CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 051-2008-P-CSJLI-PJ - Disponen funcionamiento de Organos jurisdiccionales en los Distritos de La Molina - Cieneguilla, San Juan de Lurigancho y Villa MarIa del Triunfo, por reubicaciOn y conversiOn de juzgados penales transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 051-2008-P-CSJLI-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición31 de Enero de 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008 365403
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que en
representación de los derechos e intereses del Estado,
inicie las acciones legales correspondientes contra las
personas identicadas en el Informe Especial Nº 002-
2008-2-5303, y contra aquellos que resulten responsables,
por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como los antecedentes del caso, a la Procuradora
Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para los nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
158449-2
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen funcionamiento de órganos
jurisdiccionales en los distritos de
La Molina - Cieneguilla, San Juan de
Lurigancho y Villa María del Triunfo,
por reubicación y conversión de
juzgados penales transitorios de la
Corte Superior de Justicia de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 051-2008-P-CSJLI-PJ
Lima, 29 de enero de 2008
VISTO:
La Resolución Administrativa Nº 280-2007-CE-PJ,
publicada en el Diario Ocial El Peruano con fecha 22 de
enero de los corrientes; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Administrativa de vista, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar y convertir el
Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados Especializados Penales
Transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima en
Juzgado Especializado Penal Transitorio de La Molina-
Cieneguilla, Juzgado Especializado Penal Transitorio
del Distrito de San Juan de Lurigancho y Juzgado
Especializado Penal Transitorio del Distrito de Villa María
del Triunfo; respectivamente.
Que en su artículo Quinto se faculta a esta
Presidencia a adoptar las medidas pertinentes, para
que los mencionados órganos jurisdiccionales cumplan
debidamente su labor de descarga procesal; dando
cuenta bimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial del número de procesos resueltos.
Que, el Presidente de la Corte es la máxima autoridad
administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la
política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de
brindar un eciente servicio de administración de justicia
en benecio de los justiciables; y, al amparo de las
facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el funcionamiento
del Juzgado Especializado Penal Transitorio de La
Molina - Cieneguilla, Juzgado Especializado Penal
Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho,
dentro de la competencia territorial del Módulo Básico
de Justicia; y, Juzgado Especializado Penal Transitorio
del Distrito de Villa María del Triunfo, dentro de la
competencia territorial del Módulo Básico de Justicia,
los que asumirán sus funciones a partir del 1 de febrero
del presente año.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Jefa
de la Ocina de Administración Distrital facilite la
implementación de los locales o ambientes necesarios
para el funcionamiento de los referidos Juzgados en los
distritos correspondientes.
Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados
reubicados y convertidos empleen para su funcionamiento
el mobiliario y equipos de los Órganos Jurisdiccionales
Transitorios de los cuales se derivan.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Jefa de la
Ocina de Administración Distrital coordine con especial
cuidado el embalaje y traslado de los expedientes
judiciales, equipos y mobiliario a los nuevos destinos
correspondientes.
Artículo Quinto.- DISPONER que el Tercer, Cuarto y
Quinto Juzgados Especializados Penales Transitorios de
Lima realicen un inventario físico de los expedientes que
serán remitidos, conforme lo dispuesto por la Resolución
Administrativa 280-2007-CE-PJ, en su artículo
Segundo, parte in ne. El inventario será realizado por
los Secretarios de cada Juzgado con apoyo del personal
jurisdiccional y administrativo, labor que será supervisada
por el Magistrado de cada Juzgado.
Artículo Sexto.- DISPONER que el Juzgado Mixto de
La Molina-Cieneguilla, Juzgado Penal del Módulo Básico
de Justicia de San Juan de Lurigancho y Juzgado Penal
del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo
realicen un inventario físico de los expedientes que
serán remitidos, conforme lo dispuesto por la Resolución
Administrativa 280-2007-CE-PJ, en su artículo
cuarto. El inventario será realizado por los Secretarios
de cada Juzgado con apoyo del personal jurisdiccional
y administrativo, labor que será supervisada por el
Magistrado de cada Juzgado.
Artículo Sétimo.- DISPONER que la Ocina Distrital
de Control de la Magistratura contribuya con la Presidencia
esta Corte en el monitoreo, seguimiento, vericación
de los expedientes según las acciones dispuestas por
la Resolución Administrativa Nº 280-2007-CE-PJ, en su
artículo cuarto.
Artículo Octavo.- DISPONER que la Ocina de
Administración Distrital, coordine con la Gerencia General
del Poder Judicial, la reasignación del personal y recursos
logísticos para el funcionamiento de los Juzgados
reubicados y convertidos.
Artículo Noveno.- ENCARGAR al Área de
Desarrollo de la Presidencia, coordine con la Gerencia
de Informática del Poder Judicial, la adecuación en
forma oportuna del Sistema Informático implementado
en las dependencias pertinentes para la distribución de
los expedientes que correspondan en forma exclusiva
a estos juzgados.
Artículo Décimo.- ENCARGAR al Área de desarrollo
de la Presidencia realice un informe bimestral respecto
a la labor de descarga procesal del Juzgado Mixto de la
Molina- Cieneguilla, Juzgado Penal del Módulo Básico de
Justicia de San Juan de Lurigancho y Juzgado Penal del
Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, para
los nes a que se contrae la Resolución Administrativa Nº
280-2007-CE-PJ, en su artículo quinto.
Artículo Décimo Primero.- PONER la presente
Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder
Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ocina de
Control de la Magistratura, Ocina Distrital de Control
de la Magistratura, Ocina de Administración Distrital de
la Corte Superior de Justicia de Lima y de los juzgados
involucrados, para los nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
158865-1

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