46 00603-2005-GSAM-MDSJL - Declaran cumplidas obras de habilitación urbana y autorizan libre adjudicación de lotes de terreno

Fecha de disposición12 Marzo 2005
Fecha de publicación12 Marzo 2005
Pág. 288908
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 12 de marzo de 2005
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
Declaran cumplidas obras de habilita-
ción urbana y autorizan libre adjudi-
cación de lotes de terreno
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 603-2005-GSAM-MDSJL
San Juan de Lurigancho, 25 de febrero 2005
EL GERENTE DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO el Expediente Nº 16929-99 y sus anexos, orga-
nizado por los señores Mariano Soria Usaqui, Saturnino
Isidro Primo, Lucio Ichacaya Loayza y otros copropietarios
quienes solicitan la aprobación de la modificación del Pro-
yecto de Replanteo de Lotización Definitivo de la Habilita-
ción Urbana en Vía de Regularización de Tipo Progresivo y
Recepción de las Obras de Habilitación para Uso de vivien-
da “R3” y Comercio Vecinal C2, del terreno de 11,044.00
m2 inscrito en la Ficha Nº 76841 del registro de la propie-
dad inmueble de los registros públicos, ubicado en la Mz. O
Lote 7 del Fundo Campoy del distrito de San Juan de
Lurigancho provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 008-94-MLM/SMDU-
DMDU de fecha 17 de enero de 1994, expedida por la
Municipalidad de Lima Metropolitana se aprueban en con-
formidad con los planos adjuntos signados con el Nº 005-
94-MLM-DGO-DHU la Aprobación en Vía de Regulariza-
ción de los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana
para uso de Vivienda “R3” y Comercio Vecinal “C2” del
terreno en mención considerándose con un área de
11,287.00 m2. La Resolución fue expedida a favor de la
Asociación Pro-Vivienda de Padres de Familia “Campoy” la
que fue integrada por los mismos propietarios del terreno,
que actualmente son los que siguen el procedimiento soli-
citado, siendo su derecho de conformar y/o pertenecer a
las instituciones que crean convenientes;
Que, en sesión del 6 de octubre del 2004 la Comisión
Técnica de Habilitaciones Urbanas se pronunció y se regis-
tró en Acta lo siguiente: “Se observa que la Habilitación
Urbana es irregular y no tiene una solución técnica urba-
nística, se recomienda que se establezca un proceso de
Saneamiento Urbano de los lotes para mejorar esa ten-
dencia evitando la subdivisión de lotes por debajo de las
dimensiones normativos. En razón que tiene Estudios Pre-
liminares y recepción de obras de los servicios y ha sufrido
variaciones y ver de acuerdo al D.S. Nº 011-98-MTC queda
a disposición del organismo Municipal responsable la deci-
sión al respecto”;
Que, con aprobación de los Estudios Preliminares
del terreno de 11287.00m2, efectuada mediante Reso-
lución de Alcaldía Nº 008-94-MLM/SMDU-DMDU, el cual
se encuentra de conformidad con la Ordenanza Nº 375
de fecha de 8 de Abril del 2002 que modificó la primera
disposición transitoria y final de la Ordenanza Nº 292
MML, correspondiéndoles aplicar los aportes reglamen-
tarios establecidos en el Reglamento Nacional de Cons-
trucciones;
Que, mediante boleta de venta Nº 025714 del 16 de
marzo de 1999, emitido por la Oficina de Administración del
Ministerio de Educación, por el concepto de aporte corres-
pondiente al déficit del aporte reglamentario de la Habilita-
ción Urbana, a nombre de la Asociación Pro-Vivienda Pa-
dres de Familia de Campoy, siendo el área correspondien-
te 220.88 m2 cuyo monto total es de 2,809.59 nuevos
soles;
Que, mediante recibo de ingreso Nº 30017 de la Direc-
ción de Tesorería de SERPAR LIMA de fecha 2 de febrero
de 1999, por concepto de la cancelación de la valorización
aprobada según Resolución de Gerencia General Nº 048-
99 de fecha del 20 de enero de 1999, cuyo importe total es
la suma de 1,404.80 nuevos soles;
Que, mediante la Resolución Gerencial Nº 3577-2004-
GSAM/MDSJL del 15 de noviembre del 2004, se aprueba
la Valorización del déficit de aportes reglamentarios, área
de recreación (883.52 m2) y otros fines (220.80m2), cuyo
