CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 298-2007-P-CSJLI/PJ - Otorgan facultades para autorizar la apertura de libros a que se refiere el art. 17º de la Ley del Martillero PUblico RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 298-2007-P-CSJLI/PJ

Fecha de disposición20 Noviembre 2007
Fecha de publicación20 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 20 de noviembre de 2007
357920
Ministerial Nº 921-2007/MINSA, publicada en la edición
del 6 de noviembre de 2007.
1. En el Artículo 1º
Procedimiento 69º (Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas)
DICE:
“Inscripción en el Registro Sanitario de Productos
Dietéticos y Edulcorantes, Fabricados por encargo”
DEBE DECIR:
“Inscripción en el Registro Sanitario de Productos
Dietéticos y Edulcorantes Nacional e Importado, con el
nombre de otro ya registrado por el Titular del Registro,
cuando el Producto no ha sido comercializado”
2. En el Artículo 3º
Procedimiento 91 (Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas)
DICE:
Cambio de Razón Social del Fabricante de productos
cosméticos por país y por rubro.
DEBE DECIR:
Cambio de Razón Social del Titular o del Fabricante
de la Noticación Sanitaria de productos cosméticos por
rubro, país y fabricante.
3. En el Artículo 4º
Procedimiento Nº 49 (Dirección General de Salud
Ambiental)
DICE:
3
DEBE DECIR:
13
Procedimiento Nº 11 (Institutos Especializados)
DICE:
Certicado Médico de Discapacidad para el
otorgamiento de Pensión de Invalidez - D.S. Nº 166-
2005-EF
DEBE DECIR:
Certicado Médico de Incapacidad para el otorgamiento
de Pensión de Invalidez.
4. En el Artículo 7º
Procedimiento de las Direcciones de Salud de Lima
y Callao
DICE:
7
DEBE DECIR:
17
Procedimiento de los Institutos Especializados
DICE:
7
DEBE DECIR:
11
134314-1
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Otorgan facultades para autorizar la
apertura de libros a que se refiere el Art.
17º de la Ley del Martillero Público
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 298-2007-P-CSJLI/PJ
Lima, 14 de noviembre del 2007
VISTOS:
La Ley Nº 27728, y el Decreto Supremo Nº 008-2005-
JUS del Reglamento del Martillero Público, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Administrativa 198-2007-
P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Ocial El Peruano el
26 de julio de 2007, la Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima, en concordancia con la Resolución
Jefatural 629-2007-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF, aprobó
la Nómina de Martilleros Públicos correspondiente al 2º
Semestre del año Judicial 2007.
Que la Ley de Vistos del Martillero Público y, entre
otros, dispone en su art. 17º que éste debe llevar tres
libros : Libro de Entradas, Libro de Salidas y Libro de
Cuentas, autorizados y rubricados en cada página por la
Corte Superior de Justicia del Distrito donde actúe.
Que el art.20º del Reglamento de la Ley del Martillero
Público y el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS dispone
que la autorización y rúbrica de dichos libros deberá
efectuarse ante el funcionario que para el efecto, determine
la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial.
Que a efectos de cumplir con el mandato legal
de manera eciente y efectiva, es conveniente que la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
faculte a un funcionario para que autorice la apertura
correspondiente de los libros mencionados.
En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3)
y 9) del art. 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- OTORGAR facultades a la
Secretaria General de la Corte Superior de Justicia de
Lima, señorita Julia Quispe- Gonzalez Aranza, para
autorizar la apertura de los libros a que se reere el Art.
17º de la Ley del Martillero Público.
Artículo Segundo.- DISPONER que la recepción y
entrega de libros a que se reere el artículo precedente
esté a cargo de la Ocina de Trámite Documentario de la
Presidencia con el objeto de vericar que los Martilleros
registrados en la Nómina de la Corte Superior de Justicia
de Lima cumplan con lo previsto en la Ley Nº 27728.
Artículo Tercero.- PONER la presente en conocimiento
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General,
Ocina de Administración Distrital, Ocina de Registro de
Peritos Judiciales y la funcionaria designada.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
133912-1

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