DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2015-AL/MDPN - Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de barridos de calles, recolección de residuos sólidos domiciliarios, parques y jardines públicos y serenazgo del ejercicio 2015

Fecha de disposición12 Marzo 2015
Fecha de publicación12 Marzo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 12 de marzo de 2015
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retiro de elementos antirreglamentarios, paralización
de obras, demolición, internamiento de vehículos,
inmovilización de productos y otras”;
Que, en relación a las sanciones pecuniarias el
artículo 47º del mismo cuerpo legal señala que: “el
concejo municipal aprueba y modif‌i ca la escala de multas
respectivas. Y que la autoridad municipal no puede aplicar
multas sucesivas por la misma infracción ni por falta de
pago de una multa. Asimismo, no puede hacerlo por
sumas mayores o menores que las previstas en la escala
aprobada”;
Que, el artículo 2º de la Ordenanza 984º - MML de
la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece que:
“El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza es
de carácter Metropolitano, pudiendo los Municipios
Distritales expedir sus cuadros de aplicación de
sanciones teniendo como marco de referencia,
el contenido en la presente Ordenanza”. En ese
sentido, dicho cuerpo legal resulta aplicable para la
circunscripción de Punta Negra;
Que, el ejercicio de la potestad sancionadora debe
estar orientado dentro de un contexto de difusión y
persuasión al administrado de los benef‌i cios que devienen
del cumplimiento de los dispositivos legales, así como de
los perjuicios;
Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido
Concejo Municipal:
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la aplicación de
la Ordenanza Nº 984-MML y su modif‌i catoria de la
Municipalidad Metropolitana de Lima denominada
“Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de
Sanciones Administrativas derivadas de la Función
Fiscalizadora”, conforme a lo establecido en el artículo
2º de dicho cuerpo normativo, así como el Anexo Nº
01 que establece la Tipif‌i cación y la Escala de Multas
aplicables dentro de la jurisdicción de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, que forma parte integrante del
presente Acuerdo.
Artículo Segundo.- PRECISAR que en tanto se
implemente la Gerencia de Fiscalización y Control, y la
Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalización, quién
ejecutará las sanciones no pecuniarias con apoyo del
Ejecutor Coactivo, dichas funciones serán asumidas por
la Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia
de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria,
respectivamente. De igual forma, toda referencia hecha
en la Ordenanza Nº 984-MML y modif‌i catorias de la
Municipalidad Metropolitana de Lima al Servicio de
Administración Tributaria - SAT, se entenderá efectuada a
la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización
Tributaria.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 007-
2003-MDPN, y toda norma que se oponga a los que
establece la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, al señor Alcalde,
para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas
complementarias que adecúen el marco metropolitano
conforme a la realidad de la circunscripción de Punta
Negra.
Artículo Quinto.- DISPONER, que la administración
municipal en el plazo más breve posible elabore la
Ordenanza que apruebe el Cuadro Único de Infracciones
y Sanciones de la Municipalidad de Punta Negra, que
responda a su realidad.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, el cumplimiento del
presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia
de Administración Tributaria, y demás que resulten
pertinentes.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaria
General e Imagen Institucional la publicación del presente
Acuerdo en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, así como
la publicación de texto adjunto y del Cuadro Único de
Infracciones y Sanciones en el portal institucional (www.
munipuntanegra.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WILLINGTON R. OJEDA GUERRA
Alcalde
1209539-2
Prorrogan fecha de vencimiento de la
primera cuota del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales de barridos de
calles, recolección de residuos sólidos
domiciliarios, parques y jardines
públicos y serenazgo del ejercicio
2015
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2015-AL/MDPN
Punta Negra, 27 de febrero de 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUNTA NEGRA
VISTO:
El Informe Nº 013-2015-GAT/MDPN de fecha 25
de febrero de 2015, de la Gerencia de Administración
Tributaria y el Informe Nº 054-2015-SGRRFT/GAT/MDPN
de fecha 25 de febrero de 2015 de la Sub Gerencia de
Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria, el
Proveído Nº 079-2015-GM/MDPN de fecha 27 de febrero
de 2015, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º
y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú,
modif‌i cados por la Ley de Reforma Constitucional Nº
27680, en concordancia con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, establecen que los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y
la economía local, la prestación de los servicios públicos
de su responsabilidad, gozan de competencia de crear,
modif‌i car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, el artículo 15º inciso B) del Decreto Supremo
Nº 156-2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto
Predial estableciendo que pueden efectuarse al contado
hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y
en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales,
debiéndose pagar la primera cuota, hasta el último día
hábil del mes de Febrero y las siguientes el último día
hábil del mes de Mayo, Agosto y Noviembre, estas en
cuotas ajustadas conforme a la variación acumulada
del índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el
Instituto Nacional de Estadística (INEI);
Que, la Municipalidad Distrital de Punta Negra
mediante Ordenanza Nº 002-2014-MDPN, prorrogó para
el ejercicio 2015, los costos de los Arbitrios Municipales
de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios, Recolección de Residuos Sólidos en
Playas, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo
establecidos en la Ordenanza Nº 011-2012-MDPN, en la
jurisdicción de Punta Negra, estableciéndose que dichas
tasas son de periodicidad determinación mensual; sin
embargo su recaudación se efectuará trimestralmente,
siendo su vencimiento el último día hábil de los meses
que serán establecidos mediante Ordenanza. En el caso
específ‌i co de la Tasa de Recolección de Residuos Sólidos
en las playas de distrito la determinación es diaria y la
recaudación de igual forma diariamente. El pago de la Tasa
se efectuará en forma inmediata, antes que el conductor
se retire de la zona de estacionamiento vehicular;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-2015/
MDPN, debidamente publicada en el Diario Of‌i cial
El Peruano, con fecha 08 de febrero de 2015, se
establecieron las fechas de vencimiento del pago de
los tributos municipales para el ejercicio f‌i scal 2015,
señalándose como fechas de vencimiento para primer
trimestre del Impuesto Predial y los arbitrios municipales
de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos
Domiciliarios, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo,
el sábado 28 de febrero de 2015;
Que, mediante Informe Nº 054-2015-SGRRFT-GAT/
MDPN de fecha 25 de febrero de 2015 emitido por la
Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización

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