valor del monto total es de S/.11,595.36 nuevos soles y
con los Recibos Nº 942925 y Nº 944870 pagados en la
tesorería de esta corporación Municipal han acreditado la
cancelación de la valorización correspondiente;
Que, estando al informe Nº 13-MGS-2005-JARM/
GSAM/MSJL de fecha 18 de febrero del 2005 concluye
que se ha cumplido con presentar el plano de replanteo
definitivo con la respectiva opinión de la Comisión de
Habilitaciones Urbanas y la ejecución de las Obras de
Electrificación, de Agua y Alcantarillado de la Habilita-
ción Urbana y la ejecución de pistas y veredas se realiza
en forma progresiva; de los documentos, que sustentan
el procedimiento los administrados han cumplido con pre-
sentar los requisitos previstos en el Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos vigente y cancelación de los
derechos administrativos respectivos, indica que es per-
tinente la aprobación del Plano de Replanteo de Lotiza-
ción Definitivo;
Que, estando el Informe Nº 149-2005-JARM/GSAM/
MSJL de fecha 24 de febrero del 2005 de la Jefatura
de Autorizaciones y Registros Municipales el cual ad-
junta el Plano signado con el Nº 001-01-2005-JARM/
GSAM/MSJL, en dicho informe opina que es proceden-
te la aprobación del Plano de Replanteo de Lotización
del terreno de 11,044.00 m2, tomando en cuenta las
consideraciones vertidas en el acta de la Comisión Téc-
nica de Habilitaciones Urbanas, la aprobación del pla-
no estará sujeta a que en la titulación individual que
celebren los propietarios, deberán insertar en las cláu-
sulas, la indivisibilidad de los lotes en razón que la
Habilitación Urbana es irregular y no tiene una solución
técnica urbanística; asimismo, en conformidad con el
Art. 9º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, se debe
dar por cumplida la etapa de la Habilitación Urbana a
aquellos que contaran con Resolución consentida que
aprueba los Estudios Preliminares por lo que corres-
ponde a esta corporación proceder a la Recepción de
Obras de tipo Progresivo el que se encuentra conforme
con el Reglamento Nacional de Construcciones en el
Título II Capítulo XXII..4.1 c), estableciendo que se
deja diferida en un plazo de tres años la ejecución de
las obras de pistas, aceras y rampas peatonales de
responsabilidad de los compradores de los lotes de
acuerdo a las especificaciones técnicas que se esta-
blecen en la Memoria Descriptiva, contado el plazo a
partir de la resolución correspondiente;
Que, de conformidad a lo establecido en el Reglamen-
to Nacional de Construcciones del Título II, La Ley Nº 26878,
su modificatoria Ley Nº 27135 y su Reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 11-98-MTC; y,
Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en
Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, Ré-
gimen de Organización Interior y Funcionamiento de Go-
bierno Local, de la Municipalidad de San Juan de Lurigan-
cho Ord. Nº 010-03-MSJL y su modificatoria Ord. Nº 026-
04-MSJL y demás normas de la materia;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Plano de Replanteo
de Lotización Definitivo, de la Habilitación Urbana en Vía
de Regularización del terreno de 11,044.00 m2 aprobado
con la Resolución de Alcaldía Nº 008-94-MLM/SMDU-DMDU
de fecha 17 de enero de 1994, expedida por la Municipa-
lidad de Lima Metropolitana, en la Ficha Nº 76841 del
registro de la propiedad inmueble de los registros públicos,
ubicado en la Mz. O Lote 7 del Fundo Campoy del distrito
de San Juan de Lurigancho provincia y departamento de
Lima;
Artículo Segundo.- DECLARAR, cumplidas por los se-
ñores Mariano Soria Usaqui, Saturnino Isidro Primo, Lucio
Ichacaya Loayza y otros copropietarios; las Obras de Habi-
litación Urbana en Vía de Regularización de Tipo Progresi-
vo del terreno de 11,044.00 m2, dejándose diferida en un
plazo de tres años la ejecución de las obras de pistas,
aceras y rampas peatonales, de conformidad con el Plano
Replanteo Definitivo signado con el Nº 001-2005-JARM/
GSAM/MSJL, que corresponde al siguiente cuadro de
áreas:

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