1075 044-2001-INDECOPI/DIR - Dan por concluidas funciones de las Comisiones Ad Hoc creadas en virtud del D.U. N° 064-99

Fecha de disposición29 Abril 2001
Fecha de publicación29 Abril 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 29 de abril de 2001 AÑO XIX - Nº 7615 Pág. 202051
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
P C M
Establecen disposiciones sobre auto-
rización de viajes al exterior de funcio-
narios y servidores públicos o repre-
sentantes del Estado que irroguen
gasto al Tesoro Público
DECRETO SUPREMO
Nº 048-2001-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el gobierno tiene la política de llevar a cabo un
programa de austeridad y racionalización ponderada del
gasto público;
Que, la normatividad sobre autorización de viajes al
exterior realizados por funcionarios y servidores públicos,
se encuentra dispersa y desactualizada, dificultando su
aplicación por el Sector Público nacional generándose
situaciones que ocasionan egresos indebidos al Tesoro
Público;
Que, asimismo, a fin de hacer eficiente el gasto público
en cuanto a la realización de los citados viajes, resulta
pertinente disponer acciones administrativas destinadas a
un futuro control y fiscalización de los gastos que ocasionen
al Tesoro Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislati-
vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ambito de aplicación.- La autorización
de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos
o de cualquier persona en representación del Estado y que
irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará necesa-
riamente por Resolución Suprema, refrendada por el Titu-
lar del Sector.
La presente disposición comprende a todas las entida-
des públicas sujetas al ámbito de la Ley de Presupuesto del
Sector Público, incluyendo aquellas comprendidas en el
Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empre-
sarial del Estado - FONAFE.
Artículo 2º.- Contenido del acto de autorización.-
La Resolución Suprema de autorización de viajes al exte-
rior de la República, será debidamente sustentada en el
interés nacional o en el interés específico de la Institución,
y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el
número de días de duración de viaje, el monto de los gastos
de desplazamiento, viáticos y cualquier otra asignación
vinculada al mismo.
Los viajes al exterior para concurrir a Asambleas,
Conferencias, Seminarios y de estudios que, asimismo
ocasionen algún gasto al Tesoro Público, requerirán nece-
sariamente el refrendo del Presidente del Consejo de Mi-
nistros, además del Titular del Sector correspondiente.
Artículo 3º.- Publicidad.- La Resolución Suprema de
autorización deberá publicarse en el Diario Oficial El
Peruano, necesariamente, con anterioridad al viaje, salvo
en aquellos casos en que por razones de fuerza mayor,
imprevisibles e impostergables el viaje no haya podido ser
previsto con anticipación o se haya requerido una perma-
nencia mayor a la autorizada. Tales casos deberán ser
acreditados específicamente y requerirán para su regula-
rización, el procedimiento señalado en la presente norma.
Artículo 4º.- Escala de viáticos.- Los gastos que por
concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los
funcionarios y servidores públicos, serán calculados con-
forme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, de la
escala siguiente:
ESCALA DE VIATICOS POR ZONAS
GEOGRAFICAS - (En US$)
Africa 200
América Central 200
América del Norte 220
América del Sur 200
Asia 260
Caribe 240
Europa 260
Oceanía 240
Artículo 5º.- Sustentación de viáticos.- Los funcio-
narios y servidores públicos que realicen viajes al exterior
debidamente autorizados mediante Resolución Suprema,
deberán sustentar con documentos hasta por lo menos el
ochenta por ciento (80%) del gasto realizado. El 20%
restante de los gastos realizados podrá sustentarse me-
diante Declaración Jurada. El saldo resultante de restar
del monto recibido, el gasto debidamente sustentado, será
devuelto por el funcionario o servidor a la entidad pública
correspondiente.
Artículo 6º.- Categoría de viajes.- Los Ministros de
Estado que en misión oficial viajen al exterior del país,
utilizarán pasajes de la categoría de negocios. Los funcio-
narios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán
la categoría económica.
Artículo 7º.- Cálculo de viáticos.- Los viáticos que se
otorguen conforme a la escala citada en el Artículo 4º serán
por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que
se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día
de viáticos, por concepto de gastos de instalación y trasla-
do, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos
días cuando el viaje se realice a otro continente.
Artículo 8º.- Gastos de representación.- Mediante
Resolución del Titular del Ministerio de Economía y Finan-
zas, serán asignados los gastos de representación a los
Presidentes de las delegaciones oficiales que viajen al
exterior, los que deberán presentar la respectiva rendición
de cuentas dentro de los quince (15) días siguientes de
retornar al país.
Artículo 9º.- Obligación de presentar informe.-
Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de
efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá
presentar ante el Titular del Pliego de su Institución un
informe detallado describiendo las acciones realizadas
durante el viaje autorizado, conjuntamente con la entrega
de la rendición de cuentas a que hace referencia el Artículo
5º del presente Decreto Supremo.
Igual procedimiento deberá efectuarse en caso de no
realizarse el viaje autorizado, detallando las circunstan-
cias que impidieron o evitaron su concreción, y hacer
devolución de los montos entregados. Para tales efectos, no
será necesario la expedición de otra Resolución Suprema
que deje sin efecto la autorización del viaje.
Artículo 10º.- Autorización de viajes que no ocasio-
nen gasto al Estado.- Los viajes al extranjero para
concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos
de capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo,
siempre que no ocasione ningún tipo de gastos al tesoro
público, serán autorizados mediante Resolución del Titu-
lar del Sector correspondiente.
Artículo 11º.- Medidas disciplinarias.- El incum-
plimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 29 de abril de 2001
acarrea la sanción necesaria del infractor. Además de la
sanción que corresponda el infractor deberá devolver el
íntegro del monto recibido y que no hubiese sido ya devuel-
to. El encargado de la Oficina General de Administración,
o el de la entidad que haga sus veces, será responsable de
hacer cumplir los requisitos y trámite establecidos en esta
norma.
Artículo 12º.- Disposición Derogatoria.- Derógase
los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM,
011-88-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM, 037-91-PCM y 163-
81-EF.
Artículo 13º.- Refrendo.- El presente Decreto
Supremo será refrendado por el Presidente del Conse-
jo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finan-
zas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete
días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
22654
Autorizan viaje del Ministro de Energía
y Minas a Bolivia para participar en la
Primera Reunión del Comité de Direc-
ción Ejecutiva (CDE)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 244-2001-PCM
Lima, 26 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Desarrollo Económico de Bolivia,
con fecha 27 de marzo de 2001, comunicó al Ministro de
Energía y Minas que se llevará a cabo la Primera Reunión
del Comité de Dirección Ejecutiva (CDE) a nivel ministe-
rial, los días 26 y 27 de abril de 2001, en la ciudad de Santa
Cruz de la Sierra, Bolivia, en el marco del Plan de Acción
para la Integración de la Infraestructura Regional de
América del Sur (IIRSA), aprobado por los doce Presiden-
tes Sudamericanos en Brasilia, Brasil, el 1 de setiembre de
2000;
Que, el Ing. Carlos Herrera Descalzi, Ministro de Ener-
gía y Minas viajará a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra,
Bolivia, del 26 al 28 de abril de 2001, para participar en la
Reunión antes señalada;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Carlos Herrera
Descalzi, Ministro de Energía y Minas, a la ciudad de Santa
Cruz de la Sierra, Bolivia, del 26 al 28 de abril de 2001, para
los fines a los que se refiere la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros
de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
22658
Encargan la Cartera de Energía y Mi-
nas al Ministro de Industria, Turismo,
Integración y Negociaciones Comer-
ciales Internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 245-2001-PCM
Lima, 26 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Ing. Carlos Herrera Descalzi, Ministro de Ener-
gía y Minas, se ausentará del país del 26 al 28 de abril de
2001, por razones inherentes a su cargo;
Que, en consecuencia es necesario encargar las funciones del
Despacho Ministerial mientras dure la ausencia del Titular;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar la Cartera de Energía y
Minas al Ing. Juan Incháustegui Vargas, Ministro de
Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer-
ciales Internacionales, a partir del 26 de abril de 2001 y
mientras dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
22659
Autorizan al Ministro de Justicia a au-
sentarse del país
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 246-2001-PCM
Lima, 27 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Justicia, Dr. DIEGO GARCIA
- SAYAN LARRABURE, se ausentará del país del 29 de
abril al 3 de mayo de 2001 por motivos personales;
Que en consecuencia es necesario autorizar el viaje del
indicado funcionario;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 127º de
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor DIEGO
GARCIA - SAYAN LARRABURE, Ministro de Justicia, del
29 de abril al 3 de mayo de 2001.
