Decreto de alcaldia N° 000011-2023-MDI. Aprueban modificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad al nuevo formato TUPA de los procedimientos "10.13. Renovación del certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo - para módulo o stand en galerías comerciales y centros comerciales, o puesto en mercados de abastos" y "10.14. Renovación del certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones para edificaciones calificadas con nivel de riesgo medio - para módulo o stand en galerías comerciales y centros comerciales, o puesto en mercados de abastos"

Fecha de publicación16 Septiembre 2023
SecciónSección Única
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NORMAS LEGALES
Sábado 16 de setiembre de 2023
El Peruano
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3.- Las deudas en vía de cobranza coactiva pueden
incluirse en un convenio de fraccionamiento RETF
solo de no contar con medida cautelar interpuesta,
fraccionándose hasta en seis (06) meses sin intereses
moratorios adicionales ni cuota inicial, conviniéndose el
pago de la primera cuota en la oportunidad en que se
suscribe el convenio de fraccionamiento y las demás
cuotas en plazos de un mes calendario entre una y otra.
4.- De incluirse en un solo convenio de fraccionamiento
RETF, deudas en vía de cobranza ordinaria como en vía
de cobranza coactiva se adoptará el tratamiento que
corresponda a la deuda que participe en mayor porcentaje
en el fraccionamiento.
c).- Las deudas ya incluidas en un convenio de
fraccionamiento respecto al cual ha recaído resolución de
perdida por incumplimiento de pago podrán renanciarse
con el pago del 30% de la deuda total incluidas las deudas
que deseen adicionarse y en un plazo máximo de 6 (seis)
cuotas mensuales.
Con la suscripción del convenio de fraccionamiento
se produce la interrupción del plazo prescriptorio de la
facultad de cobranza de la Administración Tributaria y
se mantiene suspendido mientras dure la vigencia del
convenio de fraccionamiento.
Con la suscripción del convenio excepcional temporal
de fraccionamiento, el deudor suscribe una declaración
jurada en la cual señala conocer las causales de perdida
de fraccionamiento, se obliga a cumplir el pago de las
cuotas del convenio suscrito en el plazo establecido, y
que en caso de pérdida de fraccionamiento se dan por
noticados todos los actos de administración dirigidos a
garantizar la cobranza de la deuda que a dicha fecha se
mantuviere pendiente de pago.
En caso de incumplimiento de pago de dos (02) cuotas
de fraccionamiento consecutivas o pagadas parcialmente,
se procederá conforme a lo establecido en el artículo
décimo primero de la presente ordenanza.
Artículo Décimo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza
Municipal N°607/MDC y toda norma que se oponga a lo
establecido por la presente ordenanza.
Artículo Décimo Cuarto.- FACULTAR al señor
alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue
la vigencia del Régimen Excepcional Temporal de
Fraccionamiento, así como dicte las disposiciones
complementarias para la adecuación y aplicación de la
presente ordenanza.
Artículo Décimo Quinto.- ENCARGAR a la
Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento
de lo establecido por la presente ordenanza, a la
Ocina General de Secretaria de Concejo Municipal la
publicación en el Diario Ocial El Peruano y a la Ocina de
Tecnologías de la Información su publicación en el Portal
de Transparencia Estándar.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ULISES VILLEGAS ROJAS
Alcalde
2215779-1
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban modiicación de procedimientos
administrativos y servicios prestados en
exclusividad al nuevo formato TUPA de
los procedimientos “10.13. Renovación del
certiicado de inspección técnica de seguridad
en ediicaciones para ediicaciones caliicadas
con nivel de riesgo bajo - para módulo o stand
en galerías comerciales y centros comerciales,
o puesto en mercados de abastos” y “10.14.
Renovación del certiicado de inspección
técnica de seguridad en ediicaciones para
ediicaciones caliicadas con nivel de riesgo
medio - para módulo o stand en galerías
comerciales y centros comerciales, o puesto en
mercados de abastos”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 000011-2023-MDI
Independencia, 28 de agosto de 2023
VISTOS: El Memorando N° 000191-2023-OGPPM-
MDI de la Ocina General de Planeamiento, Presupuesto
y Modernización; el Informe N° 000107-2023-SGGRD-
GDEC-MDI de la Subgerencia de Gestión de Riesgos
de Desastre, el Informe Legal N° 000040-2023-OGAJ-
MDI de la Ocina General de Asesoría Jurídica y el
Memorando N° 000585-2023-GM-MDI de la Gerencia
Municipal, referidos a las Modicaciones del Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) respecto a
los procedimientos administrativos 10.13 y 10.14 sobre
renovación del Certicado de Inspección Técnica de
Seguridad en Edicaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú establece que “Las Municipalidades Provinciales y
Distritales son los Órganos de Gobierno Local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”.
Que, el artículo 42 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica
de Municipalidades” señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y eciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
Concejo Municipal.
Que, el artículo 44 numeral 44.5 del “Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General”, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2019-JUS, señala que, una vez aprobado el TUPA,
toda modicación que no implique la creación de nuevos
procedimientos, incremento de derechos de tramitación o
requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el
caso de los Gobiernos Locales.
Que, con Ordenanza 000360-2017-MDI, de
fecha 18 de junio de 2018, se aprueba el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la
Municipalidad Distrital de Independencia, el cual fue
raticado por Acuerdo de Concejo 000381-2017-MML,
ambas normas publicadas en el Diario Ocial El Peruano,
con fecha 15 de diciembre del 2017.
Que, con Ordenanza 000384-2018-MDI, raticada
con Acuerdo de Concejo 000523-2018-MML, normas
publicadas en el Diario Ocial El Peruano con fecha 19 de
enero del 2019, la Municipalidad Distrital de Independencia,
adecuó los procedimientos administrativos de Licencia de
Funcionamiento, ITSE y Autorización para eventos y/o
espectáculos públicos, a la normatividad vigente en dichas
materias; modicando, en consecuencia, la Ordenanza N°
000360-2017- MDI.
Que, de acuerdo al artículo 4 de los Lineamientos
para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado con
Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-
2018- PCM-SGP, se dene al TUPA como el documento
de gestión institucional que compendia y sistematiza
de manera comprensible y clara la información de
todos los procedimientos administrativos y servicios
prestados en exclusividad, incluyendo aquellos que
son estandarizados, que deben tramitar los ciudadanos
y empresas en las entidades de la administración
pública.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 16/09/2023 02:38

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