Corte vs. Convención

Por Ministro de Justicia y Derechos HumanosEl Perú ha mantenido una tradición de profundo respeto al Derecho Internacional. Particularmente, en lo referido a los tratados y a las decisiones de los tribunales supranacionales. No escapan a dicha tradición la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).Sin embargo, la última resolución de la Corte IDH que emite medidas provisionales en el Caso Durand Ugarte vs. Perú (El Frontón) plantea un dilema jurídico para el Estado Peruano. Dicha resolución requiere el archivo del procedimiento de acusación constitucional contra cuatro magistrados del TC. El dilema se basa, fundamentalmente, en lo siguiente: a) Nula relación de la medida provisional con el objeto del caso. El caso es uno que gira en torno al derecho a la vida de Nolberto Durand y Gabriel Pablo Ugarte detenidos en dicho establecimiento penitenciario en 1986 cuando se develó el motín. La Corte IDH emitió sentencia en agosto del 2000. La CADH establece que en casos de extrema gravedad y urgencia, y para evitar daños irreparables a las personas, se pueden tomar medidas provisionales. El reglamento de la corte señala que en los casos contenciosos los representantes de las víctimas pueden presentar una solicitud de medidas provisionales que deberán tener relación con el objeto del caso. En el caso materia de análisis, los representantes solicitaron a la corte la interposición de una medida provisional de tutela de la estabilidad en sus puestos de los cuatro magistrados.Los argumentos de la resolución para establecer la relación entre un proceso por infracción constitucional y el caso no sustentan, ni remotamente, la dación de la medida provisional. La medida beneficia directamente a cuatro magistrados y no incide en los procesos seguidos en el Perú por el Caso El Frontón. El juez Sierra Porto señaló, en clara disidencia: ?que esta construcción es [?] una mera ficción que no consigue disimular lo evidente: la medida fue adoptada en favor de Manuel Miranda, Marianella Ledesma, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña?. b) El carácter definitivo de la medida provisional contraviene su propia naturaleza jurídica. La medida resuelve el archivo en términos absolutos, lo que contraviene la naturaleza jurídica de...

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