Amplían plazo para el pago de cuotas del Impuesto Predial y arbitrios municipales

Fecha de publicación07 Abril 2000
Fecha de disposición07 Abril 2000
Pág. 185435
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 7 de abril de 2000
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Expediente Nº 005703.1999.1, conteniendo la
solicitud de la empresa SONTERRA S.A., propietaria del in-
mueble de 17,892.00 m2, ubicado en el distrito de Santiago de
Surco, para que se ratifique la Resolución Nº 135-98-MML-
DMDU-DGO, de fecha 23.12.98, expedida por la Municipalidad
Metropolitana de Lima, aprobando los Proyectos Definitivos de
Habilitación Urbana y con ello posibilitar su inscripción en el
Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, los recurrentes inician el correspondiente trámite de
habilitación urbana del terreno de su propiedad ante la Munici-
palidad Metropolitana de Lima obteniendo la Resolución Nº
138-97-MML-DMDU de fecha 3.7.97, aprobando los Estudios
Preliminares de Habilitación Urbana para Uso Residencial de
Densidad R-4 del terreno de 17,892.00 m2;
Que, la empresa SONTERRA S.A., ha cumplido con adjun-
tar copia literal de la Ficha Nº 1320858 del Registro de la
Propiedad de Inmueble, en la que figura inscrito el terreno de
17,892.00 m2 a su nombre, así como la Resolución Nº 138-97-
MML-DMDU, expedida por la Municipalidad Metropolitana de
Lima (fs. 24) y acompaña también copia de Testimonio de
Constitución de Sociedad Anónima (fs. 25-31);
Que, la Oficina Registral de Lima y Callao a través del
Tribunal Registral ha sentado jurisprudencia, con la expedición
de la Resolución Nº 315-98-ORLC-TR, estableciendo la no ins-
cripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima de las
Resoluciones emitidas por la Municipalidad Metropolitana de
Lima relativas a los trámites de Habilitaciones Urbanas previs-
tos en la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas,
ya que ésta establece la competencia de dicha Municipalidad
sólo para habilitaciones urbanas dentro de la jurisdicción de El
Cercado, al haberse facultado a las Municipalidades Distritales
iniciar, proseguir y culminar las habilitaciones urbanas en
mención; motivo por el cual ha expedido la Esquela de Observa-
ción al Título Nº 00012408 (fs. 11);
Que, es obligación de la Municipalidad resolver las cuestio-
nes que se le propongan, aun en caso de deficiencia del ordena-
miento jurídico, debiendo en este caso acudir a las Fuentes
Supletorias del Derecho Administrativo, conforme lo prevé el
Artículo II del Título Preliminar del Texto Unico Ordenado de la
Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos,
aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, que en forma
expresa establece: "Ninguna autoridad del Estado dejará de
resolver por deficiencia del ordenamiento jurídico, las cuestio-
nes que se le proponga, debiendo acudir a los Principios Genera-
les del Título Preliminar", de lo cual se infiere que las Fuentes
Supletorias del Derecho Administrativo son: el Derecho
Consuetudinario, Derecho Positivo, Jurisprudencia, Doctrina,
etc.;Que, la Subdirección de Obras Privadas mediante Informe
Técnico Nº 054-99-OC-SDOPRIV de fecha 25.6.99, indica que de
acuerdo a la inspección ocular del inmueble de 17,892.00 m2 se
ha verificado que el terreno se habilita en una única manzana
"A" y 2 lotes: Lote 02 que constituye aporte al Ministerio de
Educación y en el Lote 01 se desarrollará un Conjunto Residen-
cial de Vivienda; teniendo en cuenta que se trata de Aprobación
de Proyecto Definitivo, el terreno se encuentra sin ningún tipo de
obras, debiendo éstas ejecutarse en el plazo de 18 meses; siendo
procedente la ratificación de la Resolución Nº 135-98-MML-
DMDU-DGO;
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27878 - Ley
General de Habilitaciones Urbanas y su Reglamento Texto
Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-
MTC; con las visaciones de la Subdirección de Obras Priva-
das, Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Asesoría
Jurídica;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud
formulada por la empresa SONTERRA S.A., en consecuencia
ratifíquese la Resolución Nº 135-98-MML-DMDU-DGO de
fecha 23.12.98, expedida por la Municipalidad Metropolitana
de Lima, aprobando de conformidad con el Plano Signado con
el Nº 167-98-MLM-DMDU-DGO-DHU los Proyectos Definiti-
vos de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densi-
dad Media R-4, del terreno de 17,892.00 m2; denominado
Naranjuelo, ubicado en el distrito de Santiago de Surco;
autorizando a SONTERRA S.A., para ejecutar en el plazo de
18 meses las obras de Habilitación Urbana, debiendo tener
en cuenta:
Diseño: El cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente:
Area Bruta Total 17,892.00 m2
Area Util 14,864.75 m2
Area de Vías 687.70 m2
Area de Aportes:
Area para Recreación Pública 1,968.30 m2
Area para Ministerio de Educación 371.25 m2
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Desarrollo
Urbano, el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano, cuyo pago será
asumido por la empresa SONTERRA S.A.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT
Tnte. Alcalde Encargado de la Alcaldía
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MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Amplían plazo para el pago de cuotas
del impuesto predial y arbitrios muni-
cipales
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 004-2000/MDS
Surquillo, 31 de marzo de 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SURQUILLO
Visto el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de febrero del 2000,
mediante el cual faculta al Sr. Alcalde para que vía Decreto de
Alcaldía, establezca las prórrogas que fueran necesarias para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2000/MDS, se
aprobó el Cronograma de Pagos de las Obligaciones Tribu-
tarias;
Que, mediante Informe Nº 012-00/OR-MDS, de fecha 30 de
marzo del año en curso, la Dirección de Rentas solicita brindar
mayores facilidades a los contribuyentes para que puedan
cumplir con el pago de sus tributos municipales, por lo que se
hace necesario prorrogar el plazo para el pago de la 1º cuota del
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2000, debiendo
ampliarse los alcances del Decreto de Alcaldía Nº 003-2000/
MDS, hasta el 15 de abril del presente;
Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar a
los contribuyentes las mayores facilidades de pago, para lo
cual se propone la prórroga del vencimiento del plazo para el
pago de las Obligaciones Tributarias hasta el 15 de abril del
2000;
Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 111º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR LA PRORROGA DE LOS
ALCANCES DEL DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000/
MDS, sobre el Vencimiento de pago de los Tributos Municipales,
correspondiente a la Primera Cuota, como sigue:
IMPUESTO PREDIAL:
PRIMER TRIMESTRE 15 DE ABRIL DEL 2000.
ARBITRIOS MUNICIPALES:
PRIMER BIMESTRE 15 DE ABRIL DEL 2000.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presen-
te Decreto, a las Oficinas de Rentas, Administración e Informá-
tica, en cuanto les corresponda.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
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