CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 235-2007-P/PJ - AmplIan la Res. Adm. Nº 293-2006-P-PJ, autorizando a procurador iniciar acciones legales a presunto responsable de ocasionar perjuicio econOmico al Poder Judicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 235-2007-P/PJ

Fecha de disposición20 Octubre 2007
Fecha de publicación20 Octubre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 20 de octubre de 2007
355714
uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de
radiodifusión;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones mediante Informe Nº 656-2007-
MTC/28, propone la incorporación a la Resolución
Viceministerial Nº 366-2005-MTC/03, del Plan de
Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio
de Radiodifusión por Televisión en VHF de la localidad
Candarave, del departamento de Tacna;
Que, asimismo, la citada Dirección General señala
que, en la elaboración de su propuesta, ha observado
lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de
Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial
Nº 358-2003-MTC/03 y modificada por Resolución
Ministerial 296-2005-MTC/03, así como lo
establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión;
Que, adicionalmente, el referido Plan cuenta
con la opinión favorable de la Dirección General de
Control y Supervisión de Comunicaciones, contenida
en el Memorando Nº 949-2007-MTC/29;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión,
Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución
Ministerial 358-2003-MTC/03, su modificatoria
aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-
MTC/03, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General
de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modicar el artículo 1° de la Resolución
Viceministerial Nº 366-2005-MTC/03, que aprueba los
Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias
del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del
departamento de Tacna, a n de incorporar a la localidad
de Candarave, del departamento de Tacna; conforme se
indica a continuación:
Localidad: Candarave
Plan de Asignación de Frecuencias
Plan de Canalización Plan de Asignación
Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz)
2 55.25 59.75
4 67.25 71.75
5 77.25 81.75
7 175.25 179.75
9 187.25 191.75
11 199.25 203.75
13 211.25 215.75
Total de canales : 7
La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de
antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.
Artículo 2º.- La Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones es la
dependencia responsable de la observancia de las
condiciones técnicas previstas en los Planes de
Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido,
en la evaluación de las solicitudes de autorización y
de modificación de características técnicas observará
su estricto cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Viceministra de Comunicaciones
121623-1
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Amplían la Res. Adm. N° 293-2006-
P-PJ, autorizando a procurador iniciar
acciones legales a presunto responsable
de ocasionar perjuicio económico al
Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
R.A. Nº 235-2007-P/PJ
Lima, 18 de octubre de 2007
VISTO:
Los ocios 1581-2006-PJ-CE/PP y 978-2007-PJ-CE/
PP de la Procuraduría Pública del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 293-
2006-P-PJ de fecha 28 de Agosto del 2006 se Autorizó
al Procurador Público a cargo de los Asuntos judiciales
del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones
judiciales que corresponda contra el señor PEDRO
SOUZA ANGULO;
Que, mediante Ocio Nº 1581-2006-PJ-CE/PP, el
Procurador Público solicita Ampliar los términos de
la Resolución Administrativa Nº 293-2006-P-PJ para
comprender al señor PEDRO SOUZA ANGULO como
demandado en una Acción de Indemnización por Daños
y Perjuicios;
Que, mediante Ocio 978-2007-PJ-CE/PP,
el Procurador Público cumple con especicar los
fundamentos por los que solicita se amplíen sus facultades,
al determinarse que el señor PEDRO SOUZA ANGULO
ha incurrido en responsabilidad civil extracontractual,
derivados de un hecho dañoso susceptible de ser
indemnizado;
Que, por lo expuesto precedentemente se evidencia
que el señor PEDRO SOUZA ANGULO ha incurrido en
Responsabilidad Civil Extracontractual, prevista en el Art.
1969 del Código Civilindemnización de daño por dolo o
culpa – en agravio de este Poder del Estado, al haberse
demostrado que por su conducta dolosa se ha condenado
al Poder Judicial al pago de una indemnización de S/.
37,344.00 (treinta y siete mil trescientos cuarenta y cuatro
y 00/100 nuevos soles;
Que, en consecuencia es necesario ampliar
los fundamentos de la Resolución Administrativa
Nº 293-2006-P-PJ de fecha 28 de Agosto del 2006 y
autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos
judiciales del Poder Judicial para que inicie e impulse
las Acciones Civiles solicitando la indemnización que
correspondan por el perjuicio causado a la institución
por los actos dolosos cometidos por el señor PEDRO
SOUZA ANGULO;
Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y Artículo 12º del
Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa
del Estado en Juicio, modicado por el Decreto Ley
Nº 17667;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar la Resolución
Administrativa 293-2006-P-PJ, autorizando al
Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales
del Poder Judicial para que inicie e impulse las Acciones

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