Aprueban Cuadro de Derechos y Precios Públicos de la Municipalidad

Fecha de disposición12 Septiembre 1999
Fecha de publicación12 Septiembre 1999
Pág. 177759
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 12 de setiembre de 1999
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Aprueban Cuadro de Derechos y Pre-
cios Públicos de la Municipalidad
ORDENANZA N° 09-99-MDSM
San Miguel, 30 de junio de 1999
LA ALCALDESA DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El Concejo de San Miguel;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 191º de
nuestra Constitución Política, las municipales provincia-
les y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los
órganos de gobierno local y tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su compe-
tencia, correspondiendo al Concejo las funciones normati-
vas y fiscalizadoras;
Que, el artículo 74º de la Constitución Política establece
que los gobiernos locales pueden crear, modificar y supri-
mir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, el artículo 192º inciso 3) de la Constitución Políti-
ca, concordante con la norma precedente establece que las
municipalidades tienen competencia para crear modificar
y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales;
Que, el artículo 60º del Decreto Legislativo Nº 776
dispone que, conforme a lo establecido por el inciso 3) del
del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen
contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de
los límites que fije la ley;
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código
Tributario determina que los Gobiernos Locales, mediante
Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contri-
buciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de
ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala
la Ley;
Que, el Artículo 68º literal b) del Decreto Legislativo Nº
776, concordante con la Norma II del Título Preliminar del
Código Tributario establece que las Municipalidades po-
drán imponer tasas por servicios administrativos o dere-
chos que son aquellas que debe pagar el contribuyente a la
Municipalidad por concepto de tramitación de procedi-
mientos administrativos o por el aprovechamiento parti-
cular de bienes de propiedad de la Municipalidad;
Que, el Artículo 70º del Decreto Legislativo Nº 776
precisa que las tasas por servicios administrativos o dere-
chos, no excederán del costo de prestación del servicio
administrativo y su rendimiento será destinado exclusiva-
mente al financiamiento del mismo;
Estando a la propuesta presentada por la Oficina de
Rentas, la Oficina de Administración y la Oficina de
Asesoría Jurídica respecto al nuevo cuadro de derechos y
precios públicos de la Municipalidad de San Miguel;
Con la dispensa del trámite de comisiones y de aproba-
ción de actas, en Sesión Extraordinaria de la fecha;
APROBO:
Artículo 1º.- Apruébase el Nuevo CUADRO DE
DERECHOS Y PRECIOS PUBLICOS DE LA MUNI-
CIPALIDAD DE SAN MIGUEL que en cinco (5) páginas
y 147 derechos y precios públicos divididos en once (11)
rubros, forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- Deróguese las Ordenanzas Nºs. 005-96,
007-97, 14-97, 15-97, 03-98 y todas las normas que se
opongan a la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen-
cia a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
MARINA SEQUEIROS MONTESINOS
Alcaldesa
CUADRO DE DERECHOS Y PRECIOS PUBLICOS
1999
(Concordado con TUPA 1999)
Código Detalle-Concepto Tarifa Procedim.
de Caja o Der. TUPA
01.00 Secretaría General - Trámite Documentario
01.01 Derecho de Trámite de Solicitud 10.00 01.01 y sig
01.02 Derecho de Trámite de Apelación 70.00 01.03
01.03 Derecho de reactivación de expedientes declarados en abandono (3 meses después de ser
notificados D.S. 002-94-JUS, Art. 70) 20.00 01.05
01.04 Copias certificadas (c/u) 5.00 01.06
01.05 Constancia certificada 10.00 01.06
02.00 Unidad de Licencias
02.01 Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento (Establecimientos Comerciales,
Industriales y de Servicios en predios de propiedad privada o pública, Establecimientos en
Vía Pública en forma ambulatoria o fija) 100.00 02.01 y sig
02.02 Autorización de Espectáculos no Deportivos 60.00 02.07
02.03 Constancias y/o Certificado de no ejercer actividades comerciales, profesionales, industriales. 24.00 02.08
02.04 Autorización temporal para Actividades menores (menor a un año) (x mes) 30.00 02.11
02.05 Autorización para Comercio de Moneda Extranjera en áreas públicas 60.00 02.12
02.06 Duplicado de Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento 25.00 02.13
03.00 Unidad de Procesos Técnicos Tributarios
03.01 Formulario de Espectáculos Públicos 12.00 03.06
03.02 Formulario para Fraccionamiento de Pago 5.00 03.07
04.00 Unidad de Atención Integral al Contribuyente
04.01 Anexo Predial (PU) - 2 hojas 3.00 04.01
04.02 Anexo Predial (HR) - 2 hojas 3.00 04.01
04.03 Formulario de Alcabala 15.00 04.01
04.04 Declaración Jurada en General 3.00 04.03

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