CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 175-2015-P-CSJLI/PJ - Disponen la suspensiOn del Plan Anual de Visitas aprobado por Res. Adm. Nº 126-2015-P-CSJLI/PJ en la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 175-2015-P-CSJLI/PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición24 de Abril de 2015
El Peruano
Viernes 24 de abril de 2015
551250
Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de
Dios, Pasco, Piura, Puno, Santa, Sullana, Tacna, Ucayali
y Ventanilla; Ocina de Productividad Judicial y a la
Gerencia General del Poder, para su conocimiento y nes
consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente
1229010-7
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen la suspensión del Plan Anual
de Visitas aprobado por Res. Adm.
Nº 126-2015-P-CSJLI/PJ en la Corte
Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 175-2015-P-CSJLI/PJ
Lima,
VISTO:
La Resolución Administrativa N° 126-2015-P-CSJLI/
PJ; la Resolución Administrativa N° 431-2010-CE-PJ; la
Directiva N° 009-2010-CE-PJ; Resolución Administrativa
N° 098-2011-CE-PJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa N° 126-
2015-P-CSJLI/PJ, de fecha 12 de marzo de 2015, se
aprobó el Plan Anual de Visitas Distritales, a realizarse en
el presente año scal, a los órganos Jurisdiccionales de la
Corte Superior de Justicia de Lima, en cumplimiento de lo
dispuesto en la Resolución Administrativa N° 431-2010-
CE-PJ, que aprueba la Directiva N° 009-2010-CE-PJ,
denominada “Normas que regulan las visitas distritales
realizadas por los presidentes de las Cortes Superiores
de Justicia conjuntamente con los jefes de las ocinas de
administración distrital”;
Que, la Directiva mencionada establece como
nalidades de las visitas distritales la vericación de la
debida aplicación de las normas administrativas emitidas
por los órganos de dirección del Poder Judicial; así como
la atención oportuna de las necesidades de los órganos
jurisdiccionales que se evidencien en dichas visitas, a n
de coadyuvar al normal desarrollo de sus actividades en
cumplimiento de los objetivos institucionales;
Que, es de conocimiento de la judicatura de esta
Corte Superior de Justicia que a través de la Resolución
Administrativa N° 418-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 19
de diciembre de 2014, se declaró en emergencia a la
Corte Superior de Justicia de Lima, con la nalidad que
se realicen las acciones pertinentes para poder atender
las falencias de personal, material logístico, presupuesto
suciente, entre otros;
Que, durante el transcurso del presente año las
acciones administrativas de la Presidencia de la Corte
Superior de Justicia se han orientado a solucionar algunas
de las falencias citadas en el párrafo anterior, así por
ejemplo, priorizando nuestras principales necesidades,
utilizando ecientemente nuestro presupuesto y en el
marco de las normas que regulan la compra pública, la
Corte Superior de Justicia de Lima en calidad de Unidad
Ejecutora ha adquirido 145 fotocopiadoras destinadas
principalmente a los órganos jurisdiccionales, se ha
contratado el servicio de mensajería, así como la provisión
de uniformes para los trabajadores de esta Corte y, ya
se encuentra consentida la buena pro para el servicio de
limpieza de las sedes jurisdiccionales y administrativas;
Que, no obstante lo expuesto, aún existen
necesidades en las áreas administrativas y en los órganos
jurisdiccionales pendientes de atender, motivo por el
cual se ha solicitado a la Gerencia de Planicación de la
Gerencia General del Poder Judicial adicionales a nuestro
presupuesto para el presente año scal, adicionales
que de ser otorgados permitirán atender requerimientos
básicos e imprescindibles para el funcionamiento de las
dependencias jurisdiccionales y administrativas de esta
Corte;
Que, las falencias administrativas y jurisdiccionales son
de conocimiento de la Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Lima a través de sendos documentos remitidos
por los órganos jurisdiccionales, por los informes de las
diversas áreas administrativas y mediante las entrevistas
del Presidente con jueces y trabajadores de esta Corte;
siendo que su atención requiere de acciones de gestión
que ya está realizando la Presidencia en coordinación
con los diversos órganos de gobierno del Poder Judicial,
gestión que demanda la atención personal del Presidente;
entre estas se pueden mencionar, por ejemplo: a) la
gestión y seguimiento ante la Ocina de Productividad
Judicial para la implementación de órganos judiciales
transitorios en las especialidades laboral, constitucional
y civil; así como la reasignación de expedientes de las
Salas Penales con Reos Libres a las Salas Penales
Liquidadoras, con el n de afrontar la carga procesal; b)
la supervisión del censo de personal que labora en esta
Corte, con el propósito de racionalizar el recurso humano;
y, c) la gestión y seguimiento de adquisición de inmuebles
para la reubicación de los órganos judiciales que se
encuentran hacinados, entre otros;
Que, en tal sentido, corresponde disponer la suspensión
del Plan Anual de Visitas aprobado por Resolución
Administrativa N° 126-2015-P-CSJLI/PJ, hasta el 31 de
Julio próximo, debiendo la Secretaría General de esta
Corte reformular y reprogramar dicho Plan, informando
oportunamente a la Presidencia para la emisión del acto
resolutivo correspondiente;
Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas
en los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la suspensión del Plan
Anual de Visitas aprobado por Resolución Administrativa
N° 126-2015-P-CSJLI/PJ, hasta el 31 de Julio próximo,
debiendo la Secretaría General de esta Corte reformular
y reprogramar dicho Plan, informando oportunamente
a la Presidencia para la emisión del acto resolutivo
correspondiente.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Administración Distrital la Noticación de la presente
resolución, haciendo de conocimiento del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, Ocina de Inspectoría General
del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial,
Ocina Desconcentrada de Control de la Magistratura
de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, Secretaría
General de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los
nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA
Presidente
1228806-1
Aprueban Directiva 001-2015-P-
CSJLIMASUR/PJ “Directiva que regula
el funcionamiento y desarrollo de las
labores del Juzgado Penal de Turno
Permanente de la Corte Superior de
Justicia de Lima Sur”
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N°595-2015-P-CSJLIMASUR/PJ
Lima, 23 de abril de 2015

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