07 355-MSB - Modifican Cuadro de Tasas y Derechos de Procedimientos Administrativos y del TUPA de la Municipalidad aprobados en la Ordenanza N° 346-MSB

Fecha de publicación01 Octubre 2005
Fecha de disposición01 Octubre 2005
Pág. 301446
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 1 de octubre de 2005
POR CUANTO:
Visto, en la XXII-2005 Sesión Ordinaria de Concejo
de la fecha, el Dictamen Nº 065-2005-MSB-CAL y
Dictamen Nº 029-2005-MSB-CER, de la Comisión de
Asuntos Legales y Comisión de Economía y Rentas,
respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 346-MSB el Concejo
Municipal de San Borja aprobó el Cuadro de Tasas y
Derechos de Procedimientos Administrativos, así como
el TUPA de la Municipalidad;
Que, a efecto de continuar con el proceso de
ratificación del Cuadro de Tasas y Derechos de los
procedimientos y estando a lo dispuesto en el numeral
36.1 del artículo 36º de la Ley de Procedimiento
Administrativo General - Ley Nº 27444, que establece que
los procedimientos, requisitos y costos administrativos
se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos
locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que
deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; es
preciso efectuar las modificaciones necesarias al Cuadro
de Tasas y Derechos de Procedimientos Administrativos,
así como del TUPA de la Corporación con la consiguiente
modificatoria de la Ordenanza Nº 346-MSB;
Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo
establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de
aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por
unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA
Nº 346-MSB
Artículo Primero.- Aprobar la modificatoria del Cuadro
de Tasas y Derechos de los Procedimientos Administrativos,
contenido en la Ordenanza Nº 346-MSB; el mismo que en
anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobar la modificatoria del Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y
Servicios Prestados en Exclusividad de la Municipalidad
de San Borja, contenido en la Ordenanza Nº 346-MSB;
el mismo que en anexo forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
16688
Derogan la Ordenanza 120-MSB
sobre otorgamiento de licencias
temporales para la apertura y funciona-
miento de playas de estacionamiento
ORDENANZA Nº 356-MSB
San Borja, 28 de septiembre de 2005
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN BORJA
POR CUANTO:
Visto, en la XXII-2005 Sesión Ordinaria de Concejo
de la fecha, el Dictamen Nº 066-2005-MSB-CAL de la
Comisión de Asuntos Legales;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 120-MSB de fecha 1 de
primero y quinto, los cuales quedan redactados de la
siguiente manera:
"Artículo Primero.- Declarar zona rígida para efectos
de la presente Ordenanza, el área de la Plaza Bolívar y
el Boulevard San Martín y sus zonas de influencia
inmediata, según el siguiente detalle:
- Av. General Vivanco cuadras Nº 8 y 9.
- Jr. Carlos de los Heros (antes Junín) cuadra Nº 2.
- Jr. Antonio Polo (antes Julio C. Tello) cuadra Nº 8.
- Plaza Bolívar cuadra 1.
- Av. San Martín cuadras 9, 10, 11 y 12.
- Calle José Barreda (antes Jorge Chávez) cuadra 3.
- Calle Rosa Toledo (antes Santa Rosa) cuadra 2."
"Artículo Quinto.- Prohibir el otorgamiento de nuevas
autorizaciones de funcionamiento para el giro de
establecimiento de expendio de bebidas alcohólicas
(licorerías) en la zona rígida establecida en la presente
ordenanza.
Prohibir el funcionamiento de locales político-
partidarios y nuevos locales comerciales, restaurantes y
afines en la zona rígida antes indicada, con la finalidad
de cautelar el carácter histórico urbanístico que la
distingue".
Artículo Segundo.- Incorporar a la Ordenanza Nº 58-
MPL el siguiente artículo:
"Artículo Décimo Primero.- Los establecimientos
comerciales y político-partidarios existentes, no deberán
generar ruidos que excedan los 60 decibeles, mismos
que al ser molestos y nocivos, afectan la salud de las
personas que se encuentran en su interior, así como del
vecindario."
Artículo Tercero.- Incorporar a la Ordenanza Nº 155-
MPL que aprueba el Reglamento de Aplicación y
Sanciones de la Municipalidad de Pueblo Libre, la
siguiente infracción:
Código Infracción
Sanciones Reincidencia
OtrosCBA
2º vez 3º vez
(% de U.I.T.)
2.18 Por generar ruidos que 10 25 50 Clausura
excedan los 60 decibeles Temporal
en la zona materia de la
Ordenanza Nº 193-MPL
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de
Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ÁNGEL M. TACCHINO D.
Alcalde
16771
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Modifican Cuadro de Tasas y Derechos
de Procedimientos Administrativos y
del TUPA de la Municipalidad
aprobados en la Ordenanza 346-MSB
ORDENANZA Nº 355-MSB
San Borja, 28 de setiembre de 2005
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE
SAN BORJA

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