DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2015/MSJM - Actualizan los porcentajes de la UIT respecto de los derechos establecidos en el TUPA de la Municipalidad, en función al nuevo valor de la UIT para el año 2015

Fecha de disposición31 Marzo 2015
Fecha de publicación31 Marzo 2015
El Peruano
Martes 31 de marzo de 2015 549863
país que en comisión de servicios o en representación de
la Municipalidad realice el Alcalde y Regidores, el Gerente
Municipal y cualquier otro funcionario, por lo que la
autorización de viaje deberá ser aprobado por el Concejo
Municipal;
Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de
Municipalidades – 27972, señala que, los acuerdos son
decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma institucional;
Estando a los considerandos precedentes y las
facultades conferidas por el numeral 11) del artículo 9° y
41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - 27972 con
el voto unánime (trece) de los miembros del Concejo
presentes y con dispensa de Trámite de Lectura y
Aprobación del Acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR EL PEDIDO DE
AUTORIZACIÓN FORMULADO POR LOS REGIDORES
ALEXANDER JAVIER ACUACHE ROBLES, ELIA JUANA
OBREGON RODRÍGUEZ, JAVIER HUGO ADRIAZOLA
MENDOZA Y NATIVIDAD ADELA TORRES GARAY, PARA
VIAJAR AL PRINCIPADO DE ASTURIAS – ESPAÑA, EN
COMISIÓN DE SERVICIOS POR LOS DÍAS 12 AL 22 DE
ABRIL DEL 2015.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR EL PAGO DE LOS
VIATICOS CORRESPONDIENTES DE ACUERDO A LA
NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE.
Artículo Tercero.- ENCARGAR A LA GERENCIA
MUNICIPAL EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE PARA
EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE ACUERDO.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS
Alcalde
1218810-2
Actualizan los porcentajes de la UIT
respecto de los derechos establecidos
en el TUPA de la Municipalidad, en
función al nuevo valor de la UIT para
el año 2015
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 001-2015/MSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 20 de marzo del 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN
DE MIRAFLORES
VISTO; el Memorándum N° 175-2015-GPP-MDSJM,
de fecha 03 de marzo del 2015, de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 046-
2015-MDSJM/GAJ, de fecha 16 de marzo del 2015, de
la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°
837-2015-GM-MDSJM, de fecha 16 de marzo del 2015,
de la Gerencia Municipal; mediante el cual se eleva la
propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía
que actualiza los porcentajes de la UIT respecto de los
derechos establecidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital San
Juan de Miraf‌l ores, en función al nuevo valor de la UIT
f‌i jado en tres mil ochocientos cincuenta y 00/100 Nuevos
Soles (S/. 3,850.00) para el año 2015, de acuerdo a lo
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza N° 000068-2008-
MDSJM, se aprobó el Texto Único Ordenando, TUPA
de la Municipalidad de San Juan de Miraf‌l ores, el cual
fue ratif‌i cado mediante el Acuerdo de Concejo N° 471,
de fecha 20 de octubre del 2008, de la Municipalidad
Metropolitana de Lima;
Que, mediante el Memorándum Nº 175-2015-GPP-
MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto
señala que es necesario llevar a cabo el proceso de
reconversión de los nuevos términos porcentuales
aplicables al TUPA, para lo cual remite la propuesta de
reconversión, así como el proyecto de Decreto de Alcaldía,
af‌i n de actualizar los porcentajes de la UIT para el año
2015, de acuerdo al Decreto Supremo N° 374-2014-EF;
Que, mediante el Informe Legal N° 046-2015-
MDSJM/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha
emitido pronunciamiento sobre la propuesta presentada,
concluyendo que resulta procedente adecuar el Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la
Municipalidad de San Juan de Miraf‌l ores, a los valores
porcentuales de los derechos de tramitación a la Unidad
Impositiva Tributaria – UIT, dispuesta por el Decreto
Supremo N° 374-2014-EF, para el año 2015, mediante
Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Memorándum N° 837-2015-GM-
MDSJM, la Gerencia Municipal remite el proyecto de
Decreto de Alcaldía, para que sea aprobado y f‌i rmado por
el señor Alcalde;
del Perú, en concordancia con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 36.1 del artículo 36° de la Ley N° 27444,
los procedimientos, requisitos y costos administrativos
se establece exclusivamente, en el caso de Gobiernos
Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que
deben ser comprendidos y sistematizados en el TUPA, en
cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27444;
Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444,
que una vez aprobado el TUPA, toda modif‌i cación que no
implique la creación de nuevos procedimientos, incremento
de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar,
en el caso de los gobiernos locales, mediante Decreto de
Alcaldía, debiendo publicarse la modif‌i catoria en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas PSC, y en el Portal
Institucional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 374-2014-
EF, publicado en el Diario Of‌i cial “El Peruano” el 30 de
diciembre del 2014, se aprobó el valor de la Unidad
Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2015;
Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 062-
2009-PCM, establece que la modif‌i cación del valor
de la UIT no implica la modif‌i cación automática de los
derechos de tramitación contenidos en el TUPA; por lo
tanto, las entidades públicas a través de sus funcionarios
correspondientes deberán de efectuar la reconversión
de los nuevos términos porcentuales aplicables como
resultado de la división del monto de cada derecho de
tramitación vigente, entre el nuevo valor de UIT, asimismo
se deberá ingresar y publicar dicha información en el
portal Web Institucional;
Estando a los considerandos antes expuestos y en uso
de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo
SE DECRETA:
Artículo Primero.- ACTUALIZAR los porcentajes
de la UIT respecto de los derechos establecidos en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraf‌l ores,
en función al nuevo valor de la UIT f‌i jado en tres mil
ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/.
3,850.00) para el año 2015, de acuerdo a lo señalado
por el Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, conforme al
documento que como Anexo forma parte integrante del
presente Decreto de Alcaldía, y cuyo texto íntegro será
publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de
San Juan de Miraf‌l ores www.munisjm.gob.pe.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación
del presente Decreto y el texto íntegro de los Anexos en

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