ORDENANZA Nº 184-2010/GRP-CR - Aprueban la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional Piura

Fecha de publicación08 Abril 2010
Fecha de disposición08 Abril 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 8 de abril de 2010
416840
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE PIURA
Aprueban la modificación de los
Cuadros para Asignación de Personal
de las Unidades Ejecutoras de Salud
del Gobierno Regional Piura
ORDENANZA REGIONAL
Nº 184-2010/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la
sus modif‌i catorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº
28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y
demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
de 1993, modif‌i cada por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
– Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso
1) dispone que los gobiernos regionales son competentes
para aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales y Locales son competentes para aprobar
su organización interna y su presupuesto institucional
conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y
a las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867 modif‌i cada por la Ley Nº 27902,
establece en el numeral 1, literal c), que son competencias
exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar
su organización interna y su presupuesto institucional
conforma a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y
las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-
PCM, de fecha 18 de junio del 2004, se han aprobado
los lineamientos para la elaboración y aprobación del
Cuadro para Asignación de Personal - CAP – de las
entidades de la Administración Pública, que en el artículo
14º, numeral 14.5, establece que en el caso de las
Direcciones Regionales Sectoriales y demás entidades
que mantienen dependencia funcional y técnica con los
Ministerios, el proyecto de CAP se elabora de conformidad
con las disposiciones complementarias que establece
el respectivo Ministerio; el artículo 15º establece que
en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales
la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
se efectuará por Ordenanza Regional; y el artículo 17º
señala que las Entidades deberán cumplir con publicar
su CAP en el Portal Electrónico del Ministerio y en el del
Gobierno Regional correspondiente dentro de los tres (03)
días calendario siguientes a la fecha de publicación de la
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano, bajo
responsabilidad de los funcionarios conforme a la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Que, mediante la Ley Nº 28498 del 14 de abril de
2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el
nombramiento de los profesionales de la salud no médicos
cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en
vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando
servicios en la condición de contratados bajo cualquier
modalidad; asimismo con Ley Nº 28560 del 27 de junio
del 2005, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar
el nombramiento del personal técnico asistencial y
administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial
que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley,
se encuentren prestando servicios en la condición de
contratados bajo cualquier modalidad;
de marzo de 2010, se aprueban los “Lineamientos para el
proceso de nombramiento del año 2010 en el marco de las
Leyes Nº 28498 y 28560, y Decreto de Urgencia Nº 094-
2009, en las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud,
sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de
salud de los gobiernos regionales”; estableciéndose en su
numeral 5. que Las unidades ejecutoras de salud deberán
efectuar la modif‌i cación del Cuadro para Asignación de
Personal - CAP en caso no se cuente con cargos previstos
para efectuar el nombramiento del personal señalado
en los numerales 4.2 y 4.4. Para ello, dichas unidades
deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación
de las modif‌i caciones correspondientes a f‌i n de considerar
los cargos necesarios para los nombramientos, en un
plazo que no deberá exceder los diez (10) días hábiles
contados a partir del día siguiente de la publicación del
decreto supremo que aprueba los presentes lineamientos
en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, mediante Informe Nº 2246-2010/GRP-460000,
de fecha 17 de diciembre del 2009, la Of‌i cina Regional de
Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la procedencia
de actualización del Cuadro para Asignación de Personal
de las diversas Unidades Ejecutoras que pertenecen a
la Dirección Regional de Salud Piura, señalando que en
ejercicio de la autonomía administrativa, los Gobiernos
Regionales están en la potestad de organizar su estructura
interna, sin intervención de otros niveles de gobierno,
siendo su único límite lo establecido en la Constitución
Política y las leyes de desarrollo;
Que, con Of‌i cio Nº 1001-10/GOB.REG.PIURA-DRSP-
OEPE del 19 de marzo de 2010, la Dirección Regional de
Salud de Piura remite la propuesta de modif‌i cación de CAP
2010 correspondiente a la Sede de la Dirección Regional
de Salud Piura, Dirección de Red Piura Castilla, Dirección
de Red de Salud Bajo Piura, Dirección de Red de Salud
Huancabamba y Dirección de Red de Huarmaca; con
Of‌i cio Nº 019-2010-GOB.REG.PIURA-DRSP-DRS “LCC”
OPPTO del 22 de marzo, la Dirección de Planeamiento
Estratégico de la Dirección Sub Regional de Salud
“Luciano Castillo Colonna” remite los CAP de Dirección
Sub Regional de Salud de Sullana, Red de Salud Sullana,
y Red de Salud Ayabaca; con Of‌i cio Nº 211-2010-GOB.
REG.PIURA-DRSP-E.S II-1HLMP-D del 23 de marzo de
2010, se presenta el CAP de la Dirección del Hospital
“Nuestra Señora de Las Mercedes” de Paita; con Of‌i cio
Nº 293-2010-GOB.REG.PIURA-DRSP-E.S.II-1 HCHUL-D
del 22 de marzo de 2010, se presenta el CAP la Dirección
del Hospital de Chulucanas; con Of‌i cio Nº 361-2010-GOB.
REG.PIURA-DRSP-D.RedS.MCH.DE del 22 de marzo de
2010, se remite el CAP de la Red de Salud de Chulucanas;
y asimismo se presenta el CAP de la Dirección del Hospital
de Apoyo de Sullana II-2;
Que, con Informe Nº 035-2010/GRP-4100-410300
del 24 de marzo de 2010, la Sub Gerencia Regional
de Desarrollo Institucional señala que el numeral 5 del
Decreto Supremo Nº 005-2010-SA dispone como aspecto
general la modif‌i catoria del Cuadro para Asignación de
Personal para la acción y trámite de aprobación para
nombramiento en el marco de las Leyes Nros. 28498 y
28560, las cuales disponen que cada unidad ejecutora del
sector procederá a elaborar la modif‌i catoria del CAP de
acuerdo a los criterios técnicos que establece el Decreto
Supremo Nº 043-2004-PCM, estableciéndose también que
para la creación de cargos previstos se tiene en cuenta la
necesidad institucional, la naturaleza de cargos previstos,
el nivel de responsabilidad que amerita el cumplimiento
de requisitos y calif‌i caciones para su cobertura, así como
la jerarquía de la norma; y habiendo cumplido las diversas
Unidades Ejecutoras del sector Salud con el cumplimiento
del numeral 5.3 del Decreto Supremo Nº 005-2010-SA,
presentando sus proyectos de CAP en la fecha 23 de
marzo de 2010 a la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial adjuntando
los Informes Técnico y legales, ascendiendo el monto
total de aprobación según las estructuras de costos

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