Artículo 2º.- El viaje autorizado en la presente Resolu-
ción no irrogará gasto alguno al Estado.
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación de impuestos o de derechos adua-
neros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
22660
Encargan la Cartera de Justicia al Minis-
tro de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 247-2001-PCM
Lima, 27 de abril de 2001
Pág. 202053
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 29 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que el señor Ministro de Justicia, Dr. DIEGO GARCIA-
SAYAN LARRABURE, se ausentará del país del 29 de abril
al 3 de mayo de 2001 por motivos personales;
Que es necesario encargar la Cartera de Justicia;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 127º de
la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo
Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar la Cartera de Justicia al
doctor MARCIAL RUBIO CORREA, Ministro de Educa-
ción, a partir del 29 de abril de 2001 y mientras dure la
ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
22661
ENERGÍA Y MINAS
Aceptan renuncia del Presidente del Ins-
tituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 076-2001-EM
Lima, 26 de abril de 2001
Vista la renuncia presentada por el señor Jesús Alberto
Aymar Alejos al cargo de Presidente del Instituto Peruano
de Energía Nuclear - IPEN;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2001-EM,
de fecha 27 de marzo de 2001, se designó al señor Jesús
Alberto Aymar Alejos como Presidente del Instituto Perua-
no de Energía Nuclear - IPEN;
Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia
al referido cargo;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley
del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia
presentada por el señor Jesús Alberto Aymar Alejos, como
Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
22662
Designan Presidente del Instituto Pe-
ruano de Energía Nuclear - IPEN
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 077-2001-EM
Lima, 26 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del
Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN;
Que, en consecuencia es necesario designar al funciona-
rio que desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y en el Decreto Ley Nº
25515; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Dr.
Manuel Castro Baca, como Presidente del Instituto Perua-
no de Energía Nuclear - IPEN.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
22663
Aceptan renuncia del Presidente del
Directorio de PERUPETRO S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 078-2001-EM
Lima, 26 de abril de 2001
Vista la renuncia presentada por el Ing. Rafael Sama-
niego Bogovich como Presidente del Directorio de PERU-
PETRO S.A.;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 205-2000-PCM,
de fecha 31 de mayo de 2000, se designó al Ing. Rafael
Samaniego Bogovich, como Presidente del Directorio de
PERUPETRO S.A.;
Que, el mencionado funcionario ha presentado renun-
cia al referido cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en la Ley Nº 26225
- Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la
renuncia presentada por el Ing. Rafael Samaniego Bogovi-
ch, como Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A.,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
22664
Designan Presidente del Directorio de
PERUPETRO S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 079-2001-EM
Lima, 26 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del
Directorio de PERUPETRO S.A.;
Que, en consecuencia es necesario designar al funcio-
nario que desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en la Ley Nº 26225
- Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al
señor Miguel Luis Ortigas Cúneo, como Presidente del
Directorio de PERUPETRO S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
22665

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