Crónica

Por Luciano LópezConstitucionalista

Freddy Díaz calculó lo que hacía cuando dio rienda a su libido en una oficina congresal. Más aun cuando lo hizo con una subalterna y no con cualquier extraña. César Delgado Guembes, experto en derecho parlamentario, me dice que esas circunstancias ?habrían sido la justificación para que el caso lo vea la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales [SAC] y no directamente la fiscalía y el Poder Judicial?. Le digo a César que tal argumento se presta para trivializar todo, pues sería como preguntarse si al cometer una barbaridad, el sujeto llevaba o no su medalla de congresista.?Hay una ambigüedad en todo esto?, me replica César, ?y la modificación del Art. 93 de la Constitución [referido a la inmunidad] dejó abierta la puerta a esas interpretaciones?. En efecto, la Ley 31118 del 6 de febrero del 2021, que con bombos y platillos anunció lo que una cínica narrativa impulsada por todas las bancadas llamó ?la eliminación de la inmunidad parlamentaria?, no la eliminó ni por asomo. Solo la restringió muy parcialmente. Determinó que los delitos comunes los viera la Corte Suprema (ya no la SAC), pero dejó inmunes a los delitos cometidos en la función congresal. Fue un tremendo salvavidas para el delincuente con medalla y curul.El constitucionalista Joseph Campos es tajante y dice: ?El caso de Díaz fue un horror. La violación es delito común. El Ministerio Público debió verlo directamente y hay que preguntarnos por qué no lo hizo. Si hacemos una interpretación no restrictiva de esa reforma de la Ley 31118, entonces la estamos traicionando porque volveríamos a lo que se quiso cambiar?. Ciertamente, esa ley fue precedida de declaraciones culposas de congresistas de todas las bancadas que admitían, compungidos, que la inmunidad fue utilizada abusivamente para encubrir la sinvergüencería. Habría que admitir, entonces, que la Ley 31118 fue insuficiente y promover otra reforma constitucional que la restrinja aún más. Joseph remata: ?La inmunidad se concibió como una prerrogativa, para que ayude a la función congresal; no como un privilegio?.Luciano López, también constitucionalista, coincide en que lo de Díaz fue delito común sin importar dónde y con quién se propasó. Luciano tiene una propuesta y me la expone: ?Lo mejor sería eliminar la inmunidad, de delitos comunes y de función, pero como la idea es proteger al congresista de la posibilidad de que se lo acuse por un móvil político, entonces se podría dar al Tribunal...

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