Chorrillos, 10 de enero del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS;
VISTOS: El Informe Nº 157-2023-MDCH-GDS-CIAM, de fecha 06 de octubre de 2023, emitido por la Coordinadora del Centro de Atención de Adulto Mayor-CIAM; El Informe Nº 0286-2023-MDCH-GDS e Informe Nº 303-2023-MDCH-GDS, emitidos por la Gerencia de Desarrollo Social; El Memorándum Nº 638-2023-MDCH-GPP, de fecha 22 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; El Informe Nº410-2023-MDCH-GPP-SGPI, de fecha 21 de diciembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Institucional; El Informe Nº 000004-2024-MDCH-GAJ, de fecha 05 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Proveído Nº 000044-2024-GM-MDCH, de fecha 08 de enero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal, referente a la aprobación del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor-CIAM de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,...