DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2015-A/MDSJL - Modifican el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 001-2015-A/MDSJL, referido a convocatoria de elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2015
El Peruano
Domingo 22 de marzo de 2015 549221
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Modifican el artículo primero del Decreto
de Alcaldía N° 001-2015-A/MDSJL,
referido a convocatoria de elecciones de
los representantes de las organizaciones
de la sociedad civil para su integración al
Consejo de Coordinación Local Distrital
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2015-A/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 18 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO: El Acta de Reunión de fecha 16 de marzo de
2015 del Comité Electoral a cargo del Proceso de Elección
de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo
de Coordinación Local Distrital (CCLD) de San Juan de
Lurigancho para el periodo comprendido desde el 2 de
abril de 2015 al 2 de abril de 2017; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº. 27972, establece
que, los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; dicha autonomía radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N°. 001-2015-A/
MDSJL del 29 de enero de 2015, publicado el 31 de enero
de 2015, se convocó a elecciones de los representantes de
las organizaciones de la sociedad civil para su integración al
Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) a realizarse,
en acto de votación, el 1 de abril de 2015 a horas 10:00 AM.
Que, se advierte de la referida Acta de Reunión del
Comité Electoral que, la hora jada para llevarse a cabo las
elecciones de los representantes de las organizaciones de
la Sociedad Civil al CCLD, no resulta adecuada, en razón a
que muchos de los delegados - electores tienen que cumplir
con sus jornadas laborales; por lo que consideraron en
forma unánime, a n de garantizar el ejercicio democrático
de los representantes de las organizaciones de la sociedad
civil al citado Concejo, asi como el derecho de participación
ciudadana prevista en el artículo 197° de la Constitución
Política, modi car este extremo del Decreto de Alcaldía N°.
001-2015-A/MDSJL del 29 de enero de 2015, dicha elección
para las 8:00 PM.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero del
Decreto de Alcaldía N°. 001-2015-A/MDSJL del 29 de enero
de 2015, el mismo que tendrá el siguiente tenor literal:
“Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los
representantes de las organizaciones de la sociedad civil
para su integración al Consejo de Coordinación Local
Distrital, en acto de votación a realizarse el día miércoles
1 de Abril del presente año a horas 8:00 PM en el Teatro
Municipal, sito en Av. Próceres de la Independencia, cuadra
7 Urb. Chacarilla de Otero, San Juan de Lurigancho”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación del presente Decreto en el Diario
O cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
1214652-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Ratifican el Plan Local de Seguridad
Ciudadana para el año 2015
ORDENANZA Nº 377-MDSMP
San Martín de Porres, 12 de marzo de 2015.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN MARTIN DE PORRES
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo
194º modi cado por la Ley 27680 - Ley de Reforma
Constitucional - en concordancia con la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley 27972, reconoce a los gobiernos
locales autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 13º de la Ley del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana - Ley Nº 27933 modi cada por Ley
Nº 28863 señala que “Los Comités Distritales de Seguridad
Ciudadana, son los encargados de formular los planes,
programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana,
así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, dentro
del marco de la Política Nacional diseñada por el Consejo
Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) teniendo a
su cargo también la supervisión y evaluación e su ejecución”;
Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional
de Seguridad Ciudadana establece en su artículo 26º que
los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son una
instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas,
planes, programas, directivas y actividades vinculadas a
la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las
relaciones entre las diversas entidades del sector público
y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel
distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica. Por su parte
el artículo 28º del mismo cuerpo legal establece que son
funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
(CODISEC) además de las establecidas en Nº 27933 y sus
modi catorias las siguientes: a. Aprobar el Plan Distrital de
Seguridad Ciudadana (PDSC);
Que, mediante el Acta de fecha 28 de Enero de 2015,
el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC),
bajo la presidencia del Señor Alcalde, Ingeniero, Adolfo
Israel Mattos Piaggio y con el Quórum reglamentario de los
señores integrantes del CODISEC, se aprobó el Plan Local
Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Martín
de Porres 2015;
Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley del
Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala, que
como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de
Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el
órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones:
(...) e) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de
Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su
rati cación mediante Ordenanza Municipal (...);
En uso de las facultades conferidas, con el voto
Unánime y la dispensa del trámite de lectura y aprobación
del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2015 DEL
DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES
Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad
Ciudadana para el año 2015 del Distrito de San Martín de
Porres, presentado por la Secretaría Técnica de Seguridad
Ciudadana de la Municipalidad Distrital de San Martín de
Porres.
Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO, esta
disposición municipal a las instancias administrativas que
correspondan para los nes de su estricto cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO
Alcalde
1214866-1

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