Decreto de alcaldia N° 003-2024-MDP/A. Convocan a Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) para el periodo 2024-2026

Fecha de publicación03 Abril 2024
SecciónSección Única
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Pachacámac, 27 de marzo de 2024


EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC


VISTOS: el Informe N°023-2024-GDHyPV/MDP emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, el Informe N°116-2024-MDP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y los memorandos Nº409 y 456-2024-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 197 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, en concordancia con el artículo 17 de la Ley N°27783, Ley de Bases de la Descentralización, que dispone que el gobierno local está obligado a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo presupuestario y en la gestión pública, es así que el artículo 102 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), define el Consejo de Coordinación y Concertación Distrital (CCLD), es, en efecto, un órgano de coordinación y concertación de las municipalidades distritales, y está compuesto por el alcalde, quien lo preside, por los regidores, por los representantes de las organizaciones sociales de base , comunidades campesinas sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales, y cualquier otras forma de organización de nivel distrital, en calidad de representantes de la sociedad civil, elegidos, democráticamente, por un periodo de 2 (dos) años;


Que, en aplicación del numeral 14 del artículo 9 de la LOM, es atribución del concejo municipal aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal, por ello, se promulga la ordenanza municipal N°277-2021-MDP/C que aprueba el reglamento del CCLD de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en cuyo artículo 17 señala que el alcalde, por decreto, convoca a elecciones de los representantes de la organizaciones de la sociedad civil ante el CCLD, con una anticipación no menor de 45 días, plazo que según informe de vistos emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, ha vencido, por otra parte, los representantes todavía con mandato vigente, culminan el mismo, el 28 de marzo de 2024, no obstante, de igual manera, se detecta que a la fecha el 10% de los representantes de las organizaciones de la sociedad...

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