DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2011-MDC - Aprueban el Código de Ética Municipal

Fecha de disposición18 Mayo 2011
Fecha de publicación18 Mayo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 18 de mayo de 2011 442713
CODIGO INFRACCION
MONTO
DE LA
MULTA
(UIT)
MEDIDA
COMPLEMENTARIA
02-2146
Mantener depositados repuestos o
autopartes de vehículos, susceptibles de
acumular agua y que permitan convertirse
en criaderos del zancudo
0.50 Retiro y clausura por
15 días
02-2147 Almacenar botellas vacías, que directa o
indirectamente acumulen agua y permitan
convertirse en criaderos del zancudo 0.50 Retiro y clausura por
15 días
02-2148
Impedir, evitar, imposibilitar, reprimir u
obstaculizar las labores de erradicación
de focos infecciosos que atenten contra la
salud de la población
0.50 Clausura por 15 días
02-2149
Impedir, evitar, imposibilitar, reprimir u
obstaculizar las labores de vigilancia y
control del vector transmisor del dengue y
otras enfermedades metaxénicas
1.00 Clausura por 30 días
02-2150 Por crear condiciones que favorezcan
la proliferación del vector del dengue en
piscinas u otras instalaciones 1.00 Drenaje y limpieza
Clausura de piscina
pública por 30 días
02-2151
Por no mantener herméticamente o
adecuadamente tapados y limpios los
recipientes o reservorios con agua,
cuando ya se efectuó un control vectorial
con tratamiento sanitario anterior
1.00 Clausura por 30 días
Segunda.- Encargar al Secretario General, la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
“El Peruano” y poner en conocimiento a las demás of‌i cinas
de esta municipalidad para su debido cumplimiento, como
también a la Of‌i cina de Informática y Secretaría de Imagen
Institucional su correspondiente difusión masiva.
Tercera.- Facultar al señor Alcalde para que mediante
Decreto Alcaldía, de ser necesario, dicte las medidas
complementarias para la mejor y óptima ejecución de la
presente Ordenanza.
Cuarta.- Encargar a la Of‌i cina General de Planif‌i cación
la adecuación de las infracciones y sanciones aprobadas
en la Primera Disposición Complementaria de la presente
Ordenanza, en el Cuadro de Infracciones y Escala de
Multas (CIEM) aprobado por Ordenanza N° 170-MDA.
DISPOSICION FINAL
Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
641197-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Código de Ética
Municipal
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 002-2011-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
VISTO; El Informe Nº 849-2011-SRH-GAF/MC de
fecha 08.04.2011, emitido por la Subgerencia de recursos
Humanos; el Informe Nº 408-2011-GAJ/MDC de fecha
03.05.2011, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos;
y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º y 195º de la Constitución Política
del Estado modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 28607 señala que los Órganos de Gobierno Local
son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia. Siendo el caso que estos
espacios de autonomía reconocidos por la Constitución
presuponen a su vez el reconocimiento de la existencia de
un poder de derecho público al que competen las facultades
de dictar normas jurídicas, def‌i nir sus políticas, administrar
sus bienes y rentas, entre otras competencias; que, la
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de
la Función Pública y el Decreto Supremo Nº 033-2005-
PCM que aprueba el Reglamento de la Ley del Código de
Ética de la Función Pública, establecen la obligatoriedad
de la difusión de la Ley y el reglamento mencionados, la
omisión en la difusión antes indicada, constituye infracción
sancionable;
Que, la Municipalidad Distrital de Comas es un
órgano de gobierno autónomo que promueve y ejercita
la práctica de una cultura de principios éticos, basada en
la transparencia y probidad de la gestión, acorde a lo que
y el Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM que aprueba el
Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función
Pública;
Que, a f‌i n de coadyuvar a ese propósito, es necesario
dictar un Código de Ética que establezca las normas de la
conducta funcional y el comportamiento de los servidores
públicos, contratados, permanentes y funcionarios de esta
corporación edil, durante el ejercicio de sus cargos;
Estando a lo opinado por el Informe del Subgerente de
Recursos Humanos; la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y;
En el uso de las atribuciones conferidas por el numeral
Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR, el CÓDIGO DE ÉTICA
MUNICIPAL de esta Corporación Edil, el mismo que consta
de dieciocho (18) artículos y que como anexo forma parte
del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia
de Logística, Unidad de Comunicación Municipal y a la
Sub Gerencia de Recursos Humanos, la reproducción,
difusión y entrega del Código de Ética Municipal a todos
los servidores.
Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento del
presente Código de Ética Municipal a los servidores
públicos, contratados, permanentes y funcionarios de
esta corporación edil.
Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación.
Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los
seis días del mes de mayo del dos mil once.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
641428-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Aprueban Procedimiento Especial de
Regularización de Edificaciones sin
Licencia de Obra en el distrito de Santa
Anita
ORDENANZA Nº 00068-2011/MDSA
Santa Anita, 29 de abril de 2011

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR