08 003-99/MDS - Aprueban Cronograma de Pagos del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento

Fecha de disposición21 Mayo 1999
Fecha de publicación21 Mayo 1999
Pág. 173434
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de mayo de 1999
Puestos de Mercado Fraccionamiento
Deuda desde S/. 1.00 hasta S/. 10,000.00 20% + 14 cuotas
Deuda desde S/. 10,000.01 a más 10% + 18 cuotas
Tiendas de Mercado Fraccionamiento
Deuda desde S/. 1.00 hasta S/. 3,000.00 30% + 12 cuotas
Deuda desde S/. 3,000.01 hasta S/. 10,000.00 20% + 14 cuotas
Deuda desde S/. 10,000.01 a más 10% + 18 cuotas
La deuda será considerada sin los intereses, recargos o
moras correspondientes y la vigencia del tratamiento espe-
cial será hasta el 20-6-99.
Artículo Sexto.- Las Oficinas de Rentas, Administra-
ción e Informática, en cuanto les competa, cumplirán la
presente ordenanza.
Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
6638
Fijan monto por concepto de derecho
de emisión y distribución de la decla-
ración jurada del Impuesto Predial
1999
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 002-99/MDS
Surquillo, 10 de mayo de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO
Visto el Informe Nº 037-99-DR-MDS, de la Dirección de
Rentas, que solicita fijar los montos a pagar por concepto de
emisión y distribución de formularios de declaraciones jura-
das, liquidaciones y recibos del Impuesto Predial para el año
1999;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario establecer los montos que deben abonar
los contribuyentes para el procesamiento de datos, emisión
y distribución a domicilio de los formularios de declaraciones
juradas, liquidaciones de pago del Impuesto Predial, para el
ejercicio 1999;
Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo
Nº 776, establece que aquellas municipalidades que brinden
el servicio de emisión mecanizada de actualización de valo-
res, determinación de impuestos y recibos de pago correspon-
dientes, incluida su distribución a domicilio, quedan faculta-
das a cobrar por dichos servicios, hasta 0.4% de la Unidad
Impositiva Tributaria, vigente al 1 de enero de cada ejercicio
gravable, lo que sustituiría a la obligación de presentación de
declaraciones juradas;
Que estando con las atribuciones conferidas en el
Artículo 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipali-
dades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Fijar en S/. 11.20 (Once y 00/100
Nuevos Soles) el monto que por concepto de derecho de
emisión y distribución de la declaración jurada del Impuesto
Predial 1999. Dicho derecho comprende la emisión de una
Hoja Resumen (HR) y una declaración de Predio Urbano
(PU).
Por cada predio adicional, se abonará S/. 2.00 (Dos y 00/
100 Nuevos Soles), por el derecho citado.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre-
sente decreto a las Oficinas de Rentas, Administración e
Informática, en cuanto les corresponda.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
6639
Aprueban Cronograma de Pagos del
Impuesto Predial, Arbitrios Municipa-
les y Tasa de Licencia de Funciona-
miento
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 003-99/MDS
Surquillo, 17 de mayo de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO
Visto el acuerdo de Concejo, de fecha 27 de abril de 1999,
mediante el cual se delegan facultades al Alcalde del distrito
para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca el cronogra-
ma de pagos correspondiente a los tributos del período 1999.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario otorgar un mayor plazo en el venci-
miento de las obligaciones tributarias a fin de brindar
mayores facilidades a los contribuyentes que les permitan
cumplir con dichas obligaciones;
Que, es preciso dar cumplimiento al acuerdo de Concejo
de vistos;
En uso de las facultades conferidas por el Art. 111º de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el cronograma de pagos de
los tributos correspondientes al período 1999, como sigue:
IMPUESTO PREDIAL:
PRIMER TRIMESTRE :21 de mayo de 1999
SEGUNDO TRIMESTRE :30 de junio de 1999
TERCER TRIMESTRE :31 de agosto de 1999
CUARTO TRIMESTRE :30 de noviembre de 1999
ARBITRIOS MUNICIPALES:
PRIMER BIMESTRE :21 de mayo de 1999
SEGUNDO BIMESTRE :30 de junio de 1999
TERCER BIMESTRE :30 de julio de 1999
CUARTO BIMESTRE :31 de agosto de 1999
QUINTO BIMESTRE :29 de octubre de 1999
SEXTO BIMESTRE :31 de diciembre de 1999
TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO:
PRIMER TRIMESTRE :21 de mayo de 1999
SEGUNDO TRIMESTRE :30 de junio de 1999
TERCER TRIMESTRE :31 de agosto de 1999
CUARTO TRIMESTRE :30 de noviembre de 1999
Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento del
presente decreto a las Oficinas de Rentas, Administración e
Informática, en cuanto les corresponda.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GUIDO CASASSA BACIGALUPO
Alcalde
6640
Autorizan la celebración del "Matrimo-
nio Civil Comunitario-Bodas de Oro"
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 004-99/MDS
Surquillo, 19 de mayo de 1999

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