RESOLUCION MINISTERIAL Nº 521-2008-MEM/DM - Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Solex del Perú S.A.C., durante la fase de exploración

Fecha de publicación19 Noviembre 2008
Fecha de disposición19 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 19 de noviembre de 2008
383604
ENERGIA Y MINAS
Aprueban lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará el derecho
a devolución del IGV e Impuesto de
Promoción Municipal a favor de Solex
del Perú S.A.C., durante la fase de
exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 521-2008-MEM/DM
Lima, 11 de noviembre de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se
aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modif‌i cada por
la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal
a los titulares de la actividad minera durante la fase de
exploración;
Que, el inciso c) del artículo 6° del citado reglamento
estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se
aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de
Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio
de Economía y Finanzas;
Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó
la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición
otorgará el derecho a la devolución def‌i nitiva del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal;
Que, SOLEX DEL PERU S.A.C. solicitó al Ministerio
de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de
Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes
y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la
devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
de Promoción Municipal, durante la fase de exploración;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante
Of‌i cio N° 268-2008-EF/15.01 de fecha 6 de octubre
de 2008, emitió opinión favorable a la lista de bienes y
servicios presentada por SOLEX DEL PERU S.A.C.
considerando que la lista presentada por la citada
empresa coincide con los bienes y servicios aprobados
por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF, adecuada al
Arancel de Aduanas vigente;
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Minería del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo
6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto
Supremo N° 082-2002-EF y el artículo 9° del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas,
aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción
Municipal a favor de SOLEX DEL PERU S.A.C. durante la
fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma
parte integrante de la presente resolución ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN
DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV
SOLEX DEL PERÚ S.A.C.
I BIENES
SUBPARTIDA
NACIONAL DESCRIPCIÓN
1 2508.10.00.00 Bentonita.
2 3824.90.60.00 Preparaciones para f‌l uidos de perforación de pozos (“lodos”).
3 3926.90.60.00 Protectores antirruidos de materia plástica.
SUBPARTIDA
NACIONAL DESCRIPCIÓN
4 6401.10.00.00 Calzado con puntera metálica de protección.
5 6506.10.00.00 Cascos de seguridad.
6 7228.80.00.00 Barras huecas para perforación de aceros aleados o sin alear.
7 7304.22.00.00 Tubos de perforación de acero inoxidable
8 7304.23.00.00 Los demás tubos de perforación
9 8207.13.10.00 Trépanos y coronas con parte operante de cermet.
10 8207.13.20.00 Brocas con parte operante de cermet.
11 8207.13.30.00 Barrenos Integrales con parte operante de cermet.
12 8207.13.90.00 Los demás útiles con parte operante de cermet.
13 8207.19.10.00 Trépanos y coronas excepto de cermet.
14 8207.19.21.00 Brocas diamantadas excepto de cermet.
15 8207.19.29.00 Las demás brocas excepto de cermet y diamantadas.
16 8207.19.30.00 Barrenas integrales.
17 8207.19.80.00 Los demás útiles intercambiables de perforación y sondeo.
18 8207.90.00.00 Los demás útiles intercambiables.
19 8430.41.00.00 Las demás máquinas de sondeo o perforación
autopropulsadas.
20 8430.49.00.00 Las demás máquinas de sondeo y perforación excepto
autopropulsadas.
21 8431.43.10.00 Balancines
22 8431.43.90.00 Las demás partes de las máquinas de sondeo o perforación de
la subpartida 843041 u 843049.
23 8517.61.00.00 Estaciones base.
24 8517.62.90.00 Los demás aparatos para la recepción, conversión y transmisión
o regeneración de voz, imagen u otros datos.
25 8523.40.22.00 Soportes ópticos grabados para reproducir imagen o imagen
y sonido.
26 8523.40.29.00 Los demás soportes ópticos grabados.
27 8704.21.10.10 Camionetas pick-up de encendido por compresión,
ensambladas con peso total con carga máxima inferior o igual
a 4.537 T. Diesel.
28 8705.20.00.00 Camiones automóviles para sondeo o perforación.
29 9006.30.00.00 Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea,
examen médico de órganos internos o para laboratorios de
medicina legal o identif‌i cación judicial
30 9011.10.00.00 Microscopios estereoscópicos.
31 9011.20.00.00 Los demás microscopios para fotomicrografía,
cinefotomicrografía o microproyección
32 9012.10.00.00 Microscopios, excepto los ópticos, difractógrafos.
33 9014.20.00.00 Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial
(excepto las brújulas).
34 9014.80.00.00 Los demás instrumentos y aparatos de navegación.
35 9015.10.00.00 Telemétros.
36 9015.20.10.00 Teodolitos.
37 9015.20.20.00 Taquímetros.
38 9015.30.00.00 Niveles.
39 9015.40.10.00 Instrumentos y aparatos de fotogrametría, eléctricos o
electrónicos.
40 9015.40.90.00 Los demás instrumentos y aparatos de fotogrametría excepto
eléctricos o electrónicos.
41 9015.80.10.00 Los demás instrumentos y aparatos eléctricos o electrónicos
excepto de fotogrametría
42 9015.80.90.00 Los demás instrumentos y aparatos excepto eléctricos o
electrónicos
43 9015.90.00.00 Partes y accesorios.
44 9020.00.00.00 Los demás aparatos respiratorios y máscaras antigás, excepto
las máscaras de protección sin mecanismo ni elemento f‌i ltrante
amovible.
45 9027.30.00.00 Espectrómetros, espectrofotómetros y espectrógrafos que
utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR)
46 9030.33.00.00 Los demás instrumentos y aparatos para medida o control
de tensión, intensidad, resistencia o potencia, sin dispositivo
registrador.
II. SERVICIOS
a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera
- Topográf‌i cos y geodésicos
- Geológicos y geotécnicos (incluye petrográf‌i cos, mineragráf‌i cos, hidrológicos,
restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas).
- Servicios geofísicos y geoquímicos (incluye ensayes).
- Servicios de perforación diamantina y de circulación reversa (roto percusiva).
- Servicios aerotopográf‌i cos.
- Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos
aerotransportados.
- Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc)
b) Otros Servicios Vinculados a la Actividad de Exploración Minera
- Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto.
- Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados
a las actividades de exploración minera.
- Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y
desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración
minera.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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