El debate en torno a las reparaciones civiles

Por Diego Chirinos canéLas deudas por reparaciones civiles vuelven a estar bajo la lupa.El lunes, la terrorista de Sendero Luminoso Martha Huatay salió en libertad. Lo hizo luego de cumplir una condena de 25 años de prisión, pero sin pagar un solo sol de los S/3.700 millones fijados como reparación civil por sus crímenes.Desde entonces, diversos sectores han cuestionado esta situación con diferentes argumentos. Sin embargo, muchos de estos no consideran la realidad normativa que rige sobre las reparaciones.1¿Se puede impedir la liberación de un condenado hasta que pague la reparación?Ante la liberación de Huatay, casi todas las tiendas políticas cuestionaron que un condenado pueda salir de prisión sin cancelar previamente la deuda civil respectiva.Algunas bancadas incluso hablaron de un eventual proyecto de ley para condicionar la liberación al pago del resarcimiento económico.Dicha medida resultaría inviable bajo la actual Constitución. Ello ya que el artículo 2 de la Carta Magna hoy prohíbe la prisión por deudas.Si el Congreso decidiera insistir en esa potencial iniciativa, sería necesaria una modificación constitucional. ?Pero esta sería fácilmente revertida en la Corte Interamericana de Derechos Humanos?, señala el abogado penalista y ex juez antiterrorismo Luis Vargas Valdivia.?Y es que sería una afectación a los derechos fundamentales porque la reparación civil es una consecuencia accesoria a la condena. No es parte de ella?, agrega el jurista. 2¿El condenado está obligado a pagar la reparación civil?En teoría, sí. Pero, en la práctica, eso no se cumple. Bajo la normativa actual no existe sanción alguna para aquel sentenciado que no pague la reparación civil que se le impuso.?La única forma de exigir el pago es a través de embargos a ingresos o bienes del deudor. El problema es que, si se comprueba que la persona no los tiene, lamentablemente no hay nada que la procuraduría respectiva pueda exigir?, comenta el ex procurador anticorrupción José Ugaz. Así, más allá de una eventual declaración de insolvencia en Indecopi, actualmente no existen incentivos para obligar al condenado a pagar la deuda.?Por eso resulta indispensable el trabajo de las procuradurías para proteger el pago mientras puedan. Desde hace algunos años vemos una inercia en estas para no cobrar?, indica Ugaz.3¿Los deudores pueden evadir el pago a través de testaferros?Si es que un deudor apelara a testaferros para obtener ilegalmente bienes o ingresos, la procuraduría...

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