RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 079-2010-P-CSJHA-PJ - Establecen plazo para el pago del derecho de revalidación de los peritos judiciales - Año Judicial 2010

Fecha de disposición08 Febrero 2010
Fecha de publicación08 Febrero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 8 de febrero de 2010 413481
resolución; en consecuencia, mediante la presente
se procede a disponer la evaluación de los referidos
profesionales, que estará bajo la dirección y supervisión
de la Comisión Especial encargada del proceso de
evaluación y selección de peritos judiciales; así como de
la supervisión del proceso de evaluación de conocimientos
de los actuales integrantes del REPEJ para el año Judicial
2010 designada con Resolución Administrativa N° 030-
2010-P-CSJHA-PJ, en coordinación con los colegios
profesionales en los casos que corresponda.
Que, estando a las facultades conferidas al Presidente
de la Corte Superior de Justicia por el artículo 90 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER la evaluación de los
especialistas y/o profesionales inscritos en el Registro
de peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de
Huaura, que han cumplido dos años desde su inscripción
o desde su última evaluación, cuyos datos se detallan en el
Anexo N° 01 que forma parte de la presente resolución.
Articulo Segundo.- DISPONER que el proceso de
evaluación de peritos esté bajo la dirección y supervisión
de la Comisión Especial encargada del proceso de
evaluación y selección de peritos judiciales; así como de
la supervisión del proceso de evaluación de conocimientos
de los actuales integrantes del REPEJ para el año Judicial
2010 designada con Resolución Administrativa N° 030-
2010-P-CSJHA-PJ, en coordinación con los colegios
profesionales en los casos que corresponda.
Articulo Tercero.- DISPONER que la Comisión
Especial señalada en el artículo segundo de la presente
resolución, en coordinación con los Colegios Profesionales
en los casos que corresponda, procedan a establecer
el calendario para la evaluación de conocimientos de
los peritos judiciales, dando cuenta de los resultados al
Despacho de la Presidencia de la Corte, una vez concluido
el proceso.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Administración de esta Corte Superior, la publicación de
la presente resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el de mayor circulación de la región.
Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
de la Gerencia General, de la Of‌i cina de Administración
de esta Corte y de los señores peritos judiciales
integrantes del REPEJ de esta Corte para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS E. LANEGRA SANCHEZ
Presidente (e)
Corte Superior de Justicia de Huaura
Poder Judicial
ANEXO N° 01
Corte Superior de Justicia de Huaura
Relación de Peritos Judiciales Integrantes del REPEJ
que corresponden ser evaluados
Año Judicial 2010
Apellidos y Nombres D.N.I. Profesión
1 ALCANTARA ARTEAGA, MANUEL EMILIO 15595715 CONTADORES
2 GONZALES ROSALES, LUZ AMELIA 15702601 CONTADORES
3 HIJAR DÍAZ, MARTHA MATILDE 15605774 CONTADORES
4 LEZAMA CABANILLAS ISABEL ROCIO 15620724 CONTADORES
5 MAURICIO RAMOS, HECTOR FIDENCIO 15617559 CONTADORES
6 MONTERO TRINIDAD, CESAR AUGUSTO 15598261 CONTADORES
7 OSORIO SUAREZ, RUTH ELENA 15593567 CONTADORES
8 OYOLA GRADOS, INES AURORA O7594326 CONTADORES
9 PICHILINGUE SANTOS, JUAN HUMBERTO 15586597 CONTADORES
10 ROBLES ESPINOZA, ARMANDO 15954321 CONTADORES
11 TORRES FRANCIA, PAUL ABSALON 15593974 CONTADORES
12 ARBAIZA RAMÍREZ, AUGUSTO
FERNANDO O7235536 GRAFOTECNIA
13 TIPACTI MARTÍNEZ, JORGE 21413790 GRAFOTECNIA
14 DEL SOLAR LA ROSA OSWALDO
FEDERICO 15591696 INGENIERO
AGRONOMO
Apellidos y Nombres D.N.I. Profesión
15 ESCALANTE FARFAN, ABEL 15593640 INGENIERO
AGRONOMO
16 IDIAQUEZ ARIAS, JORGE ENRIQUE 15592354 INGENIERO
AGRONOMO
17 SANCHEZ GONZALES, JORGE 15590663 INGENIERO
AGRONOMO
18 MARTINEZ FLORES, LUIS 15595713 MECANICA
19 CALLEHUANCA PINO, ROBERTO
CLAUDIO 15758470 INGENIERIA
CIVIL
20 CORREA CELIS, ERBER EFRAÍN 27964363 INGENIERIA
CIVIL
21 TOVAR GARCILAZO, EDUARDO CARLOS 29631221 INGENIERIA
CIVIL
22 VERGARA LOVERA, GLADYS ROSARIO 15758471 INGENIERIA
CIVIL
23 SANCHEZ DIAZ, ROQUE 15595505 TECNICO
AGRÓNOMO
24 SANCHEZ DIAZ, SEGUNDO MANUEL 15585849 TECNICO
AGRÓNOMO
454815-2
Establecen plazo para el pago del
derecho de revalidación de los peritos
judiciales - Año Judicial 2010
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 079-2010-P-CSJHA-PJ
Huacho, 26 de enero de 2010
VISTO:
El Of‌i cio N° 104-2010-OA-CSJHA/PJ remitido por la
Of‌i cina de Administración de este Distrito Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa N° 609-98-
CME-PJ se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ)
en cada Distrito judicial, el mismo que fuera reglamentado
por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ,
con el f‌i n de convertirlo en un real y efectivo órgano de
apoyo a la administración de justicia.
Que, por Resolución Administrativa N° 151-2009-P-
CSJH-PJ se aprobó la nómina de profesionales y técnicos
habilitados para ejercer el cargo de peritos judiciales de
esta Corte Superior de Justicia durante el año 2009.
Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos
Judiciales, establece que los profesionales o especialistas
inscritos en el REPEJ deberán revalidar anualmente su
inscripción previo pago del derecho correspondiente.
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Texto Único
de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial
aprobado mediante Resolución Administrativa N° 057-
2008-CE-PJ corresponde a la Presidencia de esta Corte
Superior de Justicia realizar la revalidación de inscripción
de peritos judiciales para el año 2010.
Que, estando a las facultades conferidas al Presidente
de la Corte Superior de Justicia por el artículo 90 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER el plazo para el
pago del derecho de revalidación de los peritos judiciales
- Año Judicial 2010, hasta el 26 de marzo del presente
año.
Artículo Segundo.- DISPONER que a partir del 30
de marzo del 2010, sólo podrán ser designados para
actuar como peritos judiciales, aquellos profesionales
y/o técnicos que hayan cumplido con efectuar el pago
mencionado.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Administración de esta Corte Superior, la publicación de
la presente resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el de mayor circulación de la región.
Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Gerencia General, de la Of‌i cina de Administración de

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