DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2015-MDSL - Prorrogan fecha de vencimiento de beneficio de pronto pago del segundo trimestre de arbitrios y prediales establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Nº 185-2015-MDSL

Fecha de disposición04 Junio 2015
Fecha de publicación04 Junio 2015
El Peruano
Jueves 4 de junio de 2015
554028
de Gobierno Electrónico de Miraf‌l ores”, en la que se regulan
como ámbitos esenciales de aplicación del gobierno
electrónico la participación ciudadana, la transparencia, los
servicios al ciudadano y los procesos internos. En ese sentido,
la Comisión Especial de Gobierno Electrónico, constituida por
el citado acuerdo, viene impulsando una serie de acciones
e implementando prácticas para promover la participación
directa de los ciudadanos y fortalecer la transparencia en los
actos de gestión, en la construcción de una ciudad inteligente
donde existe disponibilidad permanente de información sobre
las actividades gubernamentales y el acceso a las nuevas
tecnologías; por lo que, en la búsqueda de soluciones para
agilizar y asegurar la ef‌i cacia de los servicios públicos, dicha
comisión ha impulsado la implementación de un módulo
para notif‌i caciones de prevención electrónica en el marco
del procedimiento administrativo sancionador;
Que, la Subgerencia de Fiscalización y Control, con
Informe Nº 267-2015-SGFC-GAC/MM del 27 de mayo de
2015, señala que en atención a los medios informáticos
con los que se cuenta en la Entidad, viene haciendo uso del
Módulo de Fiscalización Móvil, donde se ha sistematizado
el inicio y término de los procedimientos administrativos
sancionadores, además de contar con la opción de emitir
Notif‌i caciones de Prevención Electrónicas al momento de
constatarse la comisión de una infracción administrativa,
con el uso de medios electrónicos móviles, las mismas que
serán ingresadas al sistema del mencionado módulo con
un código distintivo;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante
Informe Legal Nº 162-2015-GAJ/MM de fecha 28 de
mayo 2015, concluye que no existe inconveniente para
aprobar, mediante decreto de alcaldía, la emisión de
Notif‌i caciones de Prevención Electrónicas para el inicio
de los procedimientos administrativos sancionadores;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar la emisión de Notif‌i caciones
de Prevención Electrónicas mediante el uso de medios
electrónicos móviles.
Artículo Segundo.- Precisar que las Notif‌i caciones de
Prevención Electrónicas serán ingresadas en el Módulo
de Fiscalización Móvil, anteponiendo el Código “02-“ a
su numeración correlativa, lográndose diferenciar de las
emitidas manualmente, cuya numeración es ingresada a
dicho módulo anteponiendo el Código “01-“.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencias de
Sistemas y Tecnologías de la Información, Administración
Tributaria y de Autorización y Control, así como a la
Subgerencia de Fiscalización y Control, el cumplimiento
del presente decreto, de acuerdo con lo que les
corresponde conforme a sus atribuciones; y a la Gerencia
de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación
en el Portal Institucional (www.miraf‌l ores.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1245299-1
MUNICIPALIDAD
DE SAN LUIS
Prorrogan fecha de vencimiento de
beneficio de pronto pago del segundo
trimestre de arbitrios y prediales
establecido en el artículo 5 de la
Ordenanza Nº 185-2015-MDSL
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015-MDSL
San Luis, 29 de mayo del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS:
VISTO:
El Informe Nº 85-2015-MDSL-GAL, de la Gerencia de
Asesoría Legal y con el Informe Nº 88-2015 –GR-MDSL
de fecha 29 de mayo la Of‌i cina de la Gerencia de Rentas,
en donde solicita la Ampliación de fecha de vencimiento
de Pagos de Arbitrios y Prediales correspondiente al
Segundo Trimestre, y;
CONSIDERANDO:
modif‌i cado mediante Ley 28607 (ley de reforma
constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el
artículo I y II del título preliminar de la ley orgánica de
municipalidad Nº27972; establece que las municipalidades
son órganos de gobierno local que gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
Concejo Municipal.
Que, mediante Ordenanza Nº 185-MDSL se f‌i ja
el tope de Incrementos de Arbitrios Municipales y el
calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto
pago correspondiente al ejercicio 2015, y como último
día de pagos de arbitrios y prediales correspondientes
al segundo trimestre del año 2015 es el día 29 de mayo
del 2015, así mismo también le faculta al Alcalde para
que mediante decreto pueda prorrogar las fechas de sus
vencimiento.
Que, la Gerencia de Renta a través del informe Nº
88-2015-MDSL-GR recomienda que mediante decreto de
alcaldía se efectué la ampliación de fecha de vencimiento
de pagos de arbitrios y prediales correspondiente al
segundo trimestre 2015 del 29 de mayo al 30 de junio
del 2015.
Que, la Gerencia de Asesoría Legal, mediante informe
Nº 85-2015-MDSL/GAL, emite opinión legal declarando
procedente ampliar el plazo de fecha de vencimiento del
29 de mayo 2015 al 30 de junio 2015, como lo establece
el Art. 5º de la Ordenanza Nº 185-MDSL, para lo cual
debe emitirse el decreto de Alcaldía de conformidad a
lo establecido en la disposición f‌i nal de la establecida
ordenanza y al Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidad
Ley 27972.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de
vencimiento del beneficio de pronto pago del Segundo
Trimestre de arbitrios y prediales municipales
establecido en el Articulo Nº 5 de la Ordenanza Nº
185-2015-MDSL, del 29 de Mayo hasta el 30 de Junio
del 2015.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a
las Gerencias de Rentas, Administración y Finanzas y
Planeamiento Presupuesto e Informática.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia
de Logística la publicación del presente Decreto en el
Diario Of‌i cial El Peruano, y a la Subgerencia informática
y Estadística la publicación en el Portal Institucional de la
municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RONALD EULOGIO FUERTES VEGA
Alcalde
1245825-1

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