DECRETO DE ALCALDIA N° 005-2015-MSB-A - Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2016 del distrito de San Borja

Fecha de disposición08 Mayo 2015
Fecha de publicación08 Mayo 2015
El Peruano
Viernes 8 de mayo de 2015
552262
El pago se hará efectivo al solo requerimiento escrito
del Gerente Municipal de la Municipalidad de San Borja,
o de quien haga sus veces, en nuestras of‌i cinas ubicadas
en …………………………………………………………… y
toda demora de nuestra parte para honrarla devengará
un interés equivalente a la tasa máxima LIBOR más un
margen (spread) de 3.
La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Reuter
diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m., debiendo
devengarse los intereses a partir de la fecha en que se
ha exigido su cumplimiento y hasta la fecha efectiva de
pago.
Nuestras obligaciones bajo la presente Fianza no se
verán afectadas por cualquier disputa entre ustedes y
nuestro cliente.
El plazo de vigencia de esta Fianza será de un (1) año
iniciándose el ……… de ………… de 20….. y hasta el
……….. de ……………….. de 20………
Atentamente,
Firma: ……………………………………….
Nombre: …………………………………….
Entidad Bancaria …………………………..
NOTAS:
1. La Carta Fianza deberá emitirse en términos
sustancialmente iguales al modelo que se alcanza.
2. El CEPRI SAN BORJA proporcionará la lista de
bancos autorizados a emitir la garantía.
1234222-1
Aprueban Cronograma de Actividades
del Proceso del Presupuesto
Participativo basado en resultados del
Año Fiscal 2016 del distrito de San
Borja
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 005-2015-MSB-A
San Borja, 30 de abril de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN BORJA
Vistos, el Informe N° 59-2015-MSB-GM-GPE de la
Gerencia de Planif‌i cación Estratégica de fecha 14 de
abril de 2015, el Informe N° 129-2015-MSB-GM-GAJ de
la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de abril
de 2015, el Memorando N° 300-2015-MSB-GM de la
Gerencia Municipal de fecha 24 de abril de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo
194° de la Constitución Política del Perú, concordante
con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales
son personas jurídicas de derecho público y gozan
de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, consiguientemente
están facultados a ejercer actos de gobiernos y actos
administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente;
atribución del Alcalde, “Dictar decretos y resoluciones de
alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; siendo
que, mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas
complementarias y de aplicación de las Ordenanzas
Municipales, así como se sancionan los procedimientos
pertinentes para la correcta y ef‌i ciente administración
municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general,
que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, mediante Ley N° 28056, Ley del Presupuesto
Participativo, modif‌i cado por Ley N° 29298, se establecen
los principios rectores y disposiciones generales del
Presupuesto Participativo, así como las faces, su
vinculación con los planes de desarrollo concertado y los
mecanismos de vigilancia participativa;
Que, mediante Informe N° 59-2015-MSB-GM-GPE la
Gerencia de Planif‌i cación Estratégica remite al Gerente
Municipal la propuesta de Cronograma de Actividades
del Presupuesto Participativo basado en Resultados del
año f‌i scal 2016 del distrito de San Borja, así como la
conformación del Equipo Técnico correspondiente;
Que, mediante Ordenanza N° 542-MSB que
aprueba el “Reglamento del Proceso del Presupuesto
Participativo basado en Resultados del Distrito de
San Borja”, se establece que el Equipo Técnico del
Presupuesto Participativo es el soporte técnico de todo
el proceso, establecido su conformación, atribuciones y
responsabilidades; asimismo, contempla las atribuciones
y responsabilidades del Gerente de Planif‌i cación
Estratégica en calidad del Presidente del Equipo Técnico
del Presupuesto Participativo;
Que, mediante Informe N° 129-2015-MSB-GM-GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la propuesta del
Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto
Participativo 2016, se ajusta al marco legal precedente;
por lo que mediante documento del visto la Gerencia
Municipal propone la aprobación de la propuesta normativa
en mención;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
Ley Orgánica de Municipalidades; con el visto bueno de
la Gerencia de Planif‌i cación Estratégica, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal.
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma de
Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo
basado en resultados del Año Fiscal 2016 del Distrito de
San Borja, el mismo que consta en el cuadro siguiente:
Actividades Fecha
Inscripción y Registro de Agentes Participantes 12 al 27 de Mayo
Capacitación 28 y 29 de Mayo
Taller 1: Rendición de Cuentas
Presentación del Plan de Desarrollo
Concertado 03 de Junio
Taller 2: Identif‌i cación y Priorización de
Problemas 09 de Junio
Taller 3: Identif‌i cación y Propuesta de
Proyectos 16 de Junio
Taller 4: Evaluación de Proyectos 23 de Junio
Taller 5:
Elección del Comité de Vigilancia
Asignación Presupuestal para Inversiones 25 de Junio
Priorización de Proyectos
Artículo Segundo.- Conformar el Equipo Técnico
del Proceso del Presupuesto Participativo basado en
resultados del Año Fiscal 2016 del Distrito de San Borja,
de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 542-MSB,
el mismo que estará conformado como sigue:
- Gerente de Planif‌i cación Estratégica, quien presidirá
el Equipo Técnico.
- Funcionario Responsable de la Of‌i cina de
Programación e Inversiones.
- Jefe de la Unidad de Planeamiento y
Racionalización.
- Jefe de la Unidad de Presupuesto y Estadística.
- Gerente de Medio Ambiente y Obras Públicas.
- Jefe de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura
Menor.
- Gerente de Participación Vecinal.
- Gerente de Seguridad Ciudadana.
- Gerente de Seguridad Vial y Transitabilidad Urbana.
- Gerente de Desarrollo Humano.
- Gerente de Desarrollo Urbano.
- Un profesional con experiencia en temas de
planeamiento y presupuesto en el sector público,
debidamente acreditado, proveniente de la sociedad civil,
quien será designado por el Equipo Técnico al inicio de los
talleres de trabajo.
Artículo Tercero.- El Equipo Técnico conformado
en el artículo precedente, y el Gerente de Planificación
Estratégica quien lo preside, ejercerán sus funciones

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