13 090-2001-MTC - Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Desarrollo Urbano-INADUR

Fecha de disposición12 Junio 2001
Fecha de publicación12 Junio 2001
Pág. 204334
NORMAS LEGALES
Lima, martes 12 de junio de 2001
M T C
Aprueban el Cuadro para Asignación
de Personal del Instituto Nacional de
Desarrollo Urbano - INADUR
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 090-2001-MTC
Lima, 11 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda
y Construcción establece que el Instituto Nacional de
Desarrollo Urbano - INADUR, es una institución Públi-
ca Descentralizada del Subsector Vivienda y Construc-
ción, cuyo funcionamiento está regulado por el Decreto
Legislativo Nº 144, Ley del Instituto Nacional de Desa-
rrollo Urbano;
Que, al amparo de la Primera Disposición Final de
la Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Límites en el
Gasto Público para el Año Fiscal 2001, se ha expedido
el Decreto Supremo Nº 014-2001-MTC que declara al
INADUR en proceso de Reestructuración Organizativa
Institucional;
Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 014-
2001-MTC, faculta al INADUR a reformular su Cuadro
para Asignación de Personal - CAP;
Que, el literal b) del numeral 6.3 del Artículo 6º de la
Ley Nº 27427 señala que los Cuadros para Asignación
de Personal (CAP) se aprueban mediante Resolución
Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que
pertenezca el Pliego;
Que, el Consejo Directivo del INADUR, en su Sesión
Nº 496 de fecha 11 de abril de 2001, en uso de las
facultades que le confiere el Decreto Supremo Nº 014-
2001-MTC, ha aprobado su propuesta del Cuadro para
Asignación de Personal - CAP;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley
Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto
Público para el Año Fiscal 2001;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase el Cuadro para Asignación
de Personal - CAP del Instituto Nacional de Desarrollo
Urbano - INADUR, que en anexo forma parte integran-
te de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Transportes, Comunica-
ciones, Vivienda y Construcción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
VIII. UBICACIÓN ACTUAL DE SUCURSALES, ESTABLECIMIENTOS, ANEXOS U OTROS DE LA PROVINCIA
DECLARADA (del casillero 10.2)
Deberán llenar esta información, los empleadores que han
CONSOLIDADO
en la provincia declarada varios centros de trabajo.
(No Llenar)
DIRECCION DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO UBIGEO
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
-
De ser necesario utilice hojas adicionales.
El presente documento tiene carácter de Declaración Jurada, pudiendo ser materia de verificación por parte de la Autoridad
Administrativa de Trabajo a través de la función inspectiva, sujetándose a las sanciones administrativas y penales a que hubiera
lugar en caso de proporcionar información falsa.
NOTA: El formulario debe estar sin enmendaduras.
IDENTIFICACION DEL DECLARANTE O REPRESENTANTE
LEGAL SI FUESE PERSONA JURIDICA
APELLIDOS Y NOMBRES :
D.N.I Nº :
L.E. Nº :
C.E. Nº :
PASAPORTE Nº :
SELLO Y FIRMA
25113

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR