Declaran la disolución del Banco República

Fecha de publicación26 Noviembre 1998
Fecha de disposición26 Noviembre 1998
Lima
jueves
26
de
noviembre de
1998
sentación
será ejercida por la Sra. Rosa Bueno Mera
y/o
la Srta. María Luz Vargas Chávez con domicilio legal en
Av. Camino Real
348, Torre El Pilar-piso 12, San Isidro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NESTOR
CORROCHANO MORAL
Superintendente Adjunto de Seguros
13674
Declaran la disolución del Banco Re-
pública
RESOLLJCION SBS N” 1196-98
Lima, 25 de noviembre de 1998
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS N” 1192-98 del 24 de
noviembre de 1998 se dispuso la intervención del Banco
República por encontrarse incurso en la causal prevista
en el numeral 1 del Artículo 104” de la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica
de la Superintendencia de Banca y Seguros
-
Ley
26702, en adelante Ley General;
Que, el Artículo
105°||
de la Ley General establece que
el proceso de intervención por causal de insuficiencia de
patrimonio efectivo no podrá tener una duración mayor a
un día calendario, transcurrido el cual se deberá dictar la
correspondiente resolución de disolución de la empresa,
iniciándose el proceso de liquidación respectivo;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 349
de la Ley General y de conformidad con lo dispuesto por
el Artículo 114” del mismo cuerpo legal;
RESUELVE:
Artículo Primero.-
Declarar la disolución del Banco
República por encontrarse incurso en la causal estableci-
da en el numeral 1 del Artículo
104°
de la Ley General,
iniciándose el correspondiente proceso de liquidación.
Artículo Segundo.- Facultara los señores Demetrio
Castro Zárate y Armando Olivares López para que, en
representación del Superintendente de Banca y Seguros,
realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el
proceso de liquidación, en tanto se selecciona a la persona
jurídica calificada para encomendarle el proceso de liqui-
dación del Banco República, de acuerdo a lo señalado en
el Artículo 115” de la Ley General.
Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a
los Registros Públicos para su correspondiente inscrip-
ción.
MARTIN NARANJO LANDERER
Superintendente de Banca y Seguros
13713
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
Crean el premio especial “Por el
50
aniversario de la Declaración Univer-
sal de los Derechos Humanos”
RESOLUCION DEFENSORIAL
67-98/DP
Lima, 25 de noviembre de 1998
VISTA:
La propuesta presentada por la Jefatura de Gabinete
con la finalidad de que la Defensoría del Pueblo otorgue el
premio “Por el 50” Aniversario de la Declaración Univer-
sal de Derechos Humanos”.
CONSIDERANDO:
La facultad de la Defensoría del Pueblo de promover y
difundir la normatividad internacional sobre derechos
humanos, establecida en el Artículo
inciso
5)
de la Ley
El 10 de diciembre del presente año en que se conme-
mora el
50°|
aniversario de la Declaración Universal de
Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de
Naciones Unidas en su Resolución
217 A (III) del
10
de
diciembre de 1948;
La pertinencia de establecer el premio denominado
“Por el
50°
Aniversario de la Declaración Universal de
Derechos Humanos”, en el marco de las actividades pro-
gramadas por la Defensoría del Pueblo para la celebración
de dicho acontecimiento;
y,
En uso de las facultades otorgadas por la Ley
26520
y
los Articulos 6°y7° incisos
a)yk)del reglamento aprobado
mediante la Resolución Defensorial
041-98/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear el premio especial “Por el
50°
Aniversario de la Declaración Universal de los Dere-
chos Humanos” que será otorgado por la Defensoría del
Pueblo a un hombre o a una mujer cuya trayectoria y
realizaciones concretas den testimonio de los valores
universales que subyacen en la Declaración de Derechos
Humanos adoptada por la Asamblea General de Naciones
Unidas en su Resolución
217
A(III)
del 10 de diciembre
de 1948.
Artículo Segundo.-
Para el otorgamiento del referi-
do premio se nombra a un Jurado Calificador integrado
porcuatropersonasdedestacadasolvenciamoral,indepen-
dencia
y adhesión a los valores contenidos en la mencio-
nada declaración, quienes contarán con el apoyo de un
representante de la Defensoría del Pueblo en calidad de
Secretaría Técnica.
Artículo Tercero.-
La designación de la persona a la
cual se le otorgará el premio será por acuerdo unánime de
los miembros del jurado calificador, a través de la
consideración que ellos realicen a su leal saber y entender,
sin que se requiera postulación específica al respecto.
Artículo Cuarto.- El jurado calificador a que se
refiere el Artículo 2” de la presente resolución estará
integrado por las siguientes personas:
Alfonso de los
Heros
Pérez Albela
-
Diego García Sayán Larrabure
-
Felipe Ortiz de Zevallos Madueño
-
Susana Villarán de la Puente
La Secretaría Técnica
será
asumida por Carla
Chipoco
Cáceda, Jefa de Gabinete del Defensor del Pueblo.
Artículo Quinto.- El premio “Por el
50°
Aniversario
entregado en ceremonia especial, el 10 de diciembre del
presente año, con ocasión de la conmemoración del men-
cionado
50°
aniversario.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA
Defensor del Pueblo
13769
CONASEV
Disponen inscribir bonos de arrenda-
miento financiero en el Registro Públi-
co del Mercado de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL
124-98-ef/94.11
Lima, 7 de mayo de 1998

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR