Decreto de alcaldia N° 004-2023/MDLM. Convocan a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina – CCLD para el Período 2023 – 2025 y aprueban cronograma

Fecha de publicación03 Octubre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto de la provincia de Tambopata y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe de la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios

La Molina, 30 de setiembre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA


Visto; el Informe Nº 0046-2023-MDLM-GPV, de fecha 18 de septiembre del 2023, de la Gerencia de Participación Vecinal; ; el Informe Nº190-2023-MDLM-GAJ, de fecha 27 de septiembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 1298-2023-MDLM-GM, de fecha 28 de setiembre del 2023, de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se propone y sustenta, la convocatoria y aprobación del cronograma para el Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, para el período 2023 – 2025; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;


Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como, a las normas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;


Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía, asimismo, en el artículo 42º de la norma citada se señala...

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