RESOLUCION MINISTERIAL Nº 300-2009-MEM/DM - Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Minera Peñoles de Perú S.A. durante la fase de exploración

Fecha de publicación09 Julio 2009
Fecha de disposición09 Julio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 9 de julio de 2009 398803
ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificación de concesión
temporal otorgada a favor de Kallpa
Generación S.A. para desarrollar
estudios en central hidroeléctrica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 296-2009-MEM/DM
Lima, 1 de julio de 2009
VISTO: El Expediente N° 21168308, sobre solicitud
de modif‌i cación de concesión temporal para desarrollar
estudios en la Central Hidroeléctrica M3-Cerro El Águila,
presentado por KALLPA GENERACIÓN S.A., persona
jurídica inscrita en la Partida N° 11767759 del Registro de
Personas Jurídicas de la Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 583-2008-
MEM/DM, publicada el 07 de enero de 2009, se otorgó
concesión temporal a favor de KALLPA GENERACIÓN
S.A. para desarrollar estudios relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica en la futura Central
Hidroeléctrica M3-Cerro El Águila, para una capacidad
instalada estimada en 345 MW, y por un plazo de doce
(12) meses, contados a partir de la vigencia de dicha
Resolución;
Que, mediante documento con registro de ingreso
Nº 1886751 de fecha 21 de mayo de 2009, KALLPA
GENERACIÓN S.A. ha solicitado la modif‌i cación de su
concesión temporal, lo cual consiste en el incremento de
la potencia instalada estimada de 345 MW a 402 MW, al
amparo de lo dispuesto por el artículo 30° del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por
Decreto Supremo N° 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en los distritos de
Surcubamba y Colcabamba, provincia de Tayacaja,
departamento de Huancavelica, en la zona comprendida
dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que f‌i guran en
el Expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que el peticionario ha cumplido
con los requisitos establecidos en el Reglamento de la
Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N°
161-2009-DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23° del
el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la modif‌i cación de la concesión
temporal otorgada a favor de KALLPA GENERACIÓN S.A.,
identif‌i cada con el código N° 21168308, incrementándose
la potencia instalada estimada de la Central Hidroeléctrica
M3-Cerro El Águila de 345 MW a 402 MW.
Dicha modif‌i cación no altera el plazo otorgado
originalmente mediante la Resolución Ministerial Nº 583-2008-
MEM/DM, cuyo vencimiento es el 06 de enero de 2010.
Artículo 2°.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36° del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud de modif‌i cación, respecto
de la ejecución de los estudios y el cumplimiento del
Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección
General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.
Artículo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos
y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en
particular, el cumplimiento de la Ley de Concesiones
Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N°
583-2008-MEM/DM y demás normas legales y técnicas
aplicables.
Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36° del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
367566-1
Aprueban lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará derecho
a devolución del IGV e Impuesto de
Promoción Municipal a favor de Minera
Peñoles de Perú S.A. durante la fase de
exploración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 300-2009-MEM/DM
Lima, 6 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se
aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modif‌i cada por
la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal
a los titulares de la actividad minera durante la fase de
exploración;
Que, el inciso c) del artículo 6° del citado reglamento
estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se
aprobará mediante resolución ministerial del Ministerio de
Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio
de Economía y Finanzas;
Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó
la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición
otorgará el derecho a la devolución def‌i nitiva del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal;
Que, MINERA PEÑOLES DE PERU S.A. solicitó al
Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato
de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes
y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la
devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
de Promoción Municipal, durante la fase de exploración;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante
Of‌i cio N° 192-2009-EF/15.01 de fecha 19 de junio de
2009, emitió opinión favorable a la lista de bienes y
servicios presentada por MINERA PEÑOLES DE PERU
S.A. considerando que la lista presentada por la citada
empresa coincide con los bienes y servicios aprobados
por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF, adecuada al
Arancel de Aduanas vigente;
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Minería del Ministerio de Energía y Minas;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del
artículo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado
por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el artículo 9° del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº
031-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios
cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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