1964 001-2003-J-ODICMA-CSJCNL/PJ - Aprueban Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para el año judicial 2003 en salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima

Fecha de disposición07 Febrero 2003
Fecha de publicación07 Febrero 2003
Pág. 238745
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 7 de febrero de 2003
sos judiciales que pudieran corresponder a la competen-
cia territorial de los referidos Segundo y Tercer Juzgados
Mixtos, deben ser asumidos por éstos, y la carga proce-
sal a la que se hace referencia en el inciso b) del artículo
segundo de la Resolución Administrativa Nº 140-2001-CE-
PJ, deberá ser asumida tanto por el Primer Juzgado Mix-
to del Módulo Básico de Justicia como por el Segundo y el
Tercer Juzgados Mixtos del distrito de San Juan de Luri-
gancho, según corresponda a la competencia territorial
de cada uno de dichos órganos jurisdiccionales, estable-
cida mediante Resoluciones Administrativas Nº 140-2001-
CE-PJ y Nº 167-2002-CE-PJ;
Que, dado que el Primer Juzgado Mixto del Módulo
Básico de Justicia referido, viene asumiendo las causas
civiles que corresponden a la competencia territorial del
Segundo y el Tercer Juzgados Mixtos de San Juan de
Lurigancho, ello implica que tales procesos deban lle-
varse adelante mediante exhortos librados a las judica-
turas correspondientes, que los Magistrados se trasla-
den a zonas distintas a las de su competencia territorial
para la realización de determinadas diligencias judicia-
les, entre otros, dilatando el trámite de dichos procesos
y generando mayores gastos para la Institución, además
del tiempo que el personal jurisdiccional debe dedicar a
dichas diligencias, perjudicando el trámite de otros pro-
cesos judiciales;
Que, asimismo, de la información estadística propor-
cionada por la Administración del Módulo Básico de Justi-
cia de San Juan de Lurigancho, se advierte que la carga
procesal que actualmente viene afrontando el Primer Juz-
gado Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan de
Lurigancho, que incluye la carga procesal del ex Juzgado
Civil del Módulo, resulta ser sumamente elevada, excedien-
do las capacidades del Juzgado, más aún si se tiene en
cuenta que en la especialidad de Familia Penal, este Juz-
gado realiza el turno permanente de 24 horas y que la de-
manda de atención del servicio de administración de justi-
cia para dicha Judicatura viene incrementándose diariamen-
te; Que, por lo expuesto en los considerandos preceden-
tes, resulta preciso que esta Presidencia adopte las accio-
nes que resulten pertinentes a fin de coadyuvar al mejora-
miento de la administración de justicia en la Corte Superior
de Justicia de Lima, agilizar el trámite de los procesos judi-
ciales en mención, evitar perjuicios al derecho o interés de
los justiciables y disminuir los costos que pueda acarrear
la tramitación de los procesos;
Que, por las razones expuestas, y en uso de las faculta-
des conferidas en los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la
Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo quinto de la Re-
solución Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que la carga proce-
sal que fuera asumida por el Primer Juzgado Mixto del
Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho,
proveniente del ex Juzgado Civil del Módulo referido,
deberá ser asumida por los siguientes órganos juris-
diccionales:
1. Por el Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de
Justicia de San Juan de Lurigancho, cuando corresponda
a la competencia territorial del referido Módulo Básico de
Justicia, establecida mediante Resolución Administrativa
Nº 140-2001-CE-PJ.
2. Por el Segundo y el Tercer Juzgados Mixtos del dis-
trito de San Juan de Lurigancho, cuando corresponda a su
competencia territorial, establecida mediante Resolución
Administrativa Nº 167-2002-CE-PJ.
Artículo Segundo.- DISPONER que la carga procesal
a que se hace referencia en el artículo primero de la pre-
sente Resolución Administrativa, no incluye aquellos pro-
cesos judiciales en los que se haya llevado a cabo la res-
pectiva Audiencia de Pruebas ni procesos judiciales en
Ejecución de Sentencia, de conformidad con las normas
procesales vigentes.
Artículo Tercero.- DISPONER que el Primer Juzgado
Mixto del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Luri-
gancho, realice el inventario físico de los expedientes que
correspondan al Segundo y Tercer Juzgados Mixtos del dis-
trito de San de Lurigancho, en coordinación con el Admi-
nistrador del referido Módulo, para su posterior remisión de
conformidad con el procedimiento establecido en las nor-
mas procesales vigentes.
Artículo Cuarto.- DISPONER que los Señores Magis-
trados de los órganos jurisdiccionales aludidos en el artí-
culo primero de la presente Resolución Administrativa, rea-
licen las coordinaciones respectivas con los Admi-
nistradores de aquellos, para la remisión de los procesos
judiciales, según corresponda, responsabilizándose a es-
tos últimos de la entrega de los expedientes, previamente
inventariados y foliados, con sus respectivos cargos de re-
cepción y la elaboración de un Informe para esta Presiden-
cia, especificando los expedientes que fueron remitidos una
vez concluido el traslado de los mismos.
Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO el artículo pri-
mero de la Resolución Administrativa Nº 032-2003-P-
CSJLI/PJ.
Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magis-
tratura, Administración Distrital de la Corte Superior de
Justicia de Lima, Fiscalía de la Nación y de los Magistra-
dos, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
02510
Aprueban Cronograma de Visitas Judi-
ciales Ordinarias para el año judicial
2003 en salas y juzgados de la Corte
Superior de Justicia del Cono Norte de
Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
CONO NORTE DE LIMA
Oficina Distrital de Control
de la Magistratura
Jefatura
VISITAS JUDICIALES
AÑO 2003-ODICMA-CSJ-CNL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 001-2003-J-ODICMA-CSJCNL/PJ
Independencia, treinta de enero del dos mil tres.
VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero.- Que, parte
de la labor de control es supervisar la idoneidad, conducta
y desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares
Jurisdiccionales, buscando alcanzar la prestación de un
eficiente servicio de justicia; Segundo.- Que, la referida
supervisión se realiza entre otros, mediante visitas ordi-
narias y/o extraordinarias en las diferentes dependen-
cias jurisdiccionales, facultad que está reservada a la
Jefatura de ODICMA conforme lo señala el artículo doce
inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones
de la Oficina de Control de la Magistratura; visitas que
deben ser programadas en las dependencias de este
Distrito Judicial. Por estas consideraciones al amparo del
artículo trece concordante con el artículo cincuenta del
Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina
de Control de la Magistratura del Poder Judicial; RE-
SUELVE: Primero.- APROBAR EL CRONOGRAMA DE
VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS para el presente año
judicial, que como anexo forma parte de la presente re-
solución, las mismas que se realizarán en las diversas
Salas y Juzgados de la Corte Superior de Justicia del
Cono Norte de Lima, conforme a la programación que se
detalla, a cargo de la Comisión Distrital de Control de la
Magistratura de la Sede Judicial; Segundo: DISPONER
que las visitas judiciales extraordinarias por su propia
naturaleza, serán reservadas e inopinadas, dispuestas
en atención al índice de quejas verbales y/o escritas que
se reciban ante la ODICMA; Tercero: COMUNICAR la
presente Resolución a la Presidencia de la Corte Supre-
ma de Justicia y Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono
Norte de Lima y Consejo Ejecutivo, Oficina de Control
de la Magistratura y Jefatura de Administración Distrital

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR