DECRETO SUPREMO N° 077-2012-PCM - Declaran en emergencia los Servicios de Navegación Aérea

Fecha de disposición21 Julio 2012
Fecha de publicación21 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 21 de julio de 2012 471021
R.D. N° 069-2012/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR.-
Otorgan autorización a la Planta Pesquera Diamante S.A. para
desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en central
térmica ubicada en el departamento de Piura 471073
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
D.A. N° 013-2012-MDC.- Disponen el embanderamiento general de
inmuebles del distrito 471074
MUNICIPALIDAD DE
JESUS MARIA
Ordenanza N° 391-MDJM.- Otorgan benef‌i cio para facilitar el pago
de deudas tributarias resultantes de procedimientos de f‌i scalización
471075
D.A. N° 011-2012-MDJM.- Aprueban el Programa de Segregación en
la Fuente de Residuos Sólidos Domiciliarios y Recolección Selectiva
en el distrito de Jesús María 471076
MUNICIPALIDAD DE LINCE
D.A. N° 16-2012-ALC-MDL.- Modif‌i can el “Programa de Segregación
en la Fuente en el distrito de Lince” 471076
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA NEGRA
D.A. N° 003-2012-AL-MDPN.- Aprueban la adecuación y modif‌i cación
de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la
Municipalidad 471077
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza N° 010-2012.- Aprueban Disposiciones Generales que
regulan el tratamiento de la promoción de la inversión privada en el
ámbito de la Municipalidad Provincial del Callao y los procedimientos
para el trámite y evaluación de iniciativas privadas en proyectos de
inversión 471078
D.A. N° 12-2012-MPC-AL.- Autorizan funcionamiento de equipos de
f‌i scalización electrónica denominados Policía Electrónica 471085
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Ordenanza N° 007-2012-MDLP.- Aprueban Reglamento de Control
Interno de Distribución, Supervisión y Evaluación del Programa del
Vaso de Leche y Comedores de la Municipalidad Distrital de La Perla
471086
SEPARATAS ESPECIALES
ECONOMIA Y FINANZAS
R.D. N° 017-2012-EF/50.01.- Directiva para la Evaluación Semestral y
Anual de los Presupuestos Institucionales de las entidades del Gobierno
Nacional y Gobiernos Regionales para el año f‌i scal 2012 470968
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
RR. N°s. 151, 152, 153 y 154-2012-OS/CD.- Resoluciones del Consejo
Directivo de OSINERGMIN 470993
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Declaran en emergencia los Servicios
de Navegación Aérea
DECRETO SUPREMO
Nº 077-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28525 - Ley de Promoción de los
Servicios de Transporte Aéreo declara el servicio de
transporte aéreo como un servicio público de interés y
necesidad nacional, orientado a satisfacer las necesidades
de traslado de pasajeros, carga y correo de un punto de
origen a un punto de destino y dispone que el Estado
garantiza la prestación continua, regular, permanente y
obligatoria del servicio de transporte aéreo y vela por su
normal funcionamiento;
Que, los servicios de navegación aérea son
indispensables para la realización de operaciones aéreas
en condiciones de seguridad, siendo objetivo permanente
del Estado en materia de aeronáutica civil, incentivar el
desarrollo de una aviación civil segura en el Perú;
Que, conforme al artículo 29 de la Ley Nº 27261 - Ley
de Aeronáutica Civil del Perú, modif‌i cado por el Decreto
Legislativo Nº 999, los servicios de navegación aérea
son prestados por el Estado peruano dentro del territorio
nacional, garantizando su debido funcionamiento;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 119-2006-
MTC/12, del 13 de julio de 2006, la Dirección General
de Aeronáutica Civil delegó a la Corporación Peruana
de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. – CORPAC
S.A. las actividades de administrar, operar y conservar
los servicios de navegación aérea que se detallan en el
Anexo 1 de la mencionada resolución;
Que, el Sindicato Unif‌i cado de Controladores de
Tránsito Aéreo del Perú (SUCTA), el Sindicato Nacional de
Especialistas Aeronáuticos de la Corporación Peruana de
Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. (SINEACOR) y el
Sindicato de Profesionales Electrónicos Aeronáuticos de
CORPAC S.A. (SIPEACOR) han convocado a una huelga
a nivel nacional de 72 horas del 24 al 27 de julio de 2012;
Que, por su parte, el Sindicato de Trabajadores
Profesionales Universitarios de CORPAC S.A.
(SITPRUCOR), ha convocado asimismo a una huelga de
48 horas a partir del 25 de julio;
Que, las medidas de fuerza anunciadas por el SUCTA,
SINEACOR, SIPEACOR y SITPRUCOR afectarán la
prestación de los servicios de navegación aérea en el
país y además han sido declaradas improcedentes por la
Sub Dirección de Inspección del Trabajo de la Dirección
Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Callao
del Gobierno Regional del Callao, mediante Autos Sub
Directorales Nº 030-2012-GRC-GRDS-DRTPE-SDI, Nº
359-2012-GRC-GRDS-DRTPE-DPySC-SDNyCRG, Nº
358-2012-GRC-GRDS-DRTPE-DPySC-SDNyCRG y Nº
360-2012-GRC-GRDS-DRTPE-DPySC-SDNyCRG;
Que, los citados Sindicatos integran al personal que
presta servicios de control de tránsito aéreo (SUCTA),
de mantenimiento y operación de radioayudas,
comunicaciones y radares (SIPEACOR), servicios de
tránsito aéreo, meteorología aeronáutica, comunicaciones
y servicio de información aeronáutica (SINEACOR) y

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