CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 221-2007-P-PJ - Designan Oficiales de Enlace Titular y Alterno entre el Poder Judicial y la Unidad de Inteligencia Financiera de la SBS, para acudir a reuniones, resolver cuestionario y participar en visita de evaluaciOn que realizarA el GAFISUD RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 221-2007-P-PJ

Fecha de disposición04 Octubre 2007
Fecha de publicación04 Octubre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 4 de octubre de 2007 354819
mantiene vínculo contractual y copia de los documentos
que acreditan la relación laboral o vinculo contractual con
el taller.
• Copia de la Constancia de Inscripción 02663-2006-
PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GRUPO DE SOCIOS
ESTRATEGICOS S.A.C. ante el Registro de Productos
Industriales Nacionales del Ministerio de la Producción
como proveedor de Equipos Completos – PEC.
• Copia del Contrato de Arrendamiento celebrado por
TOP TECH S.A. con la solicitante, mediante el cual se acredita
la posesión legítima de la infraestructura requerida en el
numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada.
• Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente
expedida por la Municipalidad distrital de Miraores.
• Copia de la Póliza de seguro de responsabilidad
civil extracontractual 17-01-10-0089636-00 emitida
por LATINA SEGUROS Y REASEGUROS SOCIEDAD
ANONIMA, destinada a cubrir los daños a los bienes e
integridad personal de terceros generados por accidentes
que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de
200 UIT conforme a los términos señalados en el numeral
6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15.
De conformidad con la Ley 27791, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de
Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo
058-2003-MTC que aprueba el Reglamento
Nacional de Vehículos y la Directiva Nº 001-2005-
MTC/15 que aprueba el “Régimen de Autorización y
Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a
contarse desde la publicación de la presente resolución, a
GRUPO DE SOCIOS ESTRATEGICOS S.A.C. para operar
el taller ubicado en la Av. Angamos Oeste Nº 601, distrito de
Miraores, provincia y departamento de Lima, como Taller de
Conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a n de realizar
las conversiones del sistema de combustión de los vehículos
a GNV.
Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones el correspondiente “Certicado de
Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad
Certicadora de Conversiones antes del vencimiento de
los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de presentación
Primera Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2008
Segunda Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2009
Tercera Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2010
Cuarta Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2011
Quinta Inspección anual del taller 12 de setiembre del 2012
En caso que la empresa autorizada no presente el
correspondiente “Certicado de Inspección del Taller”
vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad
de la autorización.
Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo
responsabilidad, debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de
responsabilidad civil extracontractual contratada antes del
vencimiento de los plazos que a continuación se señalan:
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2008
Segunda renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2009
Tercera renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2010
Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2011
Quinta renovación o contratación de nueva póliza 4 de setiembre del 2012
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad
de la autorización.
Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Ocial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LINO DE LA BARRERA L.
Director General de
Transporte Terrestre
115638-1
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Designan Oficiales de Enlace Titular
y Alterno entre el Poder Judicial y la
Unidad de Inteligencia Financiera de la
SBS, para acudir a reuniones, resolver
cuestionario y participar en visita de
evaluación que realizará el GAFISUD
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 221-2007-P-PJ
Lima, 20 de setiembre de 2007
VISTO:
El Ocio número cero veintinueve guión dos mil
siete guión SBS guión UIF guión PERU, cursado por la
Vicepresidenta de la Comisión de Transferencia UIF-
PERU a la Superintendencia de Banca y Seguros,
mediante el cual solicita que el Poder Judicial designe a un
Ocial de enlace para que participe de las reuniones entre
ambas instituciones, a su vez absuelva el “Cuestionario
de Evaluación Mutua” y esté presente en la visita de
evaluación que en su momento realizará el Grupo de
Acción Financiera para Sudamérica - GAFISUD.
CONSIDERANDO:
Que, es preocupación de este Despacho Presidencial
la participación activa del Poder Judicial en todas aquellas
Comisiones Multisectoriales que tengan por objeto adoptar
medidas para prevenir los actos delictivos y combatir los
actos de corrupción, por lo es necesaria la designación
del Ocial de enlace entre el Poder Judicial y la Unidad de
Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca
y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley
Nº 27693 modicada por la Ley Nº 28306.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el
artículo 76º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, modicado por la Ley Nº 27645;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la doctora María del
Carmen Gallardo Neyra, Secretaria General de la Corte
Suprema de Justicia de la República, como Ocial de
Enlace Titular entre el Poder Judicial y la Unidad de
Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca
y Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley
Nº 27693 modicada por la Ley Nº 28306; quien acudirá
a las reuniones entre ambas instituciones, absolverá el
“Cuestionario de Evaluación Mutua” y participará de la
visita de evaluación que en su momento realizará el Grupo
de Acción Financiera para Sudamérica - GAFISUD.
Artículo Segundo.- Designar como Ocial de Enlace
Alterno al doctor Manuel Enrique Valverde Gonzáles;

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