Decreto de Alcaldia Nº 003-2023-MDLP. Aprueban rectificación del requisito 4 del procedimiento administrativo 8.41 del TUPA, denominado “Constancia de posesión de uso exclusivo para dotación de servicios públicos”

Fecha de publicación30 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
La Perla, 22 de marzo de 2023

VISTO:

El Informe Nº 104-2023-SGOPC-GDU/MDLP emitido por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro con fecha 18 de enero de 2023; el Memorándum Nº 082-2023-GDU/MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano con fecha 26 de enero de 2023; el Informe Nº 026-2023-GPPM/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización con fecha 08 de febrero de 2023; el Informe Nº 102-2023-GAJ-MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 13 de febrero de 2023; el Informe Nº 19-2023-SG-MDLP emitido por la Secretaría General con fecha 22 de febrero de 2023; el Informe Nº 056-2023-GDU-MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano con fecha 06 de marzo de 2023; el Memorándum Nº 364-2023-GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal con fecha 10 de marzo de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 42º de la citada Ley, que señala que: ”Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta aplicación y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que el numeral 44.5 del artículo 44º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que toda modificación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe aprobar mediante Decreto de Alcaldía, lo cual guarda concordancia con lo señalado en el Artículo 40º numeral 40.5) de la misma norma que dice las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía;

Que, de acuerdo al numeral 40.3 del referido TUO de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR