2014
al haber considerado como Sub Parcela P1 de la
Urbanización Rosa en lugar de “Sub Parcela P1 del Ex
Fundo Santa Rosa”, inscrito en la Partida Electrónica Nº
12600548, expedida por la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos (SUNARP), terreno donde se
desarrolla la “Urbanización San Antonio”, ubicado en esta
jurisdicción, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo
de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de
fecha 23/10/2014, dejando sin efecto el plano signado
Nº 107-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y APROBAR el
plano de Lotización Nº 031-2015-SGCHU-GDU-MDSMP
y la nueva memoria descriptiva con el siguiente cuadro
general de áreas que se detalla a continuación:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS
DESCRIPCION Área (m2)
AREA BRUTA 32,231.25 m2
AREA UTIL 17,615.44 m2
AREA CREACION PUBLICA (Mz. “C” Lt. 33) 2,440.25 m2
AREA DE VIA METROPOLITANA 6,657.03 m2
AREA DE COMPENSACION 326.28 m2
AREA DE VIAS 5,192.25 m2
Artículo Tercero.- RATIFICAR en todos los demás
extremos el contenido de la presente Resolución de
Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de fecha 23/10/2014.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el Diario Of‌i cial el Peruano, dentro
del plazo de (30) días siguientes a su notif‌i cación, a cargo
y costo del propietario del predio objeto de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio.
Artículo Quinto.- HACER DE CONOCIMIENTO
el presente acto administrativo a la parte interesada e
instancias administrativas que correspondan.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde
1264535-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N°
339-MDS, que aprobó amnistía general
tributaria y no tributaria denominada “Pasa
la Voz”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015-MDS
Surquillo, 14 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SURQUILLO
Visto, el Memorándum Nº 417-2015-GM-MDS de fecha
14 de julio de 2015, a través del cual el Gerente Municipal,
remite el Informe Nº 034-2015-GR-MDS de fecha 14 de julio
de 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº
233-2015-GAJ-MDS de fecha 14 de julio de 2015 emitido
por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº
533-2015-GR-MDS de fecha 13 de julio de 2015 emitido por
la Gerencia de Rentas, el Memorándum Nº 916-2015-GPPCI-
MDS de fecha 13 de julio de 2015 emitido por la Gerencia
de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional,
el Informe Nº 459-2015-SGAT-GR-MDS de fecha 10 de julio
de 2015, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria,
mediante los cuales dichas Gerencias y Sub Gerencias
emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la
vigencia de la Ordenanza Nº 339-MDS, denominada “Pasa
la voz”, que aprobó el régimen de benef‌i cios tributarios y
no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de
Surquillo y,

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