Decreto de Alcaldia Nº 002-2023-MDPH. Convocan a la realización de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa

Fecha de publicación29 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Punta Hermosa, 26 de mayo del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA

VISTO:

La Ordenanza N° 479-MDPH, de fecha 26 de mayo y el Memorándum N° 327-2023-GM/MDPH, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, en el marco de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo IX del Título Preliminar, señala que el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas (…).;

Que, a través de la Ordenanza N° 479-MDPH, de fecha 26 de mayo 2023, se aprueba el Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa.

Que, según Ley 31433 establece en el Artículo 2. Incorporación del artículo 119-A, a la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades, con el siguiente texto; (…) “ARTICULO 119-A.- AUDIENCIAS PUBLICAS MUNICIPALES. Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar las perspectivas de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, mediante Memorándum N° 327-2023-GM/MDPH, la Gerente Municipal en su condición de Coordinador General y en cumplimiento al numeral 9.3. del Artículo 9° del Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, remite la Agenda respectiva para la convocatoria y desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023, en atención a lo dispuesto en el...

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