Cortes superiores de justicia. 2257907-1

Fecha de publicación05 Febrero 2024
SecciónOtros
Expediente N° 00055-2024-0-1801-SP-DC-02
EDICTO: JESUS CLEMENTE LA ROSA PRADA interpone Proceso de Acción Popular contra el MINISTE-
RIO DE EDUCACIÓN y otro, contra el precedente administrativo contenido en el numeral IV literales a)
b) y c) de la Segunda de las Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Supremo N° 020-2023-MI-
NEDU publicado en el Diario Ocial El Peruano el 24 de diciembre de 2023. Por Resolución N° 01, de fecha
18/01/2024, se dispone la publicación por edictos de la parte pertinente: “...ADMITIR a trámite la demanda
de ACCIÓN POPULAR interpuesta por Jesús Clemente La Rosa Prada; en aplicación de lo previsto en el
artículo 88° del Nuevo Código Procesal Constitucional y conforme con el artículo 48.1 del D.S. N° 018-2019-
JUS, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, CONFIÉRASE TRASLADO de la demanda al Procurador
Público en Materia Constitucional por el término de DIEZ DÍAS. PUBLÍQUESE un breve extracto del auto
admisorio de la instancia, el cual incluirá una relación sucinta del contenido de la demanda, por una sola vez
en el Diario Ocial El Peruano (...) de conformidad con el artículo 89° del Nuevo Código Procesal Consti-
tucional: Cumpla el Ministerio de Educación, como órgano emisor de la norma cuestionada, con remitir los
expedientes conteniendo los informes y documentos que dieron origen a las normas materia de objeto del
presente proceso, dentro del plazo de 10 días”. Fdo. SS. ROBERTO VILCHEZ DÁVILA, EDUARDO ROME-
RO ROCA Y DAVID SUAREZ BURGOS. Sec. Ricardo Espino Vigil.- Lima, 18 de enero de 2024.-

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