Designan representante del CTAR Tacna ante el Directorio del Comité de Administración de la ZOTAC

Fecha de disposición07 Agosto 2000
Fecha de publicación07 Agosto 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 7 de agosto de 2000 AÑO XVIII - Nº 7350 Pág. 191419
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
MITINCI
Designan representante del CTAR
Tacna ante el Directorio del Comité de
Administración de la ZOTAC
RESOLUCION SUPREMA
Nº 110-2000-ITINCI
Lima, 5 de agosto del 2000
VISTA:
La Resolución Ejecutiva Regional Nº 193-2000-CTAR-TAC-
NA, del 4 de agosto de 2000, mediante la cual se designa al señor
Oscar Martorell Flores como su representante ante el Directorio
del Comité de Administración de la Zona de Tratamiento Espe-
cial Comercial de Tacna (ZOTAC);
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 842, se crean los
Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comer-
cialización y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Tacna,
disponiéndose que la Administración de los CETICOS Ilo y
Matarani corresponderá a la CONAFRAN y CETICOS Tac-
na a la ZOTAC, en tanto no se publique el Reglamento
respectivo;
Que, en tal sentido mediante el Artículo 43º del Decreto
Legislativo Nº 704, la Ley de Zonas Francas, Zonas de
Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de
Desarrollo, se norma la conformación del Directorio del
Comité de Administración de la Zona de Tratamiento Espe-
cial Comercial, designándose como uno de sus miembros el
representante del Gobierno Regional, en quien recaerá la
Presidencia del mismo;
De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislati-
vo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515
y Decreto Supremo Nº 023-96-ITINCI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor José Vicente Lombardi Argüelles a la repre-
sentación del Consejo Transitorio de Administración
Regional Tacna ante el Directorio del Comité de Admi-
nistración de la Zona de Tratamiento Especial Comercial
de Tacna (ZOTAC), dándosele las gracias por los servi-
cios prestados.
Artículo 2º.- Designar al señor OSCAR MARTORELL
FLORES, como representante del Consejo Transitorio de
Administración Regional Tacna ante el Directorio del Comi-
té de Administración de la Zona de Tratamiento Especial
Comercial de Tacna (ZOTAC).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
GONZALO ROMERO DE LA PUENTE
Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales
9037
Sancionan con multa a propietario de
la empresa Sistemas de Viajes, por
prestar servicio de agencia de viajes y
turismo sin autorización
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 319-2000-MITINCI/VMT/DNT
Lima, 13 de julio del 2000
Vistos, el Informe Nº 047-98-MITINCI/VMT/DNT/DAN/
SDNPT/INSP, de fecha 12 de noviembre de 1998 sobre
infracciones cometidas por diversas empresas, y el Acta de
Inspección Nº 057-98/DNT-DAN;
CONSIDERANDO:
Que, en ejercicio de las funciones de supervisión conferi-
das a la Dirección Nacional de Turismo, con fecha 12 de
noviembre de 1998 se llevó a cabo inspecciones a diversas
empresas ubicadas en la ciudad de Lima;
Que, en dichas inspecciones se comprobó mediante
Acta de Inspección Nº 057-98/DNT-DAN, que la empresa
SISTEMAS DE VIAJES, ubicada en Jr. Huaraz Nº 831,
Breña, Lima, viene ejerciendo actividades propias de una
Agencia de Viajes y Turismo, sin haberse constituido
formalmente como tal;
Que, en dicha oportunidad, se solicitó la respectiva
documentación sustentatoria, otorgándose un plazo pru-
dencial para la remisión de la misma a la Dirección Nacional
de Turismo;
Que, el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de
Agencias de Viajes y Turismo, establece los requisitos nece-
sarios para constituirse y prestar servicios propios de Agen-
cias de Viajes y Turismo, entre ellos, el contar con el Registro
Unificado y la Carta Fianza;
Que, en la diligencia de inspección practicada, se pudo
recoger material promocional donde la empresa SISTEMAS
DE VIAJES de propiedad de la Razón Social PETER RAMÍ-
REZ TAMAYO, figura como "Agencia de Viajes y Turismo",
ofreciendo sus servicios como tal, situación que es consigna-
da en el Acta levantada, la misma que fuera debidamente
suscrita por la mencionada Razón Social, dando su conformi-
dad al contenido de ella;
Que, en consecuencia, la empresa SISTEMAS DE VIA-
JES de propiedad de la Razón Social PETER RAMÍREZ
TAMAYO, ha incurrido en infracción señalada en el inciso
k), numeral II, Artículo 1º de la Escala de Infracciones y
Sanciones aprobada por Resolución Ministerial Nº 091-93-
ITINCI/DM, al prestar servicios de Agencia de Viajes y
Turismo sin estar autorizada;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI,
Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, sus modifica-
torias, y la Escala de Infracciones y Sanciones de Agencias
de Viajes y Turismo, aprobada por Resolución Ministerial Nº
091-93-ITINCI/DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar con multa equivalente a UNA Y
MEDIA (1.5) UIT, a la Razón Social PETER RAMÍREZ
TAMAYO, propietario de la empresa SISTEMAS DE VIA-
JES, con domicilio en Jr. Huaraz Nº 831, Breña, por los
argumentos expuestos en la parte considerativa de la pre-
sente Resolución.
Artículo 2º.- El importe de la misma se efectivizará
considerando la UIT vigente al momento de su cancela-
ción, debiendo ser depositada en la Cuenta Nº 00044-107-

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