Establecen monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de emisión y distribución de recibos para el pago de la Licencia de Funcionamiento*

Fecha de disposición14 Mayo 1997
Fecha de publicación14 Mayo 1997
Pág. 149203
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 14 de mayo de 1997
Establecen monto que deberán abo-
nar los contribuyentes por concepto
de emisión y distribución de recibos
para el pago de la Licencia de Funcio-
namiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 038
Lima, 9 de mayo de 1997
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla-
tivo Nº 887, Ley de Tributación Municipal, faculta a las
municipalidades a cobrar por el servicio de emisión y
distribución de recibos de pago, un importe no mayor al
0.4% de la UIT vigentes al 1 de enero de cada ejercicio;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes por el derecho de emisión y
distribución de los recibos por la Licencia de Funciona-
miento que administra el Servicio de Administración Tri-
butaria - SAT;
De conformidad con lo expuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.-
Fíjese en S/. 8.00 nuevos soles el monto
que deberán abonar los contribuyentes por los cuatro (4)
recibos trimestrales emitidos para el cobro de la Licencia
de Funcionamiento, por cada establecimiento que operen.
Artículo 2º.-
La presente Resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALBERTO ANDRADE CARMONA
Alcalde
5297
Aprueban el Reglamento Especial de
Licencias de Construcción y de Fun-
cionamiento de Centros y Galerías
Comerciales para el Centro Histórico y
el Cercado de Lima
DECRETO DE ALCALDIA Nº 039
Lima, 12 de mayo de 1997
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, el Plan de Desarrollo Metropolitano Lima - Callao
1990-2010 ha establecido las Políticas Generales de Desa-
rrollo Urbano para la recuperación del Centro Histórico de
Lima que conlleva consolidar el rol del centro político-
institucional, cívico-cultural, turístico- recreativo y de culto
de la Metrópoli y la descongestión del Centro Histórico de
Lima como condición necesaria para su revalorización;
Que, en el marco de la Declaración por UNESCO del
Centro Histórico de Lima como Patrimonio Cultural de la
Humanidad, se ha optado por priorizar las acciones de
recuperación y habilitación comprendidas en el Plan Es-
tratégico de la Metrópoli;
Que, los incisos b) y g) del Artículo 1º del Reglamento de
la Administración del Centro Histórico de Lima, aprobado
mediante Ordenanza Nº 062 del 15 de julio de 1994,
establecen como principios de conservación, recuperación
y realce del Centro Histórico, un tratamiento urbanístico
y compatible con su conservación y rehabilitación redu-
ciendo drásticamente la presión del tránsito automotor, el
comercio en la vía pública, los usos incompatibles y la
concentración de actividades que ocasionan su deterioro;
Que, el desarrollo futuro del Centro Histórico de Lima,
en su calidad de Patrimonio Cultural de la Humanidad
depende de la calidad, intensidad y tipo de uso, al que se
destinen los edificios y espacios públicos y privados del
área, por lo que es necesario, determinar los modos en los
que tales usos puedan ser controlados y dirigidos, preci-
sando que dicho control abarca, tanto los usos definidos por
la zonificación como los usos que permiten las licencias de
funcionamiento de locales, las normas que regulan la
circulación vehicular y peatonal, entre otros;
Que, el Artículo 137º de la Ordenanza Nº 062 manda
que el comercio de la vía pública sea reubicado progresiva-
mente fuera del CENTRO HISTORICO;
Que, la Tercera Disposición Complementaria y Transi-
toria de la Ordenanza Nº 062 dejó en suspenso el otorga-
miento de Licencias de Funcionamiento y de Construcción
de Centros y Galerías Comerciales ubicados en el ámbito
del Centro Histórico, hasta su reglamentación específica
por la Municipalidad;
Que, es propósito de la Municipalidad Metropolitana de
Lima producir un conjunto de disposiciones que no sola-
mente enmarquen el futuro uso comercial del Centro
Histórico sino que también constituyan medidas promo-
cionales para su progresiva reestructuración;
Que la Municipalidad Metropolitana de Lima median-
te Resolución de Alcaldía Nº 635 del 12 de abril de 1996
designó una Comisión Especial encargada de elaborar el
Reglamento de Licencias de Construcción y de Funciona-
miento de Centros y Galerías Comerciales para el Centro
Histórico de Lima, la misma que ha cumplido con alcanzar
el correspondiente proyecto;
Con la visación del Director Municipal de Desarrollo
Urbano;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 5) del
los 6º, 64º, 65º y 130º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.-
Apruébese el Reglamento Espe-
cial de Licencias de Construcción y de Funcionamiento de
Centros y Galerías Comerciales para el Centro Histórico
de Lima, y el Cercado de Lima, que consta de 5 Títulos, 84
Artículos, 8 Disposiciones Especiales y 1 Disposición Tran-
sitoria.
Artículo Segundo.-
Créase la Comisión Técnica Es-
pecial de Licencias del Centro Histórico y el Cercado de
Lima que estará encargada de evaluar y aprobar los
proyectos técnicos de Centros y Galerías Comerciales en el
ámbito del Centro Histórico y el Cercado de Lima, con la
composición y funciones que establece el Reglamento apro-
bado por el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.-
El presente Reglamento entra en
vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO ANDRADE CARMONA
Alcalde de Lima
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Dejan sin efecto Acuerdo mediante el
cual se aprobó proyecto reajustado de
lotización de terreno y autorizan cele-
brar contratos de venta garantizada de
unidades de vivienda
RESOLUCION Nº 051-97-MML-DMDU
Lima, 12 de marzo de 1997
EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO
URBANO
Visto el Expediente Nº 700611, seguido por EL RIN-
CON DE LA PLANICIE S.A. con los que solicita:
a) Se deje sin efecto el Acuerdo Nº 03, tomado en Sesión
Nº 36-96, de fecha 17 de diciembre de 1996, de la Comisión
de Habilitación Urbana, por el cual se aprueba el Proyecto
reajustado de lotización del terreno, de 107,000 m2, para
Uso Recreacional de Vivienda Tipo Club denominada Con-
dominio La Planicie, ubicada en el distrito de La Molina,
provincia y departamento de Lima.